Fernando Ramírez de Haro, conde de Bornos y esposo de la expresidenta de la Comunidad de Madrid Esperanza Aguirre, tendrá que abonar finalmente a uno de sus hermanos 853.000 euros por haber vendido en 2012 un cuadro de Goya que … pertenecía a la familia y del que dispuso sin tener en cuenta a todos los que tenían derecho sobre él como herederos. Así, si bien la vía penal acabó en archivo en 2023, la vía civil sí que le obliga a abonar la cantidad adeudada a su hermano Íñigo Ramírez de Haro.

En una sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 49 de Madrid se relata que el 9 de marzo de 2012 la galería Sotheby’s valoró que el retrato de Don Valentín Belvís de Moncada Pizarro, conde de Bornos, «era un auténtico Goya». La pieza formaba parte de la herencia del padre, Ignacio Ramírez de Haro, que falleció en octubre de 2010 sin haber repartido sus bienes. Y el problema surgió cuando, en abril de 2012, la madre y dos de los hijos, entre ellos el esposo de Aguirre, manifestaron ante notario que el padre le había donado el cuadro a Fernando «con ocasión de su onomástica» en 2006.

Con esa premisa, el marido de la lideresa ‘popular’ en julio de 2012 vendió el retrato por 5,8 millones al Fondo Cultural Villar Mir SL, aunque en realidad percibió la cantidad de 5.115.600 euros porque Sotheby’s, como intermediaria de la venta privada, se quedó la comisión de 684.400 euros. Y en otro giro de los acontecimientos, en diciembre de 2012 los hermanos supieron que Fernando Ramírez de Haro «se encontraba en una situación económica desesperada por una deuda de siete millones de euros que no podía cubrir con la venta de inmuebles» y, por eso, se avinieron todos los hermanos a que «con el fin de ayudar a aquel a superar la grave situación económica que padecía» se vendiera el susodicho goya.

Eso sí, en enero de 2014 se juntaron los cinco hermanos en Madrid y firmaron un documento por el que Fernando debía «entregar a cada uno de sus cuatro hermanos y su sobrina, hija de su hermano Juan, ya fallecido, la cantidad de 853.732’83 euros» por la venta de ese retrato. ¿Cuándo? «En la cuantía y plazos en que le sea posible de acuerdo con su disponibilidad», rezaba el documento que recoge la sentencia.

Retrato de Valentín Bellvis de Moncada y Pizarro, pintado por Goya en 1795

Retrato de Valentín Bellvis de Moncada y Pizarro, pintado por Goya en 1795

El tiempo pasó y en 2020 uno de los hermanos, Íñigo, interpuso querella criminal que dirigió, entre otros, contra su hermano Fernando, por los presuntos delitos de falsedad documental, estafa, apropiación indebida o alzamiento de bienes, administración desleal, blanqueo de capitales y delito societario. Pero en febrero de 2023 la Audiencia Provincial de Madrid archivó el asunto.

Un reconocimiento de deuda

Con todo, ahora el magistrado de lo Civil concluye ahora que si bien no hubo apropiación indebida, «la supuesta donación verbal del cuadro en favor del demandado, efectuada ante notario en 2006, no existió». Y que el documento firmado en 2014 por los hermanos «presenta en su literalidad todas las trazas de un reconocimiento de deuda que no crea una obligación nueva, sino que declara la existencia de una obligación preexistente».

Así, la sentencia descarta que ese escrito firmado por los hermanos sea «una mera declaración de intenciones sin efectos obligatorios e ineficaz jurídicamente» porque «expresa una verdadera voluntad de obligarse al reparto en alícuotas partes del precio obtenido» por la venta del cuadro. Y sobre la ausencia de establecimiento de un plazo temporal para ese pago y la falta de concreción de medios de acreditación de la disponibilidad económica, explica que esto «no impide la exigibilidad de la deuda al considerarse que ha transcurrido un tiempo prudencial que no admite más dilaciones en el cumplimiento de lo acordado».