Madrid

La letra pequeña del ‘tranquiler público’ ya está aquí. El seguro que propone el Gobierno replica algunas iniciativas privadas que ya existen y busca dar seguridad a los propietarios. La iniciativa se incluye en el borrador del Plan Estatal de Vivienda 2026-2030 que deberán suscribir las comunidades autónomas.

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Solo para quienes alquilen a precios asequibles

El programa solo estará disponible en Zonas de Mercado Tensionado (ahora, unas 300 en toda España) y para aquellos propietarios que alquilen a precios asequibles.

Este seguro público deberá de suscribirse de mutuo acuerdo entre arrendador y arrendatario. Solo podrán acogerse aquellos inquilinos que sean jóvenes de 35 años o menos, los mayores de 65 años, quienes tengan una discapacidad reconocida igual o superior al 40%, o las familias monoparentales con hijo a cargo.

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Qué cubrirá el seguro y durante cuánto tiempo

El seguro cubrirá tanto las mensualidades impagadas por parte del inquilino, como los suministros (agua, luz, gas…), así como los daños causados en la vivienda. La fianza, sin embargo, no se descuenta en el seguro.

Plazos para pedir la cobertura

En caso de impago, lo primero que debe hacer el propietario es denunciar. A partir de entonces, tendrá un plazo máximo de seis meses para solicitar el dinero en caso de que no haya recuperado su vivienda; o tres meses en caso de que la recupere.

La administración pública abonará las cantidades en un plazo máximo de tres meses desde la solicitud de la cobertura, o mes a mes hasta que recupere la posesión de su vivienda.

¿Se perdona la deuda al inquilino?

No, en ningún caso. Los inquilinos que hayan sido cubiertos por este aval público contraerán una deuda con la administración que deberán abonar.

¿Quién lo gestiona?

Son las Comunidades Autónomas quienes, con financiación propia y del estado central, gestionarán estos programas. En algunas regiones ya existen coberturas públicas similares.