El Parlamento Europeo y el Consejo han aprobado la entrada en vigor del Reglamento (UE) 2019/1157, que refuerza la seguridad de los documentos de identidad y una de las implicaciones más importantes para España es la obligatoriedad de renovar el DNI permanente antes del 3 de agosto de 2031. Este cambio afecta principalmente a los ciudadanos españoles mayores de 70 años y a aquellos con gran invalidez que poseían un DNI sin fecha de caducidad.
El DNI permanente era un documento expedido a personas mayores de 70 años y, en casos excepcionales, a personas con gran invalidez reconocida por la Seguridad Social. Su característica principal era que no caducaba, lo que facilitaba las gestiones administrativas y reducía la carga burocrática para el colectivo. Sin embargo, con la implementación del Reglamento, el DNI permanente ya no cumple con los requisitos mínimos, y por lo tanto, deberá ser renovado para seguir siendo válido.
Una fecha de caducidad simbólica
La principal modificación es la eliminación de la categoría «permanente». En su lugar, se asignará una fecha de caducidad simbólica, el 01-01-9999, conforme a los estándares europeos. Además, los nuevos DNI incorporarán medidas de seguridad avanzadas, como un chip electrónico que almacenará datos biométricos (imagen facial y dos huellas dactilares), para mejora la interoperabilidad con otros países de la UE.
Los titulares del DNI permanente pueden renovarlo de forma voluntaria y sin necesidad de cita previa en las Unidades de Documentación. Cabe destacar que, aunque desaparezca la categoría «permanente», los nuevos documentos que se expedirán a los mayores de 70 años tendrán una validez extendida superior a 10 años, cumpliendo con lo establecido en el Real Decreto 255/2025.
Documentos de identidad más seguros
La implementación de esta normativa busca reforzar la seguridad de los documentos de identidad y garantizar su compatibilidad con los estándares internacionales. La idea recae en la unificación de criterios en la UE que evitará situaciones como la de un ciudadano que no pudo volar debido a que su DNI permanente no era reconocido por las autoridades extranjeras.
Aunque este cambio puede generar inquietud entre los ciudadanos afectados, la renovación no solo es una obligación legal, sino también una oportunidad para acceder a un documento de identidad más seguro y adaptado a las exigencias tecnológicas actuales. Se recomienda a los titulares del DNI permanente que inicien el proceso de renovación lo antes posible para evitar contratiempos.