El regulador aeroportuario español, Aena, ha anunciado este martes que recurrirá ante los tribunales la sanción de más de 10 millones de euros impuesta por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). La multa fue impuesta por desplegar sistemas de reconocimiento facial sin realizar previamente una evaluación de impacto válida.
Aena explica, a través de un comunicado divulgado este martes, que la resolución dictada por la AEPD, no es acorde al principio de proporcionalidad.
Esta sanción fue impuesta debido a una supuesta infracción de una obligación formal. Protección de Datos afirma que Aena no cumplió debidamente con su obligación formal de elaborar una evaluación de impacto de protección de datos que cumpliera con los requisitos normativos.
Aena discrepa con la sentencia
El regulador aeroportuario ha discrepado con los motivos que ha llevado a la AEPD a imponer la multa y ha afirmado que se elaboraron las evaluaciones pertinentes según los requerimientos normativos aplicables.
Aena ha subrayado que no se ha producido ninguna brecha de seguridad y no ha habido filtraciones de datos de los usuarios de los distintos programas de biometría para embarque. El regular ha insistido en que estos datos no han «estado en riesgo en ningún momento». Además, ha remarcado que los titulares presentaron su consentimiento.
A los datos biométricos de los pasajeros, según Aena, se les ha dado el tratamiento de conservación, bloqueo y supresión. Todo acorde al Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD).
La empresa pública también ha explicado que puso en marcha el embarque biométrico, junto con las compañías aéreas que participaron en el programa, para proporcionar a los pasajeros una mejor experiencia en los aeropuertos. El objetivo era agilizar el paso por los procesos de documentación.
El gestor aeroportuario ha explicado que «seguirá trabajando en esta línea, para reiniciar el programa tan pronto como sea posible».