El malestar y «preocupación» que ha generado en el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, la actuación de la juez María Tardón en el procedimiento judicial de Ceuta, por impedir a los agentes informar a sus superiores sobre las pesquisas relativas a la … invasión marroquí del pasado julio, choca de lleno con la actuación del magistrado cuando era juez en la Audiencia Nacional e instruía el caso Faisán. El hoy ministro, que sustituía entonces a Baltasar Garzón en el Juzgado Central de Instrucción número 5, dictó un auto el 9 de mayo de 2006 en el que ordenaba a agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que le informaran solo a él sobre las pesquisas relacionadas con el chivatazo a ETA que se produjo en plenas negociaciones del Gobierno de Zapatero con la banda terrorista.
En la resolución, a la que ha tenido acceso ABC, el juez, que investigaba un delito de revelación de secretos y colaboración terrorista, instaba a tres funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía adscritos a la Unidad Central de Inteligencia de la Comisaría General de Información, «y a los funcionarios de la Dirección General de la Guardia Civil que el Servicio de Información de dicho Cuerpo determine» a que informaran «directamente a este Juzgado sobre los extremos y las circunstancias en que se han producido los hechos (…) debiendo abstenerse, en todo caso, de informar a sus superiores, dada la reserva de la citada investigación».
Grande-Marlaska indagaba en el soplo que recibió Joseba Elosua, dueño del bar Faisán de Irún, por parte de la Policía y del que se tuvo constancia gracias a la baliza que se instaló en un coche de su propiedad. Los mandos policiales Enrique Pamíes y José María Ballesteros fueron condenados por frustrar la operación policial contra la red de extorsión de ETA que operaba entorno a ese local.
No fue la primera vez que los agentes trabajaron con el magistrado en calidad de policía judicial, lo que implica que mientras se asumen estas funciones, se deben al juez, y no a sus superiores, como quedó también claro cuando Pérez de los Cobos se negó a reportar al ministro sobre las pesquisas de los agentes contra el delegado del Gobierno en Madrid con motivo de las manifestaciones convocadas en pandemia. Esta negativa le costó el puesto.
Por todo ello no deja de resultar llamativa la carta que el ministro envió a la presidenta del Consejo General del Poder Judicial y del Tribunal Supremo, Isabel Perelló, quejándose de la actuación de la magistrada Tardón por lo que él mismo hizo como juez en el pasado.
La propia Perelló recordó al ministro que la Constitución Española establece un deber general de colaboración con los juzgados para todos los ciudadanos (art. 118 CE), que es «especial para la policía judicial» (art. 126 CE). También que la Ley de Enjuiciamiento Criminal y la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad establecen que la función de policía judicial corresponde a todos los miembros de las Fuerzas de Seguridad, «cualquiera que sea su naturaleza y dependencia».
De igual forma la Asociación Judicial Francisco de Vitoria también se refirió a esta función de policía judicial en un comunicado en el que respalda, como la Sala de Gobierno de la Audiencia Nacional, la actuación de la magistrada. Cuando los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad actúan en el ejercicio de funciones propias de policía judicial, su actuación se encuentra sometida a la dirección y control de la autoridad judicial, recuerda la asociación a la que pertenece Tardón. «En este ámbito, la información obtenida con ocasión de las diligencias de investigación debe ponerse únicamente en conocimiento de los jueces y tribunales competentes, de conformidad con lo establecido en la Ley de Enjuiciamiento Criminal y en la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad».