El Govern balear ha establecido los servicios mínimos obligatorios para la jornada de huelga convocada este miércoles d15 de octubre en apoyo a la causa palestina. Esta medida busca asegurar la continuidad de las prestaciones esenciales en sectores clave como la sanidad, la educación y el transporte público autonómico.
La convocatoria de los sindicatos UGT y CCOO permitirá a los trabajadores interrumpir su actividad durante dos horas por turno: de 10.00 a 12.00 horas en el de mañana, de 17.00 a 19.00 horas en el de tarde y de 02.00 a 04.00 horas en el de noche.
Este miércoles hay convocadas una concentración a las 12.00 horas ante el rectorado de la Universitat de les Illes Balears (UIB) para exigir el fin de relaciones de la universidad con empresas que apoyen a Israel y una manifestación unitaria a las 18.30 horas a plaza de España bajo el lema ‘por una Palestina libre, parémoslo todo’, así como diferentes piquetes durante la mañana.
En el ámbito educativo, la normativa dictada por el Ejecutivo autonómico exige que todos los centros, ya sean públicos, privados o concertados, permanezcan abiertos. Se ha estipulado la presencia obligatoria tanto del director como del secretario durante el horario lectivo.
Para las etapas de educación infantil, que abarcan desde los 0 hasta los 6 años, así como para los centros de educación especial, se requiere la presencia de, al menos, un educador por cada tres unidades o fracción de estas. Por su parte, en los centros de educación primaria y secundaria, la disposición establece un mínimo de un docente por cada cuatro unidades o la fracción correspondiente.
En lo que respecta al sector sanitario, se garantiza la apertura de los servicios de registro y de atención al usuario, los cuales deberán operar con la cobertura mínima indispensable. La operatividad normal de las urgencias se considera un servicio asistencial prioritario, tanto para pacientes externos como para aquellos ingresados en unidades de observación.
Los servicios de atención especializada deberán mantener una dotación de personal equivalente a la de los domingos y días festivos. Sin embargo, en áreas críticas como oncología médica, oncología radioterápica, diálisis, hospital de día y farmacia hospitalaria, se exige el 100 % de la asistencia, con los efectivos necesarios para su total garantía.
Asimismo, las intervenciones quirúrgicas programadas para pacientes oncológicos y otras patologías que no admitan demora contarán con el personal imprescindible. El funcionamiento de unidades especiales como cuidados intensivos, vigilancia intensiva, coronarias, hemodiálisis, neonatología, quemados, partos y cualquier servicio de emergencia vital también se considera una prestación asistencial mínima.
En el ámbito de la atención primaria, los centros de salud permanecerán abiertos para ofrecer asistencia durante toda la jornada diurna. Específicamente, entre las 8.00 y las 15.00 horas, cada centro deberá contar con una plantilla mínima de dos médicos, un pediatra, dos enfermeros, un auxiliar administrativo y dos efectivos de personal de registro.
Durante el turno de tarde, de 15.00 a 20.00 horas, la dotación mínima se reduce a un médico, un enfermero y un auxiliar administrativo. A partir de las 20.00 horas, los servicios se ajustarán a los previstos para los días festivos, garantizando la atención continuada.
En cuanto al transporte ferroviario, la línea de metro operará con el 50 % de sus servicios habituales en días laborables durante las franjas horarias de 10.00 a 12.00 y de 17.00 a 19.00 horas. Fuera de estos periodos, la frecuencia se incrementará hasta alcanzar el 80 % de los servicios ordinarios.
Para el corredor ferroviario que conecta Palma con Inca, Manacor y Sa Pobla, los servicios mínimos serán equivalentes a los de un fin de semana entre las 10.00 y las 12.00 horas, y de 17.00 a 19.00 horas. En el resto de la jornada, la cobertura se elevará al 80 % de la oferta habitual en un día laborable.
Finalmente, los autobuses del TIB, incluyendo los servicios lanzadera de carácter regular, operarán con una frecuencia y dotación de personal idéntica a la establecida para los domingos y días festivos, asegurando así una cobertura básica para los usuarios.