La juez de la Audiencia Nacional María Tardón ha puesto en evidencia al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, utilizando sus propias palabras enmarcadas en un discurso en el que obviaba la responsabilidad de Marruecos para apuntalar que la invasión en Ceuta es constitutiva de un delito contra la independencia del Estado.
La titular del Juzgado Central de Instrucción Número 3 ha asumido este lunes la competencia para investigar la invasión perpetrada a la Ciudad Autónoma de Ceuta desde suelo marroquí mediante la entrada masiva de más de 80.000 inmigrantes irregulares. Esta invasión, según apunta la magistrada y en contra de lo que el Gobierno ha defendido durante la totalidad del mes de agosto, no se podría haber producido sin la colaboración de las autoridades marroquíes: «Se ha evidenciado igualmente una clara e indudable gestión favorecedora del proceso desde el territorio del Reino de Marruecos».
En un auto al que ha tenido acceso Libertad Digital, la juez señala que es competencia de la Audiencia Nacional investigar los presuntos delitos cometidos: «No nos encontramos ante una acumulación de infracciones administrativas en materia de extranjería ni ante múltiples conductas individuales desconectadas entre sí, sino ante un fenómeno complejo, organizado y de carácter claramente supraterritorial que exige una respuesta jurisdiccional unitaria». Uno de estos presuntos delitos sería, a juicio de la juez, un delito que compromete la paz o la independencia del Estado, basado en el artículo 590.1 del Código Penal. Este se refiere a «actos ilegales o que no estén debidamente autorizados» que lleven a «los españoles a experimentar vejaciones o represalias en sus personas o bienes».
Relacionado
Es en este punto cuando la magistrada se refiere a las palabras de Sánchez el 31 de julio, el día después de la invasión utilizado por el jefe del Ejecutivo para comenzar sus vacaciones por un período de 27 días ininterrumpidos:
Del examen provisional de los hechos se deduce que el delito tiene una intencionalidad de atentar contra el Estado, vulnerando su integridad territorial como bien señaló el presidente del Gobierno quien, durante su visita a Ceuta el día 31 de julio de 2026, definió los hechos como «un ataque, una violación de la integridad territorial de España«. Y ello mediante un flujo migratorio masivo que constituye uno de los métodos característicos de la «guerra híbrida» o «zona gris», con la finalidad de alterar la vida y derechos de ciudadanos españoles, en concreto, de toda una Ciudad Autónoma.
De esta forma, el propio Sánchez estaba reconociendo —presuntamente sin tener conocimiento de ello— que debía haber una investigación penal como la que se inició después de la denuncia presentada por Iustitia Europa el pasado 31 de julio. Además, la juez recalca que las acciones de «guerra híbrida» o «zona gris» —llevadas a cabo, según apunta durante todo el auto, con la connivencia de las fuerzas del Estado marroquí— son «propias de Estados, organizaciones criminales u organizaciones terroristas cometidas contra Estados». La magistrada ejemplifica estos hechos de «guerra híbrida» con los realizados por otro Estado, Rusia, contra la soberanía de un tercer país, Ucrania.
Según especifica Tardón, las evidencias de la comisión del delito al que se refiere son claras y quedan recogidas en el informe del Centro Nacional de Inmigración y Fronteras (CENIF): «Un delito que ha sido cometido en el extranjero, con lo que tendría su encaje en el art. 23.3.a) LOPJ que atribuye la jurisdicción a España para conocer de los delitos de traición y contra la paz o la independencia del Estado cometidos por españoles o extranjeros fuera del territorio nacional».