La Audiencia Nacional ha acordado conceder la libertad condicional al preso de ETA Asier Carrera Arenzana, condenado a más de 100 años de cárcel por el asesinato, el 22 de febrero de 2000 en Vitoria, del dirigente socialista vasco Fernando Buesa y su escolta, el ertzaina Jorge Díez, según ha informado la asociación de apoyo a los reclusos de la organización terrorista Etxerat y ha confirmado EL PAÍS en fuentes jurídicas y del Gobierno vasco. Aquel crimen convulsionó la sociedad vasca y motivó la ruptura de los acuerdos que habían suscrito un año antes la coalición PNV-EA con Euskal Herritarrok, heredera de Batasuna.

Carrera, que ha cumplido 25 de los 30 años de prisión efectiva que debía cumplir, estaba en régimen abierto o semilibertad desde octubre de 2023 y, desde hace un año, estaba sometido a control telemático por lo que no tenía que acudir a prisión. Ahora, tras su puesta en libertad condicional este lunes, el etarra estará sometido a diversas restricciones y “reglas de conducta” en su día a día hasta que su pena quede totalmente extinguida. Con él, ya son 53 los reclusos de la organización terrorista que han accedido a este beneficio penitenciario desde 2019, según el último observatorio de política penitenciaria de la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT).

Los informes penitenciarios de los últimos años sobre Carrera, en prisión desde noviembre de 2000, valoraban positivamente que hubiera presentado escritos de arrepentimiento, en especial uno fechado el 13 de diciembre de 2021 en el que “lamentaba profundamente el sufrimiento causado a las familias” de sus víctimas, a las que citaba por su nombre, lo que era valorado como “un avance importante en su evolución”. Además, destacaban que mantenía una “actitud y comportamiento efectivo” para hacer frente a la responsabilidad civil que se le impuso en sentencia. También ponían el foco en que desde que empezó a disfrutar de salidas periódicas había hecho voluntariado en una ONG de atención a migrantes su evolución. Su pronóstico de reincidencia era ya entonces “bajo”.

De hecho, la Consejería de Justicia del Gobierno vasco concedió a Carrera en octubre de 2022 el tercer grado o semilibertad, medida que fue recurrida entonces por la Fiscalía y terminó revocando la Audiencia Nacional en febrero del año siguiente. Entonces, la jueza María Reyes Jimeno argumentó su decisión en que este beneficio penitenciario se le había concedido de forma “prematura”, ya que si bien la evolución del recluso era positiva y había mostrado su arrepentimiento, todo ello no era suficiente para otorgarle en aquel momento un régimen carcelario que le permitiría salir de prisión a diario. Un año después, en octubre de 2023, finalmente accedía al régimen abierto, que se vio ampliado al año siguiente cuando pasó a cumplir la condena en un régimen más laxo bajo control telemático.

En las últimas libertades condicionales concedidas por la Audiencia Nacional a presos de ETA se fija a estos, entre otras medidas, la obligación de “obtener autorización previa” del juez “para efectuar cualquier desplazamiento fuera del lugar de residencia habitual o cambio de esta o de domicilio”. También la prohibición expresa de “realizar cualquier tipo de entrevista, declaración o aparición en medios de comunicación que enaltezca el terrorismo o suponga humillación a las víctimas”. Además, se les recuerda la obligación de continuar pagando las responsabilidades civiles que se les impusieron en sentencia, aunque sea en cantidades simbólicas mensuales; y la prohibición de acercarse al domicilio de las víctimas y de participar “en cualquier tipo de homenaje o acto público que se celebre en su honor o en honor a otros miembros de la organización terrorista ETA”.

Según la sentencia que condenó en junio de 2002 a Carrera y Luis Mariñelarena, ambos integrantes del comando Ituren colocaron una furgoneta cargado con más de 20 kilos de explosivos y metralla en el campus universitario de Vitoria. Buesa, portavoz del PSE en el Parlamento vasco, tenía 53 años, estaba casado y con tres hijos. Su escolta tenía 26 años y estaba soltero. Ambos acababan de salir del domicilio del parlamentario en compañía de un hijo de este, del que acababan de despedirse. Los terroristas de ETA les tenían a la vista cuando, según el fallo, Carrera accionó el mando a distancia que activó el explosivo y causó la muerte en el acto a las dos víctimas y heridas a otras dos personas.