Madrid
El fiscal ha entregado su escrito de alegaciones contra la decisión del juez de transformar a la ley del jurado la pieza que abrió para investigar un presunto delito de malversación cometido por la contratación de una asistente para Begoña Gómez que, según Juan Carlos Peinado, trabajó en las actividades privadas de la mujer del Presidente del Gobierno.
El fiscal señala que los hechos que se atribuyen a Begoña Gómez, a su asesora y al delegado de Gobierno en Madrid no son constitutivos de delito. En el caso Gómez, recuerda además que no ostenta la condición de funcionaria pública y en el de Francisco Martín el auto del Tribunal Supremo que rechazó investigar al Ministro, Félix Bolaños, por estos mismos hechos.
El documento señala que el nombramiento de Cristina Álvarez se hizo con arreglo a la ley y que ese puesto «ha estado presente en todos los gobiernos democráticos en España desde 1978, en los que el cónyuge del presidente ha contado con la asistencia de al menos una persona con estas funciones». Funciones que requieren «disponibilidad permanente y jornada en régimen de especial dedicación» porque se basan en el desempeño de tareas de «colaboración inmediata de carácter logístico y organizativo» en las que «predominan las notas de afinidad inherentes a la confianza».
En el marco de esa relación, Álvarez ha enviado y recibido correos electrónicos en nombre de Begoña Gómez en el marco de la actividad que desarrollaba en la cátedra de la Universidad Complutense, por la que Gómez no recibía remuneración alguna. El fiscal recuerda que Cristina Álvarez continúa en el mismo puesto de trabajo eventual en la actualidad «desempeñándolo ininterrumpidamente desde su designación, habiendo cumplido las funciones que le han sido encomendadas, sin que haya existido en la actividad adicional de ayuda que ha podido ocasionalmente desempeñar ningún tipo de menoscabo o detrimento para el patrimonio y recursos públicos».