{"id":14343,"date":"2025-07-30T16:28:37","date_gmt":"2025-07-30T16:28:37","guid":{"rendered":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/14343\/"},"modified":"2025-07-30T16:28:37","modified_gmt":"2025-07-30T16:28:37","slug":"santos-cerdan-pide-amparo-al-constitucional-para-que-suspenda-su-prision-provisional","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/14343\/","title":{"rendered":"Santos Cerd\u00e1n pide amparo al Constitucional para que suspenda su prisi\u00f3n provisional"},"content":{"rendered":"<p>La defensa del ex secretario de Organizaci\u00f3n del <a href=\"https:\/\/theobjective.com\/etiqueta\/psoe\/\" rel=\"nofollow noopener\" target=\"_blank\">PSOE<\/a> <a href=\"https:\/\/theobjective.com\/etiqueta\/santos-cerdan\/\" rel=\"nofollow noopener\" target=\"_blank\">Santos Cerd\u00e1n<\/a> ha pedido al <a href=\"https:\/\/theobjective.com\/etiqueta\/tribunal-constitucional\/\" rel=\"nofollow noopener\" target=\"_blank\">Tribunal Constitucional <\/a>(TC) que suspenda cautelarmente la prisi\u00f3n provisional en la que se encuentra desde el pasado 30 de junio <strong>\u00aba la vista de la importancia de los derechos fundamentales en juego\u00bb.<\/strong><\/p>\n<p>En el recurso de amparo, al que ha tenido acceso Europa Press, la representaci\u00f3n del exsocialista defiende que se han vulnerado los derechos fundamentales a la libertad, a la integridad moral, a no confesarse culpable y de defensa de Cerd\u00e1n, asegurando que<strong> \u00e9ste ha tenido \u00aben todo momento un comportamiento ejemplar\u00bb con la Justicia.<\/strong><\/p>\n<p>Fue el pasado 30 de junio cuando el magistrado del \u2018caso Koldo\u2019 en el Tribunal Supremo, Leopoldo Puente, envi\u00f3 a prisi\u00f3n a Cerd\u00e1n. El pasado 23 de julio <strong>rechaz\u00f3 sacarle de la c\u00e1rcel por riesgo de destrucci\u00f3n y alteraci\u00f3n de pruebas, manipulaci\u00f3n de testigos e incluso de mover posibles fondos ocultos<\/strong>, ante los \u00abindicios poderosos\u00bb que apreciaba sobre su \u00abpapel directivo\u00bb en la presunta trama de cobro de comisiones a cambio de adjudicaci\u00f3n de obra p\u00fablica.<\/p>\n<p><strong>La defensa de Cerd\u00e1n aleg\u00f3 que es v\u00edctima de una \u00abpresunci\u00f3n de indecencia\u00bb<\/strong>, descartando cualquier riesgo de destrucci\u00f3n de pruebas que no haya podido conjurar el propio instructor, en la vista que se celebr\u00f3 para estudiar la impugnaci\u00f3n donde ped\u00eda revocar su ingreso en la c\u00e1rcel madrile\u00f1a de Soto del Real.<\/p>\n<p>Ahora, en su recurso de amparo, la representaci\u00f3n de Cerd\u00e1n destaca que lo primero que hizo el exsocialista al conocer los indicios que pesaban sobre \u00e9l fue renunciar al acta de diputado \u00aba diferencia\u00bb del que fuera ministro de Transportes Jos\u00e9 Luis \u00c1balos, \u00abfacilitando su citaci\u00f3n en calidad de investigado\u00bb. \u00abTodo ello evidencia que el comportamiento que ha mostrado es del todo contrario a la tesis de la obstrucci\u00f3n del procedimiento\u00bb, sostienen sus abogados Benet Salellas y Jacobo Teijelo.<\/p>\n<p>Un comportamiento \u00abejemplar\u00bb<\/p>\n<p>As\u00ed, subrayan que el de Cerd\u00e1n es un \u00abcomportamiento de sujeci\u00f3n y colaboraci\u00f3n ejemplar con el procedimiento penal de una persona que ostentaba importantes responsabilidades y que precisamente se ha despojado de las mismas para no interferir ni en la vida pol\u00edtica del pa\u00eds ni tampoco, evidentemente, respecto a cualquier persona potencialmente implicada en el presente procedimiento\u00bb.<\/p>\n<p>Lamenta, en esta l\u00ednea, que a Cerd\u00e1n se le haya dispensado un trato distinto respecto al propio \u00c1balos o a su exasesor Koldo Garc\u00eda, \u00abpersonas que claramente, y en abstracto, podr\u00edan tener una capacidad de influencia mucho mayor\u00bb que la del exdirigente socialista. \u00abYa que \u00e9ste ha dejado todas y cada una de las responsabilidades p\u00fablicas que ostentaba y, por tanto, su poder se ha visto del todo desvanecido. En cambio, es meritorio recordar que \u00c1balos contin\u00faa ostentando responsabilidades p\u00fablicas\u00bb, anuda.<\/p>\n<p>En su recurso, indican que a Cerd\u00e1n \u00abse le ha impuesto una medida de prisi\u00f3n preventiva por riesgo de destrucci\u00f3n o alteraci\u00f3n de pruebas\u00bb y que en su caso \u00abconcurre el presupuesto de irreparabilidad y de riesgo de ineficacia de una eventual sentencia de este Tribunal Constitucional que otorgue el amparo\u00bb. \u00abY es que debe tenerse especialmente en cuenta que el presupuesto por el cual se ha acordado el encarcelamiento preventivo de Cerd\u00e1n establece un plazo m\u00e1ximo de prolongaci\u00f3n de la medida preventiva de seis meses\u00bb, indican los letrados.<\/p>\n<p>Sus abogados se refieren al \u00abhecho de que la tesis\u00bb sea que Cerd\u00e1n \u00aby el resto de investigados se habr\u00edan enriquecido en base de su supuesta actividad delictiva\u00bb. \u00abA fecha de hoy no se habr\u00edan encontrado los activos econ\u00f3micos, (por lo que) entiende esta defensa que no permite fundar una medida cautelar tan gravosa como la prisi\u00f3n provisional\u00bb, critica.<\/p>\n<p>En este sentido, se pregunta si Cerd\u00e1n debe agotar \u00abel per\u00edodo m\u00e1ximo de prisi\u00f3n provisional previsto simplemente porque no aparecer\u00e1n nunca activos econ\u00f3micos il\u00edcitos\u00bb. \u00abY en caso de que existiera este patrimonio (todo ello en t\u00e9rminos dial\u00e9cticos ya que negamos la existencia de este), \u00bfel mantenimiento de la prisi\u00f3n preventiva depende \u00fanicamente de la pericia, y de los medios materiales y humanos que disponga la unidad investigadora de la Guardia Civil para descubrirlos?\u00bb, a\u00f1ade.<\/p>\n<p>Sobre la suspensi\u00f3n de la prisi\u00f3n<\/p>\n<p>En este sentido, aseguran que ya si ya se ha visto \u00abc\u00f3mo se acordaba la suspensi\u00f3n de una pena privativa de libertad de tres a\u00f1os por la previsibilidad de que la resoluci\u00f3n del recurso de amparo se materializase con posterioridad al cumplimiento de la pena\u00bb, entienden \u00abque debe procederse a la suspensi\u00f3n de la medida de prisi\u00f3n provisional a la vista de que el presupuesto por el cual se ha acordado establece un l\u00edmite m\u00e1ximo de seis meses\u00bb.<\/p>\n<p>A juicio de sus abogados, \u00abresulta evidente que, a la vista de la ingente carga de trabajo\u00bb de la corte de garant\u00edas \u00aby la lenta tramitaci\u00f3n de los recursos de amparo que este extremo provoca, la resoluci\u00f3n sobre el fondo carecer\u00e1 de sentido en tanto en cuanto Cerd\u00e1n deber\u00e1 ser puesto en libertad en el momento que se cumplan los seis meses des de su encarcelamiento\u00bb.<\/p>\n<p>\u00abPor tanto, es del todo perentorio, que este Tribunal Constitucional, se avenga a suspender cautelarmente la medida de prisi\u00f3n provisional de Cerd\u00e1n, a la vista de la importancia de los derechos fundamentales en juego (derecho a la libertad, derecho a la integridad moral y derecho a no declararse culpable) y habida cuenta que en caso contrario har\u00eda del todo in\u00fatil e ineficaz un fallo estimatorio\u00bb, concluye.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"La defensa del ex secretario de Organizaci\u00f3n del PSOE Santos Cerd\u00e1n ha pedido al Tribunal Constitucional (TC) 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