El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, ha autorizado la apertura de una investigación para que se determine si los actos llevados a cabo por Israel en Gaza podrían ser “graves violaciones del Derecho Internacional, de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario”, según ha adelantado este jueves la Cadena SER y ha confirmado EL PAÍS.
La investigación ha sido solicitada por la fiscal de Sala de Derechos Humanos y Memoria Democrática, Dolores Delgado, y en ella estarán involucrados el fiscal jefe de la Audiencia Nacional y la Fiscalía Especializada de Cooperación Internacional para que se determine si los actos llevados a cabo por Israel en la Franja de Gaza podrían ser “graves violaciones del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario, constitutivas de crímenes previstos en los artículos 607 y siguientes del Código Penal”, según el decreto de la Fiscalía.
Delgado abrió un expediente en junio pasado tras recibir un informe de la Comisaría General de Información de la Policía Nacional sobre las acciones del ejército israelí contra la población civil en la Franja de Gaza, que podrían ser contrarias al Derecho Internacional. El documento policial recogía el testimonio de testigos protegidos y aportaba otras pruebas “sobre las acciones y circunstancias en el terreno”, que, según el decreto firmado por el fiscal general, constituirían graves violaciones contra los derechos humanos.
España, según el decreto firmado por García Ortiz, ha asumido la obligación de colaborar y canalizar la asistencia necesaria para la investigación de los ataques de Israel a Gaza, lo que legitima la investigación en el marco de las competencias de la Fiscalía para hacer efectivo el principio de cooperación internacional. El escrito recuerda la existencia de dos procedimientos seguidos ante tribunales internaciones, uno en la Corte Internacional de Justicia y otro en la Fiscalía de la Corte Penal Internacional, con los que España tiene obligación de cooperar, de acuerdo con las leyes y los Tratados suscritos por España. El decreto recuerda también que la Comisión Internacional Independiente de Investigación de Naciones Unidas sobre el Territorio Palestino Ocupado ha calificado estos hechos de genocidio, en aplicación de la Convención para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio de 1948, y ha urgido a Israel a cumplir con sus obligaciones legales del Derecho Internacional, al tiempo que ha instado a los Estados parte a cooperar con la investigación de la Fiscalía de la Corte Penal Internacional.
El artículo 23.4 a) de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) otorga jurisdicción a los tribunales españoles para investigar hechos cometidos fuera del territorio español que pudieran ser constitutivos de delito de genocidio, lesa humanidad o contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado, siempre que el procedimiento se dirija contra un español o contra un ciudadano extranjero que resida habitualmente en España, o contra un extranjero que se encontrara en España y cuya extradición hubiera sido denegada por las autoridades españolas. A su vez, el artículo 23.4, atribuye jurisdicción a los tribunales españoles respecto de “cualquier otro delito cuya persecución se imponga con carácter obligatorio por un Tratado vigente para España o por otros actos normativos de una Organización Internacional de la que España sea miembro, en los supuestos y condiciones que se determinen en los mismos”.