{"id":107627,"date":"2025-09-11T11:22:04","date_gmt":"2025-09-11T11:22:04","guid":{"rendered":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/107627\/"},"modified":"2025-09-11T11:22:04","modified_gmt":"2025-09-11T11:22:04","slug":"del-nido-benavente-recupera-su-derecho-de-voto-en-el-sevilla-fc","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/107627\/","title":{"rendered":"Del Nido Benavente recupera su derecho de voto en el Sevilla FC"},"content":{"rendered":"<p>La pugna por el poder en el Sevilla FC ha vivido un giro decisivo. El Juzgado de lo Mercantil n\u00ba3 de Sevilla, con la magistrada Ana Mar\u00edn Herrero al frente, ha dictado la sentencia 139\/2025 en la que reconoce el derecho de voto de Jos\u00e9 Mar\u00eda Del Nido Benavente, dejando sin efecto la aplicaci\u00f3n del famoso pacto de socios de 2019 como herramienta para limitar su participaci\u00f3n en las juntas generales.<\/p>\n<p>El fallo, notificado el pasado 8 de septiembre, condena a la entidad a no impedir el derecho de voto del ex presidente en futuras asambleas, aunque desestima otras pretensiones presentadas en la demanda, como la de declarar que su intento de cesar al consejo de administraci\u00f3n no constitu\u00eda abuso de derecho. En cualquier caso, la sentencia supone un bal\u00f3n de ox\u00edgeno para el hist\u00f3rico dirigente, que ve reforzada su posici\u00f3n en la larga partida de ajedrez accionarial que mantiene contra la actual c\u00fapula.<\/p>\n<p>El n\u00facleo del conflicto se remonta al pacto de socios firmado en noviembre de 2019, por el que varios accionistas, incluido Del Nido, se comprometieron a coordinar el sentido de sus votos. Desde entonces, el club hab\u00eda utilizado este acuerdo para invalidar las decisiones contrarias a la l\u00ednea oficial, llegando incluso a privar al ex presidente de su derecho de voto en juntas recientes. La sentencia deja claro que ese pacto tiene valor \u00fanicamente entre los firmantes, pero que no puede ser esgrimido por la sociedad para coartar a un accionista.<\/p>\n<p>El derecho de voto, un pilar b\u00e1sico<\/p>\n<p>El tribunal subraya que el derecho de voto es un pilar b\u00e1sico de la condici\u00f3n de socio y solo la ley puede establecer limitaciones expresas. Por tanto, la presidencia de una junta carece de potestad para bloquear la participaci\u00f3n de un accionista alegando el incumplimiento de un pacto privado. Eso no impide que existan responsabilidades contractuales entre los firmantes si se rompe el acuerdo, pero s\u00ed descarta que el Sevilla FC pueda convertirlo en un candado contra Del Nido.<\/p>\n<p>La sentencia no impone costas a ninguna de las partes, al considerar que la demanda solo fue estimada parcialmente. Adem\u00e1s, se abre la v\u00eda a un recurso de apelaci\u00f3n ante la Audiencia Provincial de Sevilla, lo que apunta a que la batalla judicial seguir\u00e1 abierta.<\/p>\n<p>En el plano deportivo, la resoluci\u00f3n a\u00f1ade m\u00e1s tensi\u00f3n al ambiente institucional de un club que vive dividido en los despachos mientras el bal\u00f3n rueda en el S\u00e1nchez-Pizju\u00e1n. Para la afici\u00f3n, la noticia se traduce en incertidumbre: por un lado, el regreso del dirigente que marc\u00f3 la etapa m\u00e1s gloriosa del club; por otro, la prolongaci\u00f3n de un pulso que amenaza con seguir restando estabilidad.<\/p>\n<p>Con todo, la clave es evidente: el pacto de socios de 2019 no puede limitar el derecho de voto de Del Nido. Una victoria parcial, pero con un fuerte impacto simb\u00f3lico, que lo coloca de nuevo en la primera l\u00ednea de la disputa por el control del Sevilla FC.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"La pugna por el poder en el Sevilla FC ha vivido un giro decisivo. 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