¿Hay antecedentes en España de que diputados o senadores hayan escapado a la acción de la justicia amparándose en lo que puede llamarse la institución del suplicatorio? ¿Y eso qué es?

En derecho procesal el suplicatorio es la solicitud del Tribunal Supremo a las cámaras del Parlamento de una autorización para proceder legalmente contra un diputado o un senador -son aforados-. Dicha petición lleva al presidente de la cámara respectiva a convocar un Pleno para votar. Hay ejemplos recientes como el diputado y exministro de Transportes y exsecretario de Organización del PSOE, José Luis Ábalos, quien al negarse a renunciar a su acta de diputado, tuvo que pasar por el suplicatorio al Congreso, que lo concedió. Y ahora permanece en prisión, suspendido, a la espera de ser juzgado previsiblemente durante el mes de marzo próximo por el caso mascarillas.

Y hay otros casos, el más sonado el del senador Luis Bárcenas, extesorero nacional del PP que, mucho antes de conocerse en 2013 que su fortuna había llegado a 48,2 millones de euros en Suiza, su suplicatorio fue aprobado en el Senado en septiembre de 2009. Finalmente, renunció a su acta en abril de 2010. Entraría en prisión preventiva en 2013.

Pero, ¿qué pasaría si las cámaras, en lugar de votar a favor del suplicatorio lo denegasen? El problema no existe, a saber, no se han denegado suplicatorios en décadas y en los dos casos conocidos, el Tribunal Constitucional ha intervenido para dejar sin efecto tales rechazos (casos Barral y Hormaechea, sentencias 90/1985 y 206/1992). Pero teóricamente sería posible. Según una ley de 1912 del Gobierno de regeneración liberal de José Canalejas (febrero 1910-noviembre 1912), el aforado se libraba de la acción de la justicia. El contenido del artículo 7 de dicha ley fue incorporado a la ley de enjuiciamiento criminal vigente, bajo el artículo 754: «Si el Senado o el Congreso negasen la autorización pedida, se sobreseerá respecto contra el senador o diputado a Cortes; pero continuará la causa contra los demás procesados».

Feijóo ha visto aquí la escapatoria de Pedro Sánchez que él está decidido a impedir. «Haremos todo lo que haya que hacer para que se cumpla un compromiso: la historia no amnistiará al sanchismo y mi Gobierno, tampoco», apuntó en su discurso de cierre de la 28ª Reunión Interparlamentaria del PP, el pasado fin de semana en A Coruña.

¿Cómo lo hará? Y aquí entra el suplicatorio.

«Nuestro compromiso es reformar esa figura para que no pueda traducirse en el sobreseimiento y, por tanto, en el archivo de la causa» explicó. En rigor, el proyecto de reforma de la ley de enjuiciamiento criminal o nueva ley orgánica de enjuiciamiento criminal aprobada por el Gobierno de Sánchez en noviembre pasado ya modifica el punto que Feijóo se compromete a derogar. El artículo 864, 2, modifica el viejo 754 y establece que en caso de que las cámaras digan «no» al suplicatorio, la causa no se archiva de manera definitiva, queda a la espera de que acabe el aforamiento para reabrir la causa.

La ley ya aprobada por el Gobierno podía haber servido para que Feijóo no hiciera su apuesta del domingo. Pero esto no elimina el hecho de que se trata de una iniciativa disparatada por parte del jefe de la oposición. Veamos. Feijóo ha planteado modificar una ley para que su adversario político en un sistema democrático, ‘ad hoc’, tenga que responder penalmente.

¿De qué delito acusan a Pedro Sánchez? Tiene que ser tan evidente el delito que estás obligado a modificar la ley ¿no? El presidente de Gobierno ha delinquido, le van a abrir un procedimiento, pedirá el Tribunal Supremo, por ser aforado, un suplicatorio al Congreso, y la mayoría lo va a denegar. Esta es la película.

Ahora bien, se supone que cuando denieguen el suplicatorio -siguiendo la lógica del presidente del PP-, Feijóo no habrá podido hacer ninguna ley porque si tuviera mayoría parlamentaria el supuesto suplicatorio no se denegaría. Entonces nos está diciendo que su reforma sería para más tarde. Si se le toma al pie de la letra, su sed de venganza es tal que ya no es una alternancia política más o menos normal en un sistema democrático. Una vez que se consigue la mayoría se utiliza para hacer una ley con la finalidad de ajustar cuentas con el sanchismo y meter en la cárcel a Pedro Sánchez.

No se necesita ser un avezado jurista para saber que esa ley de Feijóo no podría aplicarse a Sánchez porque impera la irretroactividad, es decir, la nueva ley que promete el líder del PP no podría aplicarse a hechos cometidos antes de su entrada en vigor.

Resumamos:

1. Si usted piensa que va a lograr una mayoría parlamentaria la solicitud de un suplicatorio por parte del Tribunal Supremo contra Sánchez será aprobada. Será usted el garante junto a las otras fuerzas parlamentarias de que así sea. Por tanto, no se necesita modificar la ley

2. Y si usted piensa modificarla para un momento posterior, es decir, después de que a Sánchez se le aplique el sobreseimiento libre o el archivo de la causa, esa reforma será inocua esa porque no se podrá anular retroactivamente el sobreseimiento ya acordado.

Anunciar el proyecto de cambiar la ley para perseguir al sanchismo y a Sánchez por una causa hipotética cuando no se percibe el procedimiento penal ni la negativa de la cámara a aprobar la autorización de para investigarle es ir muy lejos. Que el Gobierno haya aprobado esa modificación no agrega a la promesa de Feijóo un gramo de seriedad.

El trumpismo ya es una epidemia que se va extendiendo por Europa. «No amnistiaremos al sanchismo», Feijóo ‘dixit’, recuerda los ajustes de cuenta que prometía Trump en su campaña electoral. Y los está cumpliendo. Véase los ataques a la Reserva Federal.

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