El Fiscal Superior de la Comunidad Valenciana, José Francisco Ortiz Navarro, ha solicitado al Tribunal Superior de Justicia (TSJCV) autonómico la devolución del procedimiento al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Catarroja, para que continúe con la investigación al no ver, por ahora, indicios suficientes para investigar al expresidente de la Generalitat, Carlos Mazón.

Lo hace en un informe en el que se pronuncia sobre la exposición razonada que la magistrada Nuria Ruiz Tobarra elevó a la Sala de lo Civil y Penal, y en el que la instructora considera que hay indicios de responsabilidad penal contra el exbarón popular por «inactividad negligente» en la gestión de la dana que costó la vida a 230 personas en la provincia de Valencia.

En su informe, la fiscalía dice que «no puede obviarse que a lo largo del procedimiento se puedan producir declaraciones» o que «puedan aparecer elementos documentales que pudiesen avalar la tesis de que el expresident de la Generalitat hubiese dado órdenes o instrucciones concretas y referidas a la gestión de la emergencia del 29 de octubre de 2024».

De la conclusión se desprende que el Ministerio Público no comparte la visión de la instructora sobre la responsabilidad por la «omisión» de Mazón, que pasó la tarde de la dana en la comida con la comunicadora Maribel Vilaplana. Cree que deberían aparecer indicios de que tuvo un papel activo con los subordinados encargados de la emergencia, entre ellos la exconsejera de Interior, Salomé Pradas, que pudiera influir en la toma o no de decisiones.

El Ministerio Público hace un repaso de jurisprudencia sobre la interpretación de la figura del garante y recuerda, además, que el mando único de la emergencia correspondía, en el momento de los hechos, a la consellera. Era ella la competente en materia de protección civil y gestión de las emergencias. En el escrito, expone que si Mazón hubiera dado instrucciones, esto determinaría que entonces había asumido «de forma voluntaria y efectiva el mando, al ejercer su poder por encima de la consellera competente».

Y añade: «Pero en el presente momento procesal no existe certeza de que tales instrucciones o requerimientos hubiesen tenido lugar, si bien no es descartable que dicho panorama probatorio pudiera variar a lo largo de la instrucción, a la vista de que sí constan llamadas entre el señor Mazón y Pradas». En concreto, la Fiscalía pone el foco en la llamada de las 17:37 horas, «cuando la situacion en Utiel ya era devastadora», y otras a las 18:16, 18:25, 18:30 o 19:43 horas. Señala además otras conversaciones de Pradas con el jefe de gabinete de Mazón, Jose Manuel Cuenca, «en las que éste le habría trasladado su opinión contraria a la adopción de determinadas medidas que estaban siendo debatidas en el Cecopi».

Foto: pradas-hablo-mazon-cecopi-es-alert-ventorro

TE PUEDE INTERESAR

Pradas habló cuatro veces con Mazón cuando el Cecopi debatía el ES-Alert y él comía en el Ventorro con Vilaplana

Víctor Romero. Valencia

Insiste el fiscal en que no es «descartable» que en esas conversaciones, el exbarón popular impartiese directrices, como «no confinar a la población» o retrasar el envío del ES-Alert, «pero, por el momento, no se han aportado mensajes escritos en los que el señor Mazón impartiese órdenes o instrucciones», afirma el escrito al que tuvo acceso El Confidencial.

La fiscalía no descarta una eventual responsabilidad penal del ahora diputado del PP pero considera que «en este momento, no se cuenta con datos o indicios con suficiente solidez para justificar la imputación». En consecuencia, estima que «procede acordar la devolución del procedimiento al órgano instructor», «sin perjuicio del resultado que pueda deparar la instrucción».

Foto: presidente-tsj-jueces-camps-blasco-deciden-mazon

TE PUEDE INTERESAR

El presidente del TSJ, el juez que archivó a Camps y la que procesó a Blasco decidirán si imputan a Mazón

Víctor Romero. Valencia

Por su parte, la Asociación de Víctimas de la DANA del 29 de octubre de 2024 sostiene ante el TSJ autonómico que la imputación Mazón resulta «ineludible» a la vista de los indicios recopilados durante la instrucción. En su escrito de alegaciones, presentado tras la exposición razonada de la jueza instructora, las víctimas respaldan que el alto tribunal investigue su posible responsabilidad penal por la gestión de la emergencia durante la riada.

No obstante, la asociación defiende que la causa debería seguir tramitándose en el juzgado que ha dirigido la investigación desde el inicio, en Catarroja. A su juicio, el aforamiento del presidente autonómico no debería impedir que el procedimiento continúe en ese órgano judicial, donde ya se han practicado diligencias y tomado declaraciones que, según sostienen, permiten apreciar indicios sobre la actuación de los responsables políticos durante la catástrofe.

En sus alegaciones, las víctimas subrayan que Mazón tenía una posición de máxima responsabilidad en el sistema autonómico de emergencias y consideran que la instrucción ha puesto de relieve posibles fallos graves en la coordinación y gestión de la crisis provocada por la riada que causó 230 muertos. Por ello, entienden que su declaración como investigado es un paso necesario para esclarecer lo ocurrido.

Foto: cgpj-amparo-jueza-dana-terremoto-instruccion

TE PUEDE INTERESAR

El CGPJ estudia una petición de amparo de la jueza de la dana en pleno terremoto en la instrucción

Víctor Romero Beatriz Parera

El escrito también cuestiona que el aforamiento determine automáticamente el traslado del procedimiento al TSJCV y plantea alternativas para evitarlo, entre ellas que el propio Mazón declare voluntariamente ante la instructora o que se interprete de forma restrictiva ese privilegio procesal. En cualquier caso, la asociación insiste en que la investigación debe continuar para depurar responsabilidades por la gestión de la tragedia.

Pradas pide el archivo

En su escrito de alegaciones, la defensa de la exconsellera de Interior, Salomé Pradas, investigada junto al exsecretario de Emergencias, Emilio Argüeso, al alto tribunal el archivo de la causa por la gestión de la dana, al sostener que la tragedia fue consecuencia de una catástrofe natural imprevisible y de magnitud excepcional, sin relevancia penal. No obstante, el equipo jurídico de Pradas plantea que, si el TSJCV decide investigar a Mazón, como propone la jueza instructora, el alto tribunal asuma la causa en su totalidad. Argumenta que las posibles responsabilidades están «inescindiblemente conectadas» y que mantener procedimientos separados podría provocar resoluciones contradictorias, por lo que pide que toda la investigación pase al tribunal competente para investigar a aforados.

En su escrito de alegaciones a la exposición razonada de la jueza de Catarroja, los abogados de la exconsellera defienden que la riada fue un fenómeno de «fuerza mayor» que superó cualquier capacidad de reacción de las administraciones y que, por tanto, no puede imputarse a decisiones u omisiones de responsables políticos.

El documento insiste en que no existe relación causal entre la actuación de Pradas y las muertes registradas durante la dana. La defensa sostiene que el Centro de Coordinación Operativa Integrado (Cecopi) no recibió información técnica suficiente que permitiera anticipar el desbordamiento del barranco del Poyo, donde se produjeron muchas de las víctimas. En este sentido, apunta a la falta de información e interpretación técnica por parte de organismos como la Confederación Hidrográfica del Júcar y la Aemet, que eran los encargados de analizar los datos hidrológicos y meteorológicos.

Asimismo, el escrito subraya que la gestión de la emergencia no dependía exclusivamente de la consellera, sino de un órgano colegiado en el que participaban representantes de distintas administraciones y organismos técnicos. Según la defensa, las decisiones se adoptaron en el seno del Cecopi y con la información disponible en cada momento, por lo que no puede atribuirse responsabilidad penal a una sola persona por el mero hecho de ocupar un cargo político.