El Tribunal Supremo ha acordado desglosar en dos las investigaciones contra la presunta trama de corrupción del caso Koldo. Esta decisión viene motivada por la necesidad de crear una pieza separada sobre el cobro de comisiones a cambio de adjudicaciones ilícitas de obra pública, cuyas pesquisas se encuentran en fase incipiente. En la causa inicial, que ya está muy avanzada, se mantendrán las indagaciones relativas a las supuestas irregularidades en la compraventa de material sanitario durante la pandemia.
Así lo ha ordenado el magistrado Leopoldo Puente, instructor del caso Koldo en el Supremo, a través de un auto al que ha tenido acceso RTVE. En esta pieza separada mantendrá como imputados al exsecretario de Organización del PSOE Santos Cerdán, al exministro de Transportes, José Luis Ábalos y al que fuera su mano derecha, Koldo García. Junto a ellos, también permanecen en la causa el presunto conseguidor de la trama, Víctor de Aldama, y los otros empresarios de la construcción implicados, José Ruz, Antonio y Daniel Fernández Menéndez, Fernando Merino y Joseba Antxon Alonso.
Sobre las obras, ha señalado que es necesario diferenciar entre «aquellas que se promovieron, en beneficio de Acciona Construcción, en Unión Temporal de Empresas (UTE) con otras de menor envergadura» y bajo la dirección de Santos Cerdán, «de aquellas otras, de menor entidad económica, que se promovían paralelamente bajo el control o impulso de De Aldama, Ábalos y Koldo». Aparentemente, Cerdán no habría tenido implicación en las adjudicaciones de este segundo grupo.
La nueva pieza está en una fase «todavía muy incipiente»
Leopoldo Puente ha decidido dividir la causa porque, según ha detallado en el auto, toda la parte relativa a la obra pública se encuentra en una fase «todavía muy incipiente«, mientras que el resto de las pesquisas están muy avanzadas, «siendo previsible la pronta terminación de la fase de instrucción correspondiente» a esa parte principal.
En esta parte principal se enmarcan todos los hechos ajenos a la adjudicación de obra pública, como son la adjudicación a la empresa Soluciones de Gestión, vinculada a De Aldama, de contratos para la adquisición de mascarillas durante la pandemia de coronavirus. También permanecerá todo lo referido a que Koldo García, quien habría desplegado su influencia para lograr que Aldama o las empresas cuyos intereses favorecía el presunto conseguidor, pudieran entrevistarse con diferentes altos funcionarios o empleados públicos o se beneficiaran de concretas actuaciones promovidas e impulsadas desde el propio Ministerio. Todo bajo el conocimiento de Ábalos, según ha detallado el auto.
En concreto, habla de «la publicación de la nota de prensa, avalando la próxima financiación pública de Air Europa; las gestiones realizadas en favor de Villafuel para que sus representantes lograran reunirse con personas que pudieran facilitar la licencia de operador de hidrocarburos que perseguían; o las que determinaron la reunión que De Aldama sostuvo con Carlos Moreno, quien era en ese momento jefe de gabinete de la ministra de Hacienda, reunión que tenía por objeto procurar el aplazamiento de una deuda tributaria de una de las empresas del señor De Aldama».
Puente ha indicado que en este primer grupo de hechos aparentemente delictivos también se incluirían «la arbitraria colocación en sendas empresas públicas de, al menos, Jésica Rodríguez y Claudia Montes». Además, la primera de ellas «vino percibiendo los correspondientes salarios sin desempeñar ocupación efectiva alguna».
En esta primera parte de la causa, únicamente mantendrán la condición de investigados José Luis Ábalos, Koldo García y Víctor de Aldama, no así Santos Cerdán.
Diferencia «dos grandes grupos» de conductas delictivas
La nueva pieza se iniciará con este auto, seguida del informe de la Unidad Central Operativa (CO) de la Guardia Civil de junio de este año y de todas las actuaciones posteriores. También se incluirán la declaración prestada por Aldama, los documentos que aportó relativos a la relación de obras públicas, de Koldo García y el resultado de la prueba pericial caligráfica practicada.
El juez ha expuesto que «el objeto de la presente causa especial ha llegado a un estado en el que es posible identificar hasta dos grandes grupos de conductas eventualmente constitutivas de sendos ilícitos penales» y que «estos grupos se definen por su relación o desconexión con el ámbito de las indebidas adjudicaciones de obra pública en el marco del Ministerio de Transportes durante el período de tiempo en el cual Ábalos ejerció como titular del mismo».