La jueza que instruye la causa de la dana ha rechazado archivar la investigación, tal y como pidió el lunes la defensa de la exconsellera Salomé Pradas, única imputada en el proceso junto al que era su número dos, Emilio Argüeso.

Pradas argumentó que la reciente declaración como testigo del presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ), Miguel Polo supuso un «punto de inflexión». «Ha quedado acreditado que no existe indicio alguno que sustente la continuación del procedimiento penal contra Pradas» , señalaba su abogado en un escrito, y añadía que la declaración de Polo «resulta absolutamente esclarecedora para descartar la responsabilidad a título de negligencia».

La magistrada de Catarroja Nuria Ruiz Tobarra señala en su resolución, hecha pública este viernes, que bastaría como fundamentación para rechazar esta petición «el simple hecho de que no se ha agotado la instrucción», pero precisa que la denegación también se basa en la existencia de «indicios abrumadores de una conducta negligente» por parte la que era consellera de Justicia e Interior.

Ruiz detalla a continuación de forma pormenorizada esos indicios y su reflejo en las actuaciones, así como la «posición de garante» que tenía la exconsellera y las «sucesivas omisiones que se produjeron: desde la convocatoria del Cecopi con un evidente retraso» al «insoportable retraso en las alertas a la población, así como la falta de control de los barrancos».

«Negligencia grosera»

En esta línea, considera «aplicable en este caso» el término ‘negligencia grosera’, «atendiendo no solo al gravísimo resultado mortal, sino por la parsimonia en la adopción de las medidas y su carácter erróneo». El auto puede ser recurrido.

La magistrada también ha dictado un segundo auto que desestima un recurso de reforma presentado también por la defensa de Salomé Pradas, así como una providencia en la que acuerda solicitar al Instituto de Medicina Legal la emisión de un informe forense sobre la «relación de causalidad existente» entre el fallecimiento de una mujer en un hospital el día 3 de noviembre de 2024 y las circunstancias acaecidas en la residencia de Paiporta en la que residía el 29 de octubre anterior.

En esta misma providencia, por otra parte, a petición de una acusación popular, la juez acuerda incorporar a las actuaciones el encargo realizado por la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias (Avsre) a la empresa pública Tragsa para la prestación de apoyo logístico, así como requerir determinada información a la propia Tragsa.

Pide información sobre la alerta del domingo pasado

Igualmente, a solicitud de una segunda acusación popular, requiere a la Conselleria de Emergencias para que le indique «quién fue la persona que dio la orden concreta de enviar el mensaje de alerta a la población el domingo 28 de septiembre de 2025 a las 15:28 horas», ante la última alerta roja meteorológica que afectó a la Comunidad Valenciana.