Con la decisión del pasado lunes del juez Juan Carlos Peinado de investigar también a Begoña Gómez por un delito de malversación de caudales públicos, la esposa del presidente del Gobierno aglutina ya hasta cinco delitos que, atendiendo a las penas que contempla el … Código Penal, podrían llegar a sumar, en el peor de los escenarios, 17 años de prisión en el hipotético caso de que el asunto acabara siendo enjuiciado y en sentencia condenatoria.

Desde que el magistrado titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid acordara abrir causa el 16 de abril de 2024 contra Gómez por los delitos de tráfico de influencias y corrupción en los negocios han pasado 16 meses en los que a esos dos delitos ha sumado los de apropiación indebida, intrusismo profesional y, ahora, el de malversación, y eso que en autos anteriores lo había descartado tanto para ella como para su asesora-. Todos giran en torno al despegue de su actividad profesional desde que aterrizara junto a Pedro Sánchez en el Palacio de La Moncloa.

Según recoge el Código Penal, el tráfico de influencias contempla penas de cárcel de hasta dos años; el de malversación puede acarrear hasta seis años de prisión; el de corrupción en los negocios hasta cuatro años; el intrusismo está penado con un máximo de tres años de cárcel; y la apropiación indebida podría acarrear dos años de cárcel en caso de que el software de la Complutense se considerar con valor científico.

El tráfico y la corrupción

La denuncia que se encuentra en el origen de la causa, la que presentó el sindicato Manos Libres recogía que Begoña Gómez, «prevaliéndose de su estatus personal de esposa del presidente del Gobierno, habría recomendado o avalado por carta con su firma a empresarios que se presentaban a licitaciones públicas».

Añadía que uno de esos empresarios beneficiados era Juan Carlos Barrabés, y que esos avales «dispararon» las adjudicaciones que se acabaron llevando tanto su mercantil como las uniones temporales (UTE) con las que optaba a determinados contratos.

Esta denuncia, que se apoyaba en artículos de prensa, fue recogida por el magistrado que acordó imputar a Gómez los delitos de tráfico de influencias y corrupción. Así arrancaba una investigación que ha ido evolucionando y que ha logrado, al menos parcialmente, el aval de la Audiencia Provincial de Madrid a pesar de que la Fiscalía desde un inicio solicitó su archivo al entender que no había indicios.

De hecho, cuando la Sección 23 de la Audiencia Provincial acotó en octubre de 2024 por segunda vez la instrucción -para descartar una vez más esta vía de investigación que giraba en torno a la posible intervención de Begoña Gómez para que se produjera el rescate de Air Europa y los beneficios laborales que podría haber logrado a cambio- indicó que, presuntamente, «la denunciada podría estar amparándose en su condición de esposa del presidente del Gobierno para ofrecer su influencia personal de recomendación en la adjudicación de sustanciosos contratos de adjudicación pública en favor de determinadas empresas que, al tiempo, le prestaban soporte, ventaja o beneficio en el desarrollo exponencial de su carrera profesional».

Esa carrera profesional estaba vinculada a sus funciones en másteres que se celebraban en la Universidad Complutense de Madrid (UCM) y, concretamente, en la Cátedra Extraordinaria de Transformación Social Competitiva que dirigía. La Sala explicó que se debía indagar en toda aquella actividad desarrollada por la investigada en relación con el despegue de su actividad profesional, en principio, sólo desde la ideación y creación de esa cátedra y en relación con aquellos terceros -personas físicas, empresas o instituciones- que le habrían dado «soporte, financiación, patrocinio, colaboración o ayuda, económica, logística, de formación, o de cualquier otro tipo».

Además, el tribunal, respaldando la tesis de Peinado, indicaba que en las adjudicaciones en favor de la UTE formada por Innova Next SLU -vinculada a Juan Carlos Barrabés, también investigado- se había constatado «la intervención personal de la denunciada», y era ahí donde apreciaban «datos objetivos suficientes que legitimaban el inicio de la investigación».

Y ponía el foco en «la llamativa variación, cuantitativa y cualitativa» que experimentó la relación de las empresas del Grupo Barrabés con la Administración Pública «en proximidad temporal con la obtención de la cátedra y despegue» de los másteres para Begoña Gómez. Al hilo, se ha cuantificado por la investigación de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil que Innova Next, a través de 11 contratos públicos, obtuvo un importe cercano a los 21 millones de euros, todos ellos en los años 2021 y 2022.

Con todo, la Audiencia Provincial de Madrid ya advertía de que el delito de tráfico de influencias «es de difícil concreción (…), siendo de muy escasa aplicación práctica, y de compleja prueba salvo que exista algún informante interno».

Por ambos delitos la esposa de Sánchez compareció ante el juez hasta en dos ocasiones, pero en ninguna llegó a declarar. Así, el 5 de julio alegó que no se le había notificado adecuadamente la querella y que no podía participar en el interrogatorio al desconocer las razones por las que se le investigaban. El día 19 de julio, su abogado, el exministro socialista Antonio Camacho, le recomendó no declarar al haber apreciado falta de garantías en el procedimiento.

Apropiación e intrusismo

Tras el verano de 2024, que fue muy intenso procesalmente dado que el juez acordó numerosas diligencias y declaraciones, Peinado acordó en octubre de 2024 aceptar una nueva querella, ésta presentada por la asociación Hazte Oír, para investigar si Begoña Gómez había cometido otros dos delitos, apropiación indebida e intrusismo laboral, en el marco de la creación de un software, una aplicación, que impulsó en su cátedra extraordinaria de la UCM y que buscaba ayudar a la pequeña y mediana empresa a cumplir con los objetivos de desarrollo sostenible y a hacerse con certificados válidos para solicitar financiación pública y privada.

En el auto por el que la volvía a citarla como investigada, el juez dijo entonces que presuntamente la esposa del presidente del Gobierno «habría inscrito a su favor» la marca TSC Transformación Social Competitiva y, posteriormente, el software de la cátedra que había sido financiado por empresas, pero «siempre para la UCM».

Además, consideró pertinente investigarla también por intrusismo porque habría elaborado los pliegos de prescripciones técnicas para la contratación -por parte del Rectorado de la Complutense- del servicio de asistencia y asesoría técnica y tecnológica para la creación de esa plataforma de gestión y medición de impacto para las pymes en dicha universidad.

El juez resaltaba que Begoña Gómez había jugado ese papel sin haber acreditado «disponer de conocimientos ni facultades para estar cualificada técnicamente» para elaborar los mencionados pliegos. En esa ocasión, la esposa de Sánchez sí que declaró en noviembre ante el juez pero respondiendo exclusivamente a preguntas de su letrado.

La malversación

A pesar de que Hazte Oír solicitaba que la investigara por administración desleal, descartó incluir ese delito porque «no se puede deducir» que tuviera «la encomienda de administrar o gestionar bienes» de la UCM. Descartó también investigarla por malversación al entender que no tenía condición de autoridad o funcionario.

Si bien entonces lo descartó, ahora sí le imputa ese delito pero por otro asunto: el uso que habría hecho de su asesora, Cristina Álvarez, para fines privados y distintos a los que se le asignaron por razón de su cargo.

Lo hizo en una pieza separada que abrió tras una querella de Vox. Para justificar este paso se apoyó en un auto de la Audiencia Provincial en el que se decía que había que indagar en las funciones desempeñadas por la asistente.

El juez acordó investigar por ese delito a Álvarez a pesar de que el tribunal advertía que no pudo cometer malversación porque ese delito sólo lo puede cometer quien destina o aprovecha ese recurso (humano) para otros fines.