La Sección Segunda del Tribunal Constitucional (TC) ha inadmitido por unanimidad el recurso de amparo promovido por el exsecretario de Organización del PSOE Santos Cerdán contra los autos que acordaron y confirmaron su prisión provisional en la causa seguida contra el mismo ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.
La decisión se toma por unanimidad y de acuerdo con la propuesta del magistrado ponente José María Macías.
El Constitucional considera, en esencia, que el recurso no reviste la especial trascendencia constitucional alegada por el recurrente y exigida por la Ley, dado que ya existe doctrina constitucional sobre la necesidad de motivar la concurrencia de los fines constitucionalmente legítimos para justificar una prisión provisional en la que se encuentra desde el pasado 30 de junio, así como sobre la prohibición de utilizar esta medida con fines coactivos.
Por lo demás, y respecto de una de las vulneraciones alegadas en la demanda de amparo, relativa al derecho a la defensa, el recurso se ha inadmitido por falta de agotamiento de la vía judicial previa, al no haberse invocado esta queja en tiempo y forma ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo, con carácter previo a la interposición de este recurso de amparo.
Última vía judicial a la que Santos Cerdán podía recurrir
El ex número tres del PSOE ya ha agotado todas las instancias a las que podía recurrir para pedir su puesta en libertad después de que el magistrado del Supremo Leopoldo Puente, instructor del caso Koldo, rechazara excarcelarle al considerar que persiste el riesgo de ocultación o destrucción de pruebas.
El Constitucional era la última instancia judicial a la que Santos Cerdán podía recurrir, por lo que con esta decisión se confirma que el ex secretario de Organización del PSOE seguirá en la cárcel tal y como acordó el juez instructor, comunicada y sin fianza al apreciar posibles delitos de integración en organización criminal, cohecho y tráfico de influencias.