La defensa de Begoña Gómez ha pedido a la Audiencia Provincial de Madrid que corrija la decisión del juez Juan Carlos Peinado de abocar la investigación que dirige por la presunta malversación en la designación de Cristina Álvarez como asesora de Moncloa a un eventual juicio con jurado popular. Según su defensa, no existe «base fáctica» para imputar dicho delito, por lo que un tribunal por jurado no tendría competencia.

Así consta en el recurso de apelación, al que ha tenido acceso RTVE, en el que la defensa ejercida por el exministro socialista Antonio Camacho defiende que no hay indicios de que Gómez participara en el nombramiento de Álvarez «ni en el pago de emolumentos», por lo que descarta que haya cometido malversación alguna y pide a la Audiencia que anule el auto en el que Peinado transformaba esta pieza separada en la que investiga a Begoña Gómez, su asesora, Cristina Álvarez; y el delegado del Gobierno en Madrid, Francisco Martín.

En ella, el juez trata de determinar si los tres incurrieron en un delito de malversación en el caso de que Cristina Álvarez, pagada con fondos públicos, se excediese en sus funciones de asesora y asistiese a Begoña Gómez en cuestiones profesionales y privadas.

Defiende que los correos con la UCM fueron una «ayuda puntual»

Al respecto, la defensa ha enmarcado los correos intercambiados entre su asesora y la Universidad Complutense en una «ayuda puntual» sobre la cátedra que codirigió y que, insiste, no le reportó ni un euro, de modo que «difícilmente puede considerarse» que fuesen correos «relativos al trabajo de la misma» y que contribuyesen a que se beneficiase económicamente. Además, todos estos mensajes «sin excepción» fueron remitidos desde su cuenta particular y no desde la que tenía asignada para su trabajo en la Moncloa.

Por otro lado, incide en que «hay multitud de correos de Begoña Gómez», lo que implica que «ella es quien trabajaba en esta materia y, por lo tanto, la labor puntual de Cristina en la misma era de auxilio administrativo, nunca encargarse de la misma con exclusividad».

En cualquier caso, la defensa solo ve un «favor» en la postdata en la que Álvarez le decía a Reale Seguros que a Gómez le gustaría que siguieran como patronos de la cátedra; en el resto, la asistente estaba en copia para coordinar la agenda y a su equipo de seguridad, y tres de ellos se referían a actos a los que Begoña Gómez debía acudir.

Al igual que ya hizo este martes la defensa de Álvarez, que afirmó que esta es «la instrucción de Schrödinger, en la que los mismos hechos son o no constitutivos de delito según el día», Camacho recuerda que el juez instructor ya rechazó que ambas pudiesen cometer el delito de malversación, reprochando así a Peinado que «resuelva una cosa y la contraria» en este procedimiento, sin justificar «giros tan radicales».

Por último, la defensa subraya que el delegado del Gobierno en Madrid no solo no participó en el nombramiento de Cristina Álvarez en 2018, sino que el puesto que ostentaba como asesora no dependía orgánicamente de él cuando trabajaba en la Secretaría General de Presidencia. Por tanto, concluye, «no hay ningún elemento que permita sostener, incluso indiciariamente», que se aprovechara de ninguna conducta irregular de la asesora de la mujer de Pedro Sánchez.

Rechaza que sea una «funcionaria pública»

La defensa insiste en que no puede considerarse que la mujer de Pedro Sánchez, «que es una particular», sea una «funcionaria pública a los efectos de la comisión del delito de malversación». «Es indiscutible que como cónyuge del presidente del Gobierno ni tiene mando o jurisdicción propia ni participa en el ejercicio de funciones públicas«, añade.

Además, sostiene que es «habitual en el ámbito laboral que en su horario de trabajo los trabajadores hagan gestiones, como puede ser la remisión de un correo electrónico en su beneficio, en el de sus familiares o amigos». «Difícilmente puede entenderse que, si esos trabajadores son funcionarios públicos, con ello se está cometiendo un delito de malversación», añade.

Para Camacho, se trata de «una interpretación del Código Penal extraordinariamente extensiva y alejada de la realidad». «El Código Penal no puede aplicarse con relación a lo que constituye un uso social, una costumbre universalmente admitida», reitera. La defensa subraya a su vez que «no existe un Estatuto de la cónyuge del presidente del Gobierno» y que se trata de una figura que «no está regulada». Y defiende que «la interpretación y distingo» que hace el juez Peinado entre actividades privadas e institucionales «no se ajusta a los usos que se vienen desarrollando desde el advenimiento de la Democracia».

Las acusaciones piden investigar el patrimonio de la asesora

Las acusaciones populares, bajo la dirección letrada de Hazte Oír, han pedido al juez que investigue el patrimonio de Cristina Álvarez desde julio de 2018, fecha en la que fue nombrada asesora. Estas diligencias se solicitaron tras la vista el pasado sábado en el Juzgado de Instrucción Número 41 de Madrid, en la que se informó a los tres investigados por malversación en esta causa de que serían juzgados por un tribunal con jurado.

Además, pidieron que declare como testigo el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, para «esclarecer el grado de conocimiento, supervisión, consentimiento o tolerancia» en el que pudo incurrir por su condición de jefe del Ejecutivo y esposo de la investigada, Begoña Gómez.

También se pretende averiguar si estaba informado de una posible «desviación sistemática de recursos de la Presidencia del Gobierno para fines privados». Las acusaciones también piden que testifique el actual ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, que ocupaba el cargo de secretario general de Presidencia en el momento de la designación de Álvarez.