La gripe aviar vuelve a encender las alertas en España. A partir del pasado lunes, 10 de noviembre, el Ministerio de Agricultura y Pesca (MAMA) ordenó el confinamiento obligatorio de todas las gallinas criadas al aire libre en las zonas catalogadas como de mayor riesgo, ante el repunte de contagios.

Según los datos notificados a través de ADIS, entre el 1 de julio y el 5 de noviembre de 2025 se han registrado 139 focos de Influenza Aviar de Alta Patogenicidad (IAAP) en aves de corral, 708 en aves silvestres y 33 en aves cautivas. La vigilancia epidemiológica refleja un goteo constante que, en las últimas semanas, se ha acelerado.

«En las últimas semanas, se ha producido un aumento en el número de casos detectados, tanto en aves silvestres como en aves de corral, lo que indica una tendencia al empeoramiento de la situación», señaló el ministerio español en una nota fechada el miércoles. Pero, ¿dónde se ubica el riesgo de esta gripe aviar?

Las zonas de alto riesgo de España

Las zonas de especial riesgo señaladas en el BOE se concentran principalmente a lo largo de los grandes corredores migratorios y áreas costeras, donde confluyen aves silvestres y explotaciones avícolas. 

Destacan Andalucía, la Comunitat Valenciana y Cataluña por su elevada densidad de municipios afectados, especialmente en entornos de marismas, humedales y deltas fluviales como Doñana, el delta del Ebro o l’Albufera, espacios críticos por su biodiversidad y la presencia constante de aves acuáticas. 

También sobresalen áreas agrícolas y periurbanas con intensa actividad ganadera y logística, factores que pueden facilitar la circulación del virus entre aves domésticas y silvestres.

Mientras, regiones interiores como Aragón, Castilla y León o parte de Castilla-La Mancha presentan numerosos municipios incluidos por su cercanía a humedales, canales de regadío y zonas de paso migratorio que atraviesan la península hacia Francia. 

Provincias como Huesca, Zaragoza, Palencia o Zamora muestran una alta concentración de localidades clasificadas, reflejando su papel como nudo de tránsito de aves en rutas atlánticas y mediterráneas. 

En menor proporción, pero también incluidas, figuran enclaves estratégicos en Illes Balears, Galicia, País Vasco, Murcia, Ceuta y Melilla, lo que confirma una distribución amplia y multicéntrica del riesgo que abarca prácticamente todo el territorio peninsular e insular.

Medidas adoptadas por el Ministerio de Agricultura

La expansión de la gripe aviar en España ha llevado al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) a endurecer las restricciones en las zonas de especial riesgo y vigilancia. Con la entrada en vigor de la nueva Orden el 10 de noviembre de 2025, el Gobierno busca reforzar la bioseguridad y frenar la propagación del virus entre aves silvestres y de corral.

  1. Supresión de excepciones previas en bioseguridad. Se eliminan las autorizaciones incluidas en normativas anteriores. Entre sus efectos, queda prohibido el uso de aves de los órdenes Anseriformes y Charadriiformes como señuelo, así como la cría conjunta de patos y gansos con otras especies de corral.
  2. Prohibición de la cría de aves de corral al aire libre. Se establece la obligación de mantener a las aves dentro de instalaciones cerradas. Cuando esto no sea viable, la autoridad competente podrá permitir su mantenimiento exterior siempre que haya medidas estrictas de protección (como telas pajareras) que impidan el contacto con aves silvestres. Además, la alimentación y el abrevar deberán realizarse en espacios interiores o refugios protegidos.
  3. Control del uso de agua de bebida. No se podrá administrar a las aves agua procedente de depósitos accesibles a fauna silvestre, salvo que haya sido tratada para garantizar la inactivación del virus. Los depósitos situados al aire libre, cuando sean necesarios por bienestar animal, deberán contar con protección suficiente frente a aves acuáticas.
  4. Prohibición de concentraciones de aves. Se prohíbe la presencia de aves de corral o cautivas en centros de concentración de animales, certámenes ganaderos, ferias, exhibiciones, celebraciones culturales o cualquier reunión al aire libre. Podrán autorizarse únicamente si se realiza una evaluación de riesgo con resultado favorable por parte de la autoridad competente.