Las multas la semana pasada al exfutbolista Gerard Piqué y al empresario José Elías, con 200.000 euros y 100.000 euros respectivamente, pusieron el foco en la supervisión de los mercados financieros.

La Comisión Nacional de los Mercados de Valores (CNMV) les impuso multas por infracciones muy graves, al entender que el exfutbolista compró acciones de Atrys Health tras acceder a información relevante no pública vinculada a una futura OPA, información que procedería del empresario.

El uso y difusión ilegal de información privilegiada es uno de los abusos de mercado que persigue la CNMV, junto con la manipulación del mercado. Se considera información privilegiada toda información que pueda afectar al precio de un valor cotizado y todavía no sea pública. El supervisor debe velar por que ninguna persona se aproveche de esta información y saque tajada de ella. El principio de igualdad en el acceso a la información es clave en la construcción de la confianza en el mercado.

¿Cuáles son las reglas que tratan de asegurar que esto sea así? Las normas que operan en los mercados españoles están integradas en el Reglamento 596/2014 sobre abuso de mercado, aplicable desde 2016 en todos los Estados miembros. “Tenemos un marco razonablemente bueno para evitar el tráfico de información privilegiada en el caso de sociedades enteramente privadas, incluso con un nivel de detalle bastante sofisticado, llegando a operaciones incluso de cantidades no demasiado grandes”, apunta el analista financiero Javier Santacruz.

Sí que existen diferencias con las exigencias que existen al otro lado del charco, donde el volumen de operaciones y sus magnitudes no es comparable. “La diferencia está más en la intensidad del enforcement, el peso de los procesos penales, los acuerdos con la SEC (Comisión de Bolsa y Valores, el supervisor estadounidense) y el programa de denunciantes”, apunta Antonio Castelo, analista de Recursos de Mercado. “Aunque se suele pensar que el mercado americano (SEC) es más agresivo, la supervisión europea ha ganado mucha fuerza”, abunda Javier Cabrera (XTB).

Obligaciones de información y limitaciones de actuación

Todos los agentes que operan en los mercados de valores en España están sometidos a un estricto régimen de obligaciones para poner en conocimiento información relevante cuanto antes. Las empresas están obligadas a mantener un registro exhaustivo de todas las personas que tienen acceso a información privilegiada, una lista de iniciados actualizada en tiempo real.

Cualquier información que pueda afectar de forma sensible en una cotización debe comunicarse cuanto antes a través de un anuncio de información privilegiada (IP) en la CNMV. Sólo puede retrasarse su publicación si no confunde al inversor y la empresa puede garantizar su confidencialidad. En todo el año 2025, la CNMV recibió más de 5.700 comunicaciones de información privilegiada y otras informaciones relevantes, un 7,3% más que en el año anterior.

Las empresas también deben vigilar las operaciones de sus directivos y personas vinculadas. “Tienen prohibido operar en los períodos de ‘cierre’, normalmente treinta días antes de presentar resultados, o cuando poseen información relevante no publicada”, apunta Javier Cabrera, analista de XTB. El exministro Josep Borrell, por ejemplo, fue multado con 30.000 euros por la venta de un pequeño paquete de acciones de Abengoa siendo él consejero.

218 alertas de operadores

Las obligaciones alcanzan a todos los niveles de operación. Intermediarios, mercados y profesionales que ejecutan órdenes deben tener sistemas de vigilancia y comunicar operaciones sospechosas a la CNMV mediante STOR (siglas en inglés de Suspicious Transaction and Order Report). No son una sanción ni una acusación formal. Son alertas de operaciones, órdenes sospechosas que las entidades deben enviar al supervisor cuando detectan indicios razonables, al igual que las entidades del sistema financiero deben comunicar cualquier sospecha ante un potencial caso de blanqueo de capitales.

El año pasado este tipo de comunicaciones al supervisor ascendieron a 218 notificaciones, principalmente referidas a instrumentos de renta variable. Tres de cada cuatro respondieron al uso o intento de uso de información privilegiada. La cifra es un 21% inferior a la registrada un año antes y la más baja en los últimos cinco años.

En cuanto al origen de la alerta, más de la mitad de las comunicaciones procedieron de entidades financieras (129, de las cuales 106 fueron por información privilegiada), mientras que 68 tuvieron origen en otras autoridades competentes (39 por información privilegiada).

Estas operaciones deben enviarse a la autoridad sin demora, considerándose un plazo de 60 días naturales como orientación razonable. La CNMV clasifica estas notificaciones en función de los detalles que aporta y su grado de precisión, la posible reiteración, el perfil del inversor, si la operación le ha reportado un beneficio relevante o la lógica temporal de la operación.

Más fuentes de información

Este tipo de comunicaciones es únicamente una de las fuentes de información de las que dispone la CNMV. La principal es la comunicación diaria de operaciones. En 2025 recibió más de 70 millones de registros (un 35% más que en 2024). Estos intercambios también alcanzan a otras autoridades competentes de otros Estados miembros, que remitieron al supervisor español más de 245 millones de informaciones, enviando la CNMV a sus homólogos 39 millones de registros.

Otra fuente es la base de datos del sistema FIRDS (Financial Instruments Reference Database System) de la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA), a la que los centros de negociación remiten los datos de los instrumentos financieros negociados.

Por otro lado, la CNMV actúa como Agencia Nacional de Codificación de Valores (ANCV) en la identificación y clasificación de valores, que en 2025 aumentó en un 25%, focalizado principalmente en opciones y en acciones y participaciones de instituciones de inversión colectiva (IIC) y entidades de capital riesgo (ECR).

A ello han de sumarse las notificaciones de directivos de cotizadas y los ya mencionados listados de iniciados.

Sistema de alertas propio

El supervisor cuenta con un mecanismo de alertas propio que cubre las operaciones de renta variable, renta fija y derivados, según explican a Demócrata fuentes de este organismo.

Procesa la información del conjunto de mercados, instrumentos y participantes con distintos parámetros que, obviamente, no son públicos. En su escrutinio de la información, la CNMV combina datos de las distintas fuentes, alertas automatizadas y también manuales, incluyendo la utilización de inteligencia artificial.

La lucha contra los abusos de información privilegiada implica a varios departamentos. Los trabajos de detección corren a cargo de Mercados Secundarios, encargado de la supervisión de las entidades cotizadas. Esta unidad investiga en base a los datos disponibles y, si detectan indicios de irregularidades, propone la apertura de un expediente.

¿Cómo se tramita un expediente?

Llegados a ese punto, entraría en juego la Unidad de Vigilancia de Mercados, que es el departamento específicamente dedicado a las investigaciones y a la instrucción de expedientes de abusos. Durante el año pasado, la CNMV desarrolló 36 investigaciones –de las que 15 llegaron a cerrarse—que propiciaron la apertura de nueve expedientes sancionadores contra 19 personas físicas o jurídicas por diversas conductas.

La instrucción del procedimiento sancionador está reglada por ley. Sus tiempos están tasados y existe fase de audiencia en el que se requieren explicaciones a las partes implicadas. El departamento encargado de esta fase es el Servicio Contencioso.

“La dificultad no está tanto en detectar movimientos anómalos o identificar patrones sospechosos”, explica Castelo, “como en probar jurídicamente el abuso”. No basta con identificar una subida antes de una OPA o la publicación de resultados. Sancionar exige acreditar la existencia de esta información privilegiada y su acceso. Demostrar que ha existido una conexión y no existe otra explicación legítima.

Si la CNMV concluye al finalizar la instrucción del expediente que hay motivo de sanción, acuerda su imposición y esta se publica en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Existe, además, un registro de sanciones que acumula las impuestas en los últimos cinco años en el caso de las infracciones graves y muy graves.

Según datos publicados la semana pasada por el supervisor en su Informe Anual, el año pasado cerró 20 expedientes e impuso 71 sanciones (todas ellas multas) por un importe de 19,4 millones de euros.

Las más relevantes, las relacionadas con el abuso de mercado (información privilegiada y manipulación). Concentraron el 77% de las infracciones resueltas en el ejercicio y multas por 9,5 millones de euros