El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) da la razón a los vecinos del Santiago Bernabéu y ha anulado la concesión de los aparcamientos que el Real Madrid quería construir junto al estadio, confirmando la sentencia en primera instancia del Contencioso-Administrativo y desestimando … el recurso de apelación del Ayuntamiento de Madrid, tal y como se recoge en el escrito al que ha tenido acceso este periódico.
Este tribunal confirma que «comparte sustancialmente» los argumentos del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 30 de Madrid, que ordenó paralizar las obras de este aparcamiento en septiembre de 2024. El escrito, con fecha 23 de mayo de ese año, estimaba el recurso de la Asociación Vecinal de Perjudicados por el Bernabéu contra el acuerdo de la Junta de Gobierno del 9 de marzo de 2023 que autorizaba el contrato de concesión de obra para la construcción y explotación de los aparcamientos del paseo de la Castellana-Bernabéu y Padre Damián.
«Resultan asimismo razonables y justificadas las razones de la Juzgadora de instancia en orden a considerar carente de interés público el proyectado túnel de 650 metros de longitud del aparcamiento de la calle Padre Damián para el acceso al aparcamiento del Real Madrid, que responde efectivamente a su particular interés y beneficio, sin que por la Administración apelante se hayan ofrecido datos objetivos y fehacientes que permitan deducir que ese túnel fuese a resolver la situación de congestión de tráfico existente en la zona, tratándose de una conexión subterránea entre aparcamientos», señala el escrito.
Se trataban de dos nuevas plataformas -con casi 1900 plazas, de las cuales un tercio irían destinadas a residentes y comerciantes- en la zona del estadio del Real Madrid con las que el consistorio madrileño pretendía promover la movilidad sostenible, satisfacer la demanda de aparcamiento y mejorar la movilidad. Sin embargo, los residentes denunciaron una infracción en las actuaciones preparatorias del contrato de concesión y sostenían que los proyectos autorizados infringían las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Madrid en lo relativo al uso de garajes y aparcamientos.
La sentencia del Contencioso-Administrativo, a la que ahora apoya el TSJM, dio la razón a la parte demandante e incidía entonces que tanto el estudio de viabilidad presentado por el Real Madrid como el posterior estudio de viabilidad económico-financiera elaborado por el Ayuntamiento de Madrid sufrieron «una alteración significativa» tras el trámite de audiencia pública, «siendo el propio ayuntamiento quien introdujo importantes modificaciones las cuales no fueron sometidas nuevamente a información pública».
Tampoco se aporta, señalaba este fallo, «prueba que acredite los parámetros de cálculo y los resultados obtenidos por la administración» ni «un estudio de Transporte».
Fuentes del consistorio madrileño aseguran que los servicios jurídicos municipales se encuentran analizando la sentencia, que es susceptible de recurso de casación y que deberá presentarse en un plazo de 30 días.