26/09/2025
Actualizado a las 13:37h.
Begoña Gómez sigue siendo investigada por la justicia por delito de malversación de fondos públicos relacionado con la contratación de una asesora en La Moncloa.
La acusación sostiene que la esposa del presidente del Gobierno de España pudo haber usado recursos públicos para fines particulares, vinculados principalmente a actividades profesionales de Gómez y la gestión de la cátedra que dirigía en la Universidad Complutense de Madrid.
El juez Juan Carlos Peinado ha decidido que el caso de Begoña Gómez se juzgue ante un jurado popular si finalmente llega a juicio. Además de a la mujer de Sánchez, el juez citó a su asesora Cristina Álvarez y al delegado del Gobierno en Madrid, Francisco Martín Aguirre, también imputados por malversación.
Esta decisión de llevar el caso ante un jurado popular implica que serán nueve ciudadanos, elegidos por sorteo, quienes valoren la acusación. El jurado popular es una modalidad que suele ser común en delitos graves como homicidio, pero también aplicable en malversación.
¿Quién puede ser jurado popular para juzgar a Begoña Gómez?
De celebrarse el juicio, ese jurado popular tendrá que emitir un veredicto al finalizar el juicio, respondiendo a preguntas del juez sobre si creen que los hechos denunciados son probados y si la acusada es culpable o inocente. Pero, ¿quién puede ser seleccionado para desempeñar ese papel? Tal como indica la ley, en este caso el jurado popular saldrá de un listado de ciudadanos empadronados en Madrid que cumplan una serie de requisitos como no ser jueces de profesión ni ser expertos en Derecho.
La lista de candidatos a pertenecer a jurados populares se elaboró mediante sorteo en septiembre del pasado año desde la Delegación Provincial de la Oficina del Censo electoral y es de consulta pública al encontrarse en la web de la Oficina del Censo electoral. A continuación puedes comprobar si eres uno de los candidatos a estar en el jurado popular que podría valorar el caso de Begoña Gómez:
Lista completa: consulta si eres uno de los ciudadanos que puede formar parte del jurado popular en el caso de Begoña Gómez
Pincha en este enlace para descargar el documento completo.
Cómo adelantábamos, algunos de los requisitos para poder optar a ser jurado popular y, por tanto, pertenecer a la anterior lista en el caso de Madrid, son no trabajar como Juez ni ser experto en derecho, pero no son las únicas condiciones.
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Ser español mayor de edad
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Encontrarse en el pleno ejercicio de sus derechos políticos
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Saber leer y escribir
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Ser vecino, al tiempo de la designación, de cualquiera de los municipios de la provincia en que el delito se hubiere cometido
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Contar con la aptitud suficiente para el desempeño de la función de jurado. Las personas con discapacidad no podrán ser excluidas por esta circunstancia de la función de jurado, debiéndoseles proporcionar por parte de la Administración de Justicia los apoyos precisos, así como efectuar los ajustes razonables, para que puedan desempeñar con normalidad este cometido.
Además de estos requerimientos, la Ley contempla una retribución de 67 euros por cada día que dure el juicio, además de indemnizaciones por diversos posibles gastos y las personas que pertenecen al jurado popular pueden faltar a su puesto de trabajo de forma justificada.
Cabe añadir que no pueden formar parte de un jurado popular personas condenadas por delito doloso que no hayan obtenido la rehabilitación, los procesados y acusados sobre los que se haya acordado la apertura de un juicio oral, quienes estén detenidos, en prisión provisional o cumpliendo pena, y, por último, los suspendido en procedimiento penal en su empleo o cargo público mientras dure su suspensión.,
Por el momento se desconoce la designación final de las personas que formarían el jurado popular, sacadas de la lista aportada anteriormente, que puede terminar valorando la acusación de Begoña Gómez, Cristina Álvarez y Francisco Martín si terminan sentándose en el banquillo de los acusados.
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