Las nuevas reglas se aplicarán a menos empresas y aliviarán algunas obligaciones, lo que reforzará la competitividad de la UE.
Facilitar la presentación de información sobre sostenibilidad
Solo las empresas de la UE con más de 1.000 empleados de media y un volumen de negocios anual neto superior a 450 millones de euros deberán elaborar informes sociales y medioambientales. Las normas también se aplicarán a las empresas de terceros países con una facturación en la UE superior a 450 millones y a sus filiales y sucursales que generen más de 200 millones en la UE.
Los requisitos se simplificarán de forma significativa y la información sectorial pasará a ser voluntaria. Los colegisladores han garantizado que las empresas sujetas a obligaciones de información no podrán transferir esta responsabilidad a socios comerciales de menor tamaño. Las compañías con menos de 1.000 empleados no tendrán que facilitar información adicional a socios de mayor tamaño, más allá de lo previsto en las normas voluntarias. Para facilitar el cumplimiento, la Comisión creará un portal digital con plantillas y orientaciones sobre los requisitos nacionales y europeos.
Obligaciones de diligencia debida para grandes empresas
Un menor número de empresas deberá ejercer la diligencia debida respecto a su impacto negativo en las personas y el medio ambiente. Con arreglo a las normas revisadas, esta obligación se limitará a las grandes empresas de la UE, aquellas con más de 5.000 empleados y un volumen de negocios anual neto superior a 1.500 millones de euros, así como a las de terceros países que superen el mismo umbral en el mercado común. Estas compañías deberán realizar ejercicios de delimitación del alcance para detectar riesgos en su cadena de actividades y solo podrán solicitar información a socios comerciales con menos de 5.000 empleados cuando no puedan obtenerla de otra manera.
Los planes de transición para garantizar la compatibilidad del modelo de negocio con la transición hacia una economía sostenible dejarán de ser obligatorios. Las empresas responderán ante las autoridades nacionales en caso de incumplimiento y podrán enfrentarse a multas de hasta el 3% de su volumen de negocios mundial neto.
La directiva sobre diligencia debida solo se aplicará a partir del 26 de julio de 2029 a todas las empresas concernidas.
Declaración
El ponente de la comisión parlamentaria de Asuntos Jurídicos, Jörgen Warborn (PPE, Suecia), declaró:«El Parlamento ha escuchado las preocupaciones expresadas por los creadores de empleo en Europa. Con el respaldo de una amplia mayoría, esta votación generará una reducción de costes histórica sin poner en riesgo los objetivos de sostenibilidad de Europa. Es un primer paso importante en los esfuerzos de simplificación de la UE».
Siguientes pasos
El texto se aprobó por 428 votos a favor, 218 en contra y 17 abstenciones. Ahora debe recibir la aprobación formal del Consejo. La directiva entrará en vigor veinte días después de su publicación en el Diario Oficial.
Contexto de la situación
Las normas actualizadas forman parte del paquete de simplificación ómnibus I presentado por la Comisión en febrero de 2025, cuyo objetivo es reducir la carga burocrática y facilitar el cumplimiento de las normas de sostenibilidad por parte de las empresas, fortaleciendo así la competitividad de la UE. Tras la decisión de retrasar la aplicación de las obligaciones de información y diligencia debida, esta propuesta busca simplificar los requisitos y reducir la carga administrativa.
El martes 16 de diciembre a las 15.00 horas CET se celebrará una rueda de prensa con el ponente, Jörgen Warborn, que podrá seguirse en directo.