En pleno verano aumentan de forma considerable las visitas a bares y restaurantes, sobre todo en las zonas de costa o donde haya más flujo de turistas tanto nacionales como extranjeros. 

En muchos bares aprovechan para hacer el agosto con cobros y comportamientos que en ocasiones no son del todo apropiados para muchos clientes. Otros, sin embargo, sí creen que algunas de estas prácticas son aceptables si se especifican bien y de forma visible. 

En X se está hablando mucho de dos carteles que hay colocados en un bar que parece de una estación o alguna zona donde pasan muchas personas y la conversación ha derivado en valorar cuál de los dos es más indignante. Parece que, por las respuestas, los dos por igual. 

En el primero se puede leer que «los viajeros que hagan su parada en este establecimiento exclusivamente para utilizar los baños deberán abonar en barra el importe de un euro». 

Y en el otro que el pago mínimo con tarjeta es de un euro. Por lo que si eres una persona que no lleva efectivo no se le puede pagar con tarjeta el euro que pide el local por usar el servicio. 

«El de arriba es ilegal y denunciable, existe ley que prohíbe expresamente cobrar el uso del baño, ya que se considero un servicio básico. El de abajo legal, no hay ley que lo prohíba, pueden pedir cualquier mínimo, la única condición es que debe estar anunciado de forma visible», dice una persona a modo de resumen. 

Prohibir acceso al baño

«¿Se puede prohibir el utilizar el aseo de un bar a quien no sea cliente?», se preguntó el abogado Xavi Abat en 2023. 

Según explicó, «no te pueden prohibir el acceso al baño» porque «no hay ninguna normativa estatal que lo prohiba«: «La única manera que tiene el dueño de un bar o un restaurante para prohibirle el acceso al baño sería que se amparara en el derecho de admisión». 

Pero, por ejemplo, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) y otras asociaciones, según Abat, «entienden que utilizar el derecho de admisión para impedir el acceso al baño sería una acción totalmente arbitraria e injusta y acarrearía un ilícito administrativo que podría ser objeto de sanción». 

En la web Qmarero también han analizado este punto y afirman: «El cobro por el uso del baño en bares y restaurantes es una práctica poco común y su legalidad puede variar según las leyes locales y autonómicas. En muchos casos, los clientes consideran que el acceso al baño es un servicio incluido en la visita al establecimiento».