La fiesta de los toros
está en caída libre y creciente. Ya causó sorpresa y consternación la
escasísima asistencia de público a la histórica plaza de Vista Alegre de Bilbao
en el verano de 2022. En sucesivas encuestas desde hace varios decenios la
aceptación de la fiesta de los toros va decayendo hasta alcanzar actualmente
cifras muy elevadas de más del 70% de desaprobación. Es un hecho comprobado que
los toros tienen menos aceptación en los jóvenes que en los mayores, en las
mujeres que en los hombres, en votantes de partidos de izquierda que en
votantes de partidos de derecha.
Veamos algunas cifras. Encuesta
del CIS, 2015, solo un 19% tenía interés en concurrir a las corridas de toros.
Encuesta de Fundación BBVA, 2021, más del 60% en contra de la utilización de
animales en espectáculos con padecimiento. Encuesta de la Fundación BBVA, 2025,
77% pide el fin de las corridas de toros. Encuesta del Ministerio de Cultura,
2024-2025, sobre población de más de 15
años, tan solo un un 8% de asistentes a las corridas de toros. Encuesta de
Sigma 2, 2025, 78% de la población no muestra interés en la tauromaquia.
Como derivado de este
hondo declive de la tauromaquia en España, fue registrada en el Congreso de los Diputados
el 4 de enero de 2024 la iniciativa
legislativa popular «No es mi cultura»,
firmada por más de 700.000 personas, con
la finalidad de suprimir el carácter de patrimonio cultural de la fiesta de los
toros, lo que comportaría la posibilidad de su supresión. Fue rechazada por el
Pleno del Congreso de los Diputados con los votos en contra del PP y Vox y la
abstención del PSOE.
Relacionado con este tema La situación de la iniciativa legislativa popular (ILP) en España
La ILP ha demostrado ser
casi inaccesible e ineficaz. Veamos las razones:
El
elevado número de firmas exigidas.
La ley requiere medio millón de firmas para la presentación de una ILP, pero podría exigir más en
el futuro, puesto que la Constitución obliga a un mínimo de medio millón de
firmas: «En todo caso se exigirán no menos de 500.000 firmas acreditadas» (art.
87.3 de la Constitución). La cifra española destaca sobre
otras menores de bastantes Estados: 50.000 en
Suiza, 100.000 en Polonia, 100.000 en Rumanía, 50.000 en Italia,
50.000 en Hungría, 50.000 en Lituania, 35.000 en Portugal, 5.000 en Eslovenia.
Observen que algunos de los países citados tienen una población semejante o
mayor a la de España. Incluso la iniciativa legislativa popular europea, de
1.000.000 de firmas, es muy inferior comparativamente a las exigidas en España,
ya que la población de los países integrados en la Unión Europea es de 500
millones de personas.
La ILP a los pies de la
voluntad de los representantes de la ciudadanía
Muy pocas veces la ILP
llega a ser debatida en el Congreso de los Diputados, después del enorme
esfuerzo participativo ciudadano para conseguir que medio millón de personas
avalen su presentación. No hay garantía
alguna de que los miembros del Congreso admitan la discusión de la ILP en el
Pleno. Los representantes de la ciudadanía pueden hacer con la ILP lo que
quieran: rechazarla, debatirla, reformarla.
La Fundación Ciudadana
Civio documenta que entre 1983 y 2019 se presentaron 107 propuestas de
iniciativa legislativa popular, de las cuales la Mesa del Congreso rechazó 45 y
no alcanzaron 44 el alto número de firmantes en plazo y 5 decayeron o fueron
retiradas por sus promotores. Únicamente 13 iniciativas fueron finalmente
tomadas en consideración por el Pleno del Congreso y de ellas 10 fueron
rechazadas y solamente 3 fueron aprobadas. Es evidente que nuestros
representantes actuaron como una apisonadora contra las iniciativas
legislativas de la ciudadanía.
Asistimos ahora al
espectáculo de que los diputados/as han metido en el frigorífico del Parlamento
desde hace más de un año una ILP para la regulación jurídica de 500
inmigrantes, promovida por más de 700.000 ciudadanos/as y ya aprobada por el Pleno del Congreso.
Relacionado con este tema
La
ILP para los asuntos que no interesan a los ciudadanos/as
Las limitaciones de la Constitución a la iniciativa
legislativa popular son importantes y numerosas. El art. 87.3 excluye de la
misma las materias propias de la ley orgánica (las más relevantes
de la Constitución), las tributarias, las
de carácter
internacional, así como la prerrogativa de gracia. Quedan también excluidos los
presupuestos generales del Estado, así como la reforma de la
Constitución, cuya iniciativa corresponde al Gobierno y al Parlamento. En las
constituciones europeas no existe este vasto cuadro de limitaciones,
que son más propias del referéndum.
El constituyente, y después el legislador,
no
han querido que el pueblo decidan sobre temas importantes (aunque
directamente les afecten), sino sobre cuestiones de
mucho menor relieve. Da la impresión de que los parlamentarios no solo atesoran
una gran prevención y reservas contra las iniciativas del pueblo, sino que
además consideran a este pueblo un
menor de edad política.
Relacionado con este tema Consecuencias derivadas del rechazo parlamentario de la ILP
-La prueba de que la democracia directa apenas existe en España. Sí
en muchos de nuestros Estados vecinos, pero no en nuestro país, donde no disponemos de un referéndum
de iniciativa popular y la ILP es de muy difícil acceso y dependiente de la
buena voluntad de nuestros representantes para ser debatida y eventualmente
aprobada. España se caracteriza porque su democracia es representativa,
exclusiva y excluyente de otros modelos de democracia.
-Nuestros representantes no están dispuestos a que la ciudadanía les
enmiende su agenda. Ya el constituyente y después el legislador miraron con
desconfianza extrema la incorporación de los instrumentos de democracia
directa. Se ve claramente en los debates del constituyente y del legislador
sobre el referéndum y la ILP. Les molesta que nosotros, ciudadanos y
ciudadanas, hagamos política, porque quieren toda la política para ellos. Nuestra
capacidad política se reduce a votarles periódicamente para que ellos
exclusivamente hagan la política del
país. Convierten en papel mojado el mandato constitucional del art 23. 1 de la
Constitución que demanda que “los ciudadanos tienen el derecho a participar en
los asuntos públicos directamente o por medio de representantes”. Subrayo la
palabra: directamente
-La ILP que nos ocupa no ha prosperado por la oposición del PSOE. La
actitud del PSOE -inesperada para algunos medios- no es sorprendente, si
miramos sus respuestas a los poderosos lobbies
de nuestro país. Tenemos el antecedente del rechazo del PSOE también en el
Parlamento a la inclusión de los perros de caza en la ley 7/2023, de protección
de los derechos y el bienestar de los animales. El partido socialista cedió
ante el poderoso lobby de la caza, al
igual que lo había hecho en la aprobación de la «ley mordaza» por deferencia
con otro lobby, el de la policía, y
no aceptó las enmiendas de ERC y Bildu contra las balas de fogueo de la policía
y la guardia civil ni la devolución en caliente de los inmigrantes a sus países
de origen. No son pocas las ocasiones en las que el PSOE ha sido
condescendiente ante la presión de los lobbies,
que siguen campando a su aire por cámaras de representación y ministerios. Y
seguimos sin tener una ley reguladora de los grupos de interés, que ya poseen
desde hace tiempo incluso países del Este europeo, los del «telón de acero» de
la URSS.
-Los tres partidos han dado muestras de que les importa poco las
aspiraciones e intereses de la sociedad española. Han truncado una
iniciativa social apoyada amplísimamente por la ciudadanía. Les ha ayudado a
cometer este golpe contra la sociedad
española la ausencia de un referéndum de iniciativa popular. En países cercanos
un número semejante de firmantes de la ILP habría podido incoar un referéndum,
que a la vista de las encuestas citadas habría enmendado la plana a la decisión
del «trío de los toros»: PP, Vox y PSOE.