{"id":11798,"date":"2025-07-29T14:16:08","date_gmt":"2025-07-29T14:16:08","guid":{"rendered":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/11798\/"},"modified":"2025-07-29T14:16:08","modified_gmt":"2025-07-29T14:16:08","slug":"el-supremo-da-luz-verde-a-sentar-en-el-banquillo-a-garcia-ortiz-por-filtrar-datos-de-la-pareja-de-ayuso","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/11798\/","title":{"rendered":"El Supremo da luz verde a sentar en el banquillo a Garc\u00eda Ortiz por filtrar datos de la pareja de Ayuso"},"content":{"rendered":"<p style=\"\">La Sala de apelaci\u00f3n del Tribunal Supremo<strong> ha desestimado los recursos de apelaci\u00f3n interpuestos por la Fiscal\u00eda<\/strong> y por la defensa del fiscal general del Estado, <a href=\"https:\/\/www.abc.es\/noticias\/alvaro-garcia-ortiz\/\" title=\"www.abc.es\" data-voc-vtm-id=\"in-text-traffic\" data-mrf-link=\"www.abc.es\" rel=\"nofollow noopener\" target=\"_blank\">\u00c1lvaro Garc\u00eda Ortiz<\/a>, ratificando as\u00ed la instrucci\u00f3n del juez \u00c1ngel Hurtado y su decisi\u00f3n de procesarle. <\/p>\n<p class=\"voc-p\" style=\"\">En una resoluci\u00f3n que ha contado con un voto particular, los magistrados consideran que hay suficientes indicios de delito de revelaci\u00f3n de secretos como para formular un escrito de acusaci\u00f3n. Por contra, creen que no los hay contra la jefa de la Fiscal\u00eda Provincial de Madrid, Pilar Rodr\u00edguez, respecto a la que acuerdan el sobreseimiento de las actuaciones. <\/p>\n<p class=\"voc-p\" style=\"\">La Sala rebate a la teniente fiscal y a la defensa de Garc\u00eda Ortiz sobre el leg\u00edtimo derecho de la Fiscal\u00eda General de salir al paso de informaciones que consideraba \u00abinveraces (inicialmente se public\u00f3 que el Ministerio P\u00fablico hab\u00eda ofrecido un pacto a Alberto Gonz\u00e1lez Amador en la causa por presunto fraude fiscal cuando hab\u00eda sido al rev\u00e9s), pero sostiene que la cuesti\u00f3n es \u00bbirrelevante\u00ab porque \u00bbpara realizar la r\u00e9plica informativa no era preciso revelar informaci\u00f3n reservada\u00ab. \u00bbLas noticias que circularon y que sirvieron de contexto previo para la reacci\u00f3n de la Fiscal\u00eda no justifican la comisi\u00f3n de un delito. En otras palabras, no se puede revelar un dato confidencial para rebatir un hecho que se considera incierto\u00ab, apuntan los magistrados.<\/p>\n<p class=\"voc-p\" style=\"\">Tambi\u00e9n ven irrelevante a efectos jur\u00eddicos que en su auto de procesamiento el instructor afirmara que Garc\u00eda Ortiz recibi\u00f3 indicaciones de Presidencia del Gobierno para difundir el correo reservado del novio de Ayuso. \u00abCiertamente esa afirmaci\u00f3n f\u00e1ctica no ha sido acreditada con suficiencia por lo que su inclusi\u00f3n en el relato f\u00e1ctico era prescindible\u00bb, confiesan. <\/p>\n<p class=\"voc-p\" style=\"\">En respuesta a los recursos, la Sala de apelaci\u00f3n asegura que no es su misi\u00f3n hacer un an\u00e1lisis exhaustivo de toda la informaci\u00f3n probatoria acumulada para confirmar o revocar el procesamiento. \u00abNo somos un tribunal de enjuiciamiento que haya de valorar pruebas, sino un tribunal que debe determinar si los indicios recabados durante la investigaci\u00f3n justifican que las acusaciones puedan formular sus pretensiones o si, por el contrario, ante la insuficiencia o endeblez de los indicios lo que procede es el sobreseimiento de las actuaciones\u00bb.<\/p>\n<p class=\"voc-p\" style=\"\">Los magistrados no dudan, como se\u00f1alan los recursos, de que el abogado de Gonz\u00e1lez Amador, Carlos Neira, y el entorno de la presidenta madrile\u00f1a, en concreto su jefe e Gabinete, Miguel \u00c1ngel Rodr\u00edguez, tambi\u00e9n conocieran el contenido del correo reservado cuya filtraci\u00f3n se atribuye al fiscal general, \u00abpero no hay ninguna evidencia de que lo filtraran\u00bb ellos. Y respecto a los medios que aseguran que dispon\u00edan del correo del 2 de febrero (sobre el pivota la causa, en el que el abogado de Gonz\u00e1lez Amador reconoce dos delitos fiscales), los magistrados cuestionan que tuvieran esa informaci\u00f3n y no la publicaran antes de que lo hiciera la Ser. En cualquier caso \u00abno es posible comprobar la veracidad\u00bb de la versi\u00f3n de los periodistas que se han acogido al secreto profesional. <\/p>\n<p class=\"voc-p\" style=\"\">\u00abLa conclusi\u00f3n que cabe extraer de la informaci\u00f3n acumulada durante la instrucci\u00f3n, en los t\u00e9rminos estrictamente indiciarios que corresponden a este momento procesal, es que los distintos periodistas que cubr\u00edan el caso ten\u00edan, si acaso, alguna informaci\u00f3n fragmentaria pero <strong>no ten\u00edan noticia del contenido del correo del 2 de febrero de 2024,<\/strong> que es precisamente el que fue filtrado, dentro de los indicios en los que nos movemos, al periodista de la Cadena Ser\u00bb, concluyen al respecto.<\/p>\n<p>\nAutor\u00eda del fiscal general\n<\/p>\n<p class=\"voc-p\" style=\"\">Respecto a la autor\u00eda de Garc\u00eda Ortiz, los magistrados la ven suficientemente acreditada y aluden para ello al \u00abfren\u00e9tico intercambio de comunicaciones\u00bb al que se refiri\u00f3 Hurtado en el auto de procesamiento para desmentir la informaci\u00f3n que hab\u00eda publicado previamente &#8216;El Mundo&#8217; (la que hablaba de que era el fiscal el que hab\u00eda ofrecido un pacto a Gonz\u00e1lez Amador y no al rev\u00e9s). La relaci\u00f3n temporal entre esa publicaci\u00f3n y la activaci\u00f3n del fiscal general   <\/p>\n<p class=\"voc-p\" style=\"\">Resulta especialmente relevante la relaci\u00f3n temporal existente entre la publicaci\u00f3n de esta informaci\u00f3n y la activaci\u00f3n del fiscal general para desmentirla. \u00abCuando (Garc\u00eda Ortiz) reclam\u00f3 a la fiscal provincial los correos habidos entre el fiscal del caso y el abogado defensor, le indic\u00f3 expresamente que<strong> los mandara a su correo personal y no al oficial,<\/strong> lo que evidencia, al menos indiciariamente, que fue el fiscal general quien los recibi\u00f3 personalmente y al margen de los canales oficiales la informaci\u00f3n reservada que posteriormente se filtr\u00f3 a la prensa\u00bb. <\/p>\n<p class=\"voc-p\" style=\"\">A juicio de la Sala, los investigados (Garc\u00eda Ortiz y Pilar Rodr\u00edguez) \u00aberan conscientes de la inconveniencia de dar a conocer los correos de la defensa por su car\u00e1cter reservado, lo que el auto se justifica y pone en relaci\u00f3n con las distintas normas que establecen la absoluta reserva de esta clase de informaci\u00f3n\u00bb. Lo magistrados apuntan que aunque esos correos hubieran sido remitidos \u00abmuchos d\u00edas antes\u00bb a la cuenta de correo de la secci\u00f3n de delitos econ\u00f3micos de la Fiscal\u00eda de Madrid, \u00abno es hasta la noche del d\u00eda 13 de marzo cuando se advierte la importancia de los mismos y se reclama por el fiscal general su remisi\u00f3n, produci\u00e9ndose dos horas despu\u00e9s su filtraci\u00f3n, por lo que pensar que la filtraci\u00f3n procediera de fuentes ajenas a la Fiscal\u00eda General, en concreto, de los funcionarios o fiscales que pudieran haber tenido acceso al buz\u00f3n de correos antes indicado, parece completamente irrazonable\u00bb.  Adem\u00e1s, el tiempo que media entre la recepci\u00f3n del correo de la defensa y su publicaci\u00f3n en prensa fue suficiente para trasladar a escrito lo que se anticip\u00f3 verbalmente y luego se precis\u00f3 en la edici\u00f3n digital.<\/p>\n<p class=\"voc-p\" style=\"\">Para los magistrados \u00abno puede pasarse por alto\u00bb que Garc\u00eda Ortiz, a pesar de su posici\u00f3n institucional, <strong>borr\u00f3 los correos electr\u00f3nicos<\/strong> de su cuenta de correo personal y tambi\u00e9n todos los mensajes de WhatsApp, lo que ha impedido a los investigadores, a pesar de los esfuerzos realizados a tal fin, acceder a toda la informaci\u00f3n que exist\u00eda sobre las comunicaciones de los investigados. En este contexto,<strong> es de com\u00fan experiencia que un borrado de datos <\/strong>se hace de elementos que puedan resultar desfavorables\u00bb.<\/p>\n<p class=\"voc-p\" style=\"\">En este sentido, los magistrados tildan de \u00abllamativo\u00bb el argumento de que la desaparici\u00f3n de la informaci\u00f3n de los dispositivos m\u00f3viles del fiscal general del Estado (hecha por \u00e9l mismo) le ha impedido defenderse. \u00abLa desaparici\u00f3n de la informaci\u00f3n de los dispositivos m\u00f3viles y correos desde criterios de racionalidad elementales tuvo por finalidad ocultar la informaci\u00f3n ante una posible investigaci\u00f3n y no puede quejarse quien la hizo que ahora tiene limitada su defensa\u00bb. <\/p>\n<p>\nDesaparici\u00f3n intencionada de pruebas\n<\/p>\n<p class=\"voc-p\" style=\"\">Por otra parte, \u00aby para cerrar la contestaci\u00f3n al recurso,<strong> la desaparici\u00f3n intencionada de pruebas es un potente contra indicio que se utiliza habitualmente por los tribunales\u00bb<\/strong>. A este respecto conviene recordar, a\u00f1aden los magistrados, que \u00absi el investigado no tiene obligaci\u00f3n alguna de colaborar con la investigaci\u00f3n y no tiene por qu\u00e9 aportar pruebas y puede guardar silencio, esa inacci\u00f3n puede ser utilizada para fundamentar una condena\u00bb, con mayor raz\u00f3n esa mismo criterio puede seguirse tambi\u00e9n cuando el investigado, que puede aclarar los hechos, procede a la destrucci\u00f3n de las pruebas\u00bb. <\/p>\n<p class=\"voc-p\" style=\"\">No comparten los magistrados la alegaci\u00f3n de la Abogac\u00eda del Estado de que el auto de procesamiento ya estaba redactado cuando la defensa pidi\u00f3 el archivo por el escaso tiempo que pas\u00f3 entre una y otra actuaci\u00f3n judicial. Al margen de que el instructor ten\u00eda pleno conocimiento de todo lo investigado, \u00ablo determinante no es el tiempo que se utilice para dictar la resoluci\u00f3n sino si \u00e9sta est\u00e1 cumple con las exigencias legales, entre las que se incluye el deber de motivaci\u00f3n\u00bb. <\/p>\n<p class=\"voc-p\" style=\"\">\u00abNo es cierto que el auto carezca de una explicaci\u00f3n suficiente a cerca de las razones por las que se ha acordado la continuaci\u00f3n del proceso y tampoco es cierto que su argumentaci\u00f3n sea exclusivamente referencial\u00bb, dicen.<\/p>\n<p class=\"voc-p\" style=\"\">Por otro lado, a\u00f1aden, \u00abno es preciso que el auto contenga una relaci\u00f3n singularizada y precisa de los indicios\u00bb tomados en consideraci\u00f3n. \u00abLa explicaci\u00f3n de las razones de la decisi\u00f3n (&#8230;) debe extraerse de una lectura comprensiva de la totalidad del auto, que es lo que ha hecho esta Sala, en cuyos razonamientos se han identificado los indicios valorados, dando una explicaci\u00f3n suficiente de su criterio valorativo\u00bb. <\/p>\n<p class=\"voc-p\" style=\"\">Respecto a la otra procesada, Pilar Rodr\u00edguez, a la que los magistrados exoneranEl cumplimiento de los requerimientos del Fiscal General del Estado constituye una actuaci\u00f3n de daci\u00f3n de cuenta, es un acto reglado y es algo habitual en la actividad propia del cargo que ejerc\u00eda la investigada en tanto forma parte de las obligaciones impuestas por el Estatuto Org\u00e1nico del Ministerio Fiscal a todos los fiscales, conforme al art\u00edculo 25 del Estatuto Org\u00e1nico del Ministerio Fiscal,<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"La Sala de apelaci\u00f3n del Tribunal Supremo ha desestimado los recursos de apelaci\u00f3n interpuestos por la Fiscal\u00eda y&hellip;\n","protected":false},"author":2,"featured_media":11799,"comment_status":"","ping_status":"","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[8],"tags":[8313,17,18,25,24,693,8317,13,14,6987,3015,11,19,20,9,10,15,16,8314,8315,8316,23,8318,8312,12,21,22],"class_list":{"0":"post-11798","1":"post","2":"type-post","3":"status-publish","4":"format-standard","5":"has-post-thumbnail","7":"category-espana","8":"tag-avala","9":"tag-breaking-news","10":"tag-breakingnews","11":"tag-es","12":"tag-espana","13":"tag-estado","14":"tag-exonera","15":"tag-featured-news","16":"tag-featurednews","17":"tag-fiscal","18":"tag-general","19":"tag-headlines","20":"tag-latest-news","21":"tag-latestnews","22":"tag-news","23":"tag-noticias","24":"tag-noticias-destacadas","25":"tag-noticiasdestacadas","26":"tag-procesamiento","27":"tag-revelacion","28":"tag-secretos","29":"tag-spain","30":"tag-subordinada","31":"tag-supremo","32":"tag-titulares","33":"tag-ultimas-noticias","34":"tag-ultimasnoticias"},"share_on_mastodon":{"url":"","error":""},"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/11798","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=11798"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/11798\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media\/11799"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=11798"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=11798"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=11798"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}