La denuncia va dirigida inicialmente contra Belén Villar, jefa de Gabinete del Subsecretario de Transportes; y Belén Roel, que confeccionó y firmó el informe que incriminaba a Ábalos.

Sostiene el ex ministro que dicho informe, que le atribuía un rosario de irregularidades en la compra de material sanitario, tuvo una «trascendencia efectiva» en su imputación por parte del Tribunal Supremo y constituye, a su juicio, una «investigación paralela» realizada «de forma ilegítima».

Según Ábalos, «se ha comprobado» que el informe encargado por Óscar Puente «pone en boca» de los funcionarios entrevistados «lo que no han dicho» y «omite lo que sí dijeron». «El informe se vehiculiza y orienta de forma deliberada para posicionar las decisiones de compra en la más absoluta arbitrariedad al margen de los procedimientos». «Fundamentalmente», añade la querella, «en los aspectos atinientes a la falta de control sobre la trazabilidad de las mascarillas en la gestión de compra y destino (ausencia de actas de recepción y expedición de las mascarillas, falta de documentación del control de las mismas y el depósito de éstas)». Pero también hace alusión a la «no concurrencia de ofertas y subsiguiente elección injustificada de adjudicatario, celeridad sospechosa en la necesidad de demanda de unidades y pago de mascarillas o abonos de precios de forma unilateral sin escrutinio validante de oferta».

«Todas y cada una de las aseveraciones son inciertas y obedecen a un seso que se manifiesta en la selección de datos y en la interpretación interesada de los mismos, lo que lleva a conclusiones que no reflejan fielmente la realidad de los hechos auditados», prosigue la denuncia. Al tiempo que reprueba la utilización de «calificativos impropios» de una auditoría que introducen «un ejemplo de subjetividad» que contrasta con el «rigor que exige un informe de inspección».

También arremete Ábalos en su querella contra Puente y destaca que «la decisión del actual ministro de Transportes ordenando la realización de esta auditoría carece de justificación alguna porque su proyección no fue el control interno sino la inmediata difusión de sus conclusiones pretendiendo mostrar a la opinión pública transparencia, distancia y alejamiento de los anteriores responsables del ministerio en una estudiada proyección de eficiencia y objetividad».

«No es una auditoría, no cumple el mínimo estándar que integre tal actuación en el ámbito de una organización en cuanto a revisión y análisis de procedimientos no integrando el mínimo criterio de imparcialidad», continúa la denuncia. Añade que tampoco puede considerarse un ‘compliance’ «en cuanto no busca criterios de ética en la gestión ni articula a partir de su dictamen ningún procedimiento a adoptar ni, en definitiva, se ajusta a las mínimas exigencias de objetividad».