La bendición del decreto-ley para la privatización parcial de la aerolínea portuguesa TAP, otorgada por el presidente de la República, Marcelo Rebelo de Sousa, ha abierto un plazo de 60 días -llega hasta la primera semana de octubre- para la precalificación de los inversores que optarán a entrar en la compañía de red 100% del Estado portugués. El Gobierno ha dejado claro en el arranque del proceso que busca optimizar el valor de la compañía y que no se lo pondrá fácil a los tres grupos europeos que llevan años analizando el encaje de TAP en sus estructuras: IAG, Lufthansa y Air France-KLM. Esta, concluye, no será una ganga.
La colocación de un paquete minoritario del 49,9% se aprecia desde el Ejecutivo como una oportunidad para recuperar parte de los 3.200 millones de dinero público inyectado para que la aerolínea capeara la crisis del covid. Por ello se trata de alimentar la competencia atrayendo a firmas extracomunitarias del sector aéreo. La toma de menos del 50% por parte de una aerolínea ajena a la UE respetaría la normativa sobre la explotación de servicios aéreos en la UE (Reglamento 1008/2008), en el que se fija que más del 50% del capital de una compañía aérea debe estar en manos de inversores comunitarios para obtener o preservar la licencia de operación.
A falta de mayor detalle sobre el contenido del cuaderno de venta, el Gobierno busca un comprador para el 44,9% del capital, mientras que el 5% restante se va a distribuir entre los empleados de la propia TAP. De no cubrirse este último tramo, la compradora podría hacerse con las acciones sobrantes. Con el Estado manteniendo un mínimo del 50,1%, el decreto ley promulgado por Rebelo de Sousa expone que el inversor entrante tendrá capacidad de influencia en la gestión de la aerolínea, lo que suena a reclamo para actores del sector aéreo.
“La venta de una participación minoritaria puede implicar la asignación al inversor de referencia de derechos de participación que, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 24 del Decreto Ley 133/2013, de 3 de octubre, le permiten influir en la gestión de TAP de manera decisiva”, expone la norma recién publicada. A renglón seguido, el Estado se garantiza la posibilidad de intervenir la gestión en favor del interés público.
El consejero delegado de IAG, Luis Gallego, ha reconocido en numerosas ocasiones el apetito de su grupo por TAP, un movimiento que dependería de condiciones como el capital ofertado y el precio. El holding que agrupa a British Airways, Iberia, Vueling, Aer Lingus y Level suele primar la toma de control en este tipo de operaciones, pero podría ser flexible a la vista de que los últimos movimientos de integración en el sector no ofrecieron control en una primera fase, pero sí influencia y una escalada posterior en el capital, como ha sucedido en la entrada de Air France-KLM en SAS o en la adquisición de ITA por Lufthansa. De hecho, el decreto ley observa una “perspectiva futura” en la que se buscaría una “posible enajenación de la participación restante del Estado [en TAP], cuyo precio incluirá necesariamente una prima de control”.
El interés de IAG por la portuguesa reside en primer lugar en la defensa de su posición de liderazgo en las rutas entre Europa y América, sumando los hubs de Lisboa y Oporto a los de Londres, Madrid, Barcelona y Dublín. Además, TAP se complementa con Iberia y British por su cuota de mercado relacionada con Brasil. La opción española fue vista en el pasado con recelo en el país vecino por cuanto Lisboa compite con Madrid por el tráfico aéreo, pero IAG pone el ejemplo de Aer Lingus, adquirida en 2015 y desarrollada en Dublín (Irlanda) en rivalidad con los intereses de British Airways en Londres (Reino Unido).
Tanto IAG como Lufthansa y Air France han visto cómo se ha escapado la oportunidad de hacerse con Air Europa, que ha acordado el aterrizaje de Turkish Airlines con un 27% del capital, y las tres tienen puesto el objetivo en TAP, una de las escasas aerolíneas de red europeas independiente de una gran alianza.
El decreto ley que lanza la venta de una parte significativa de TAP fue aprobado por el Consejo de Ministros el 10 de julio, pero ha pasado por una serie de consultas y no ha sido hasta el 7 de agosto cuando ha sido promulgado. Una semana después, el día 14, se procedió a su publicación en el Diario de la República. El Gobierno dice tener entre sus prioridades la transformación del sector aeronáutico, para lo que la privatización de TAP resulta fundamental.
En busca de consolidar la sostenibilidad de la compañía, se exigirá al pretendido socio estratégico que “potencie los activos de la compañía, su marca y sus rutas clave”, además de la búsqueda de sinergias o ampliar las capacidades de la empresa en las áreas de ingeniería y mantenimiento. TAP ya fue confiada a manos privadas entre 2014 y 2015 con la venta del 61% al consorcio Atlantic Gateway, volviendo en su totalidad al Estado portugués entre 2020 y 2021, cuando la pandemia puso en jaque al sector aéreo en todo el mundo.
Este nuevo intento de venta tiene un calendario previsto de no más de un año, al tiempo que se prevé el cierre de la restructuración de la aerolínea el próximo mes de diciembre. El Ejecutivo también presenta ante los inversores nuevas posibilidades de desarrollo para TAP de la mano de la construcción del aeropuerto Luis Camões en Lisboa o de la ampliación del aeropuerto Francisco Sá Carneiro de Oporto.
Etapas
La venta de la mitad del capital de TAP va a organizarse en cuatro fases que incluyen la presentación de las muestras de interés y análisis de la idoneidad de los candidatos, en función de los criterios impuestos por el Gobierno portugués; la entrega de ofertas no vinculantes; un tercer capítulo para la formulación de las propuestas en firme, y la negociación con los licitadores para la mejora final de las mismas antes de la adjudicación del paquete accionarial.
Entre los requisitos que ya ha expresado el Ejecutivo para acomodar un socio en TAP destacan el de la capacidad financiera, el volumen de actividad y la experiencia y certificación para operar en el sector aéreo. Además, el Consejo de Ministros se guiará por el calado de la oferta económica, el plan industrial para desarrollar TAP, el mantenimiento del empleo o la garantía de mantenimiento de las rutas estratégicas.
Las reglas del juego también contemplan que el proceso, supervisado por una comisión especial nombrada por el Consejo de Ministros, pueda ser suspendido sin que los licitadores sean compensados o indemnizados sea cual sea la causa de la cancelación de la venta.