Asier Carrera, el miembro de ETA que accionó el mando a distancia del explosivo que mató en 2000 a Fernando Buesa y su escolta Jorge … Díez en Vitoria, ha quedado en libertad condicional este lunes tras 25 años en prisión. El asesino del dirigente socialista logró hace ya dos años el tercer grado, aunque la Audiencia Nacional revocó la decisión del Gobierno vasco por «prematura» y le obligó a volver a prisión. Desde enero de 2024 cumplía su pena por medios telemáticos.
Carrera y su compañero del ‘comando Ituren’ Luis Mariñelarena fueron condenados a 100 años de prisión por el asesinato del exvicelehendakari del PSE-EE y el ertzaina que lo escoltaba. Según la sentencia, siguieron instrucciones de Francisco Javier García Gaztelu, ‘Txapote’, para acabar con la vida del también exdiputado general de Álava. El 22 de febrero de 2000, aparcaron una furgoneta con 20 kilos de explosivo en las cercanías de la casa de Buesa y a su paso accionaron la bomba mediante un sistema de radiofrecuencia.
La brutal explosión causó la muerte inmediata tanto del político como de su escolta por politraumatismos y rotura de órganos vitales. Se condenó a ambos por los delitos de asesinatos, lesiones, tenencia de armas, estragos y violencia. Después la Audiencia Nacional también les juzgó y condenó por intentar atentar contra el entonces diputado general de Álava, Ramón Rabanera (PP).
En febrero de 2023, ese mismo tribunal revocó el tercer grado que le había concedido meses antes el Departamento de Justicia del Gobierno vasco, entonces en manos del PNV. La jueza de Vigilancia Penitenciaria María Reyes Jimeno tomó esta decisión a pesar de que admitía que el miembro de la banda ha tenido una evolución «positiva». Aun así, consideró que otorgarle el tercer grado era un paso «prematuro» porque «no obran informes técnicos contundentes ni suficientes».
A pesar de que la jueza admitía el escrito por el que Carrera reconocía «el daño causado a las víctimas de los hechos» por los que fue condenado, aseguró que no se puede «olvidar» que el etarra había sido valorado recientemente por la Sala de Apelación, que lo veía «insuficiente para el inicio de los permisos ordinarios de salida».