{"id":14550,"date":"2025-07-30T18:22:09","date_gmt":"2025-07-30T18:22:09","guid":{"rendered":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/14550\/"},"modified":"2025-07-30T18:22:09","modified_gmt":"2025-07-30T18:22:09","slug":"santos-cerdan-pide-amparo-al-constitucional-para-que-suspenda-inmediatamente-su-prision-provisional","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/14550\/","title":{"rendered":"Santos Cerd\u00e1n pide amparo al Constitucional para que suspenda \u00abinmediatamente\u00bb su prisi\u00f3n provisional"},"content":{"rendered":"<p style=\"\">La defensa del ex n\u00famero tres del PSOE Santos Cerd\u00e1n se ha dirigido en amparo al Tribunal Constitucional (TC) para que suspenda su prisi\u00f3n provisional y para solicitar que, mientras decide sobre el asunto, acuerde la medida cautelar de dejarle en libertad dado que de  &#8230; lo contrario sufrir\u00eda un da\u00f1o \u00abirreparable\u00bb. El pol\u00edtico permanece en la c\u00e1rcel de Soto del Real desde que el magistrado del Tribunal Supremo Leopoldo Puente lo acordara el pasado 30 de junio por los indicios recabados de su posible papel de coordinador de una trama que se hac\u00eda presuntamente con mordidas a cambio de adjudicaciones de obra p\u00fablica. <\/p>\n<p class=\"voc-p\" style=\"\">En el recurso de amparo, al que ha tenido acceso ABC, su defensa solicita esa suspensi\u00f3n argumentando que se ha vulnerado el derecho fundamental a la libertad, a la integridad moral, a no declararse culpable y a la defensa del pol\u00edtico navarro, y consideran que permanece encarcelado para <strong>\u00absofocar la alarma social\u00bb<\/strong> y \u00abpara presionarle para que haga entrega de pruebas de su culpabilidad o directamente <strong>conseguir una confesi\u00f3n\u00bb<\/strong>.<\/p>\n<p class=\"voc-p\" style=\"\">Explica que, tras recurrir ante la Sala de Apelaci\u00f3n del Supremo la decisi\u00f3n de Puente, \u00e9sta deneg\u00f3 la puesta en libertad y, por tanto, dado que se ha agotado la v\u00eda de la jurisdicci\u00f3n ordinaria y puesto que se ven afectados de forma directa derechos fundamentales, \u00abno queda otro remedio que acudir en v\u00eda extraordinaria\u00bb al TC. <\/p>\n<p class=\"voc-p\" style=\"\">La defensa, dirigida por los abogados Benet Salellas y Jacobo Teijelo, indica en el recurso que \u00abel juicio indiciario para justificar un ingreso en prisi\u00f3n provisional debe ser de especial calidad\u00bb y s\u00f3lo es justificable esa medida en aquellos casos en los que se da una alta probabilidad de que \u00abcon casi total seguridad el investigado va a resultar condenado por un delito grave\u00bb. Recuerda que el Supremo no comparte esta tesis porque \u00abacepta que pueda adoptarse la prisi\u00f3n provisional en base a un marco de sospecha\u00bb.<\/p>\n<p class=\"voc-p\" style=\"\">Advierte su defensa, por otro lado, que dado que la causa se ventila en el Supremo porque hay un aforado (Jos\u00e9 Luis \u00c1balos) investigado, esto da pie a que no exista segunda instancia en la jurisdicci\u00f3n ordinaria, \u00abtal como est\u00e1 previsto en los tratados internacionales suscritos por el Reino de Espa\u00f1a\u00bb. Por eso, creen que el TC juega \u00abun especial papel protector del derecho fundamental a la presunci\u00f3n de inocencia\u00bb en este caso. <\/p>\n<p>\nDestrucci\u00f3n de pruebas\n<\/p>\n<p class=\"voc-p\" style=\"\">La defensa a\u00f1ade que Cerd\u00e1n est\u00e1 en prisi\u00f3n porque el Supremo considera que existe un riesgo objetivo de que oculte, altere o destruya fuentes de prueba relevantes. Pero los abogados disienten frontalmente y consideran que las resoluciones al respecto \u00abno justifican debidamente la concurrencia de ning\u00fan riesgo de alteraci\u00f3n o destrucci\u00f3n de pruebas\u00bb. De hecho, resaltan que Puente y la Sala de Apelaci\u00f3n solo \u00abinsin\u00faan un hipot\u00e9tico y ficticio riesgo de naturaleza absolutamente gen\u00e9rica\u00ab.<\/p>\n<p class=\"voc-p\" style=\"\">Al hilo, recuerdan al TC que en su jurisprudencia, sentencia 95\/2019, ya se explicaba \u00abla necesidad de concretar las fuentes de prueba que pueden ser influidas -por el investigado-, as\u00ed como la necesidad de valorar la capacidad del mismo de ejercer esta influencia\u00bb.<\/p>\n<p class=\"voc-p\" style=\"\">As\u00ed, apuntalan su argumento indicando que \u00abestablecer como \u00fanico motivo para presuponer un riesgo de alteraci\u00f3n o destrucci\u00f3n de pruebas (&#8230;) un supuesto papel directivo por parte de Cerd\u00e1n inferido \u00fanicamente por un an\u00e1lisis subjetivo en relaci\u00f3n a unos audios de los que no se conoce ni su veracidad, ni el soporte de los mismos, ni quien los grab\u00f3 (&#8230;) es del todo insuficiente y no colma los est\u00e1ndares exigidos\u00bb. Recuerdan que Cerd\u00e1n no se reconoce en esos audios que grab\u00f3 subrepticiamente Koldo Garc\u00eda y en los que, seg\u00fan la UCO, hablaba de mordidas con \u00e9l. <\/p>\n<p class=\"voc-p\" style=\"\">En este sentido, indican que Puente desecha que tenga en su poder documentaci\u00f3n relevante e incriminadora ya que \u00abha rechazado expresamente el registro de su domicilio\u00bb, algo que tildan de \u00abcontradicci\u00f3n flagrante\u00bb dado que le considera \u00abjefe de la trama criminal\u00bb. Y apuntan que \u00abla comparaci\u00f3n entre las distintas situaciones procesales con respecto a los otros investigados resulta inevitable\u00bb.<\/p>\n<p>\n\u00abTortura indagatoria\u00bb\n<\/p>\n<p class=\"voc-p\" style=\"\">Por ello, los letrados explican que una vez descartado que haya riesgo de destrucci\u00f3n de prueba, \u00abes inevitable establecer la deducci\u00f3n l\u00f3gica\u00bb de que est\u00e1 en prisi\u00f3n por otros motivos como \u00absofocar una alarma social (dada la trascendencia social y pol\u00edtica del caso y del investigado) y o para presionarle para que haga entrega de pruebas de su culpabilidad o directamente conseguir una confesi\u00f3n\u00bb. \u00abEsta no es una finalidad leg\u00edtima de la prisi\u00f3n preventiva, ya que supone una flagrante vulneraci\u00f3n al derecho a la presunci\u00f3n de inocencia\u00bb, matizan.<\/p>\n<p class=\"voc-p\" style=\"\">Y a\u00f1aden que una utilizaci\u00f3n de la prisi\u00f3n provisional de este cariz ubica a la investigaci\u00f3n \u00ab<strong>en un lugar muy pr\u00f3ximo a la tortura indagatoria<\/strong>, y que debiera ser considerada un trato inhumano o degradante a los efectos de lo dispuesto en la Convenci\u00f3n contra la tortura y otros tratos y penas crueles, inhumanos y degradantes de las Naciones Unidas\u00bb.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"La defensa del ex n\u00famero tres del PSOE Santos Cerd\u00e1n se ha dirigido en amparo al Tribunal Constitucional&hellip;\n","protected":false},"author":2,"featured_media":14551,"comment_status":"","ping_status":"","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[8],"tags":[9722,17,18,9594,9597,9724,25,24,13,14,11,19,20,9,10,15,16,34,4268,9593,23,9723,12,21,22],"class_list":{"0":"post-14550","1":"post","2":"type-post","3":"status-publish","4":"format-standard","5":"has-post-thumbnail","7":"category-espana","8":"tag-amparo","9":"tag-breaking-news","10":"tag-breakingnews","11":"tag-cerdan","12":"tag-constitucional","13":"tag-encarcelamiento","14":"tag-es","15":"tag-espana","16":"tag-featured-news","17":"tag-featurednews","18":"tag-headlines","19":"tag-latest-news","20":"tag-latestnews","21":"tag-news","22":"tag-noticias","23":"tag-noticias-destacadas","24":"tag-noticiasdestacadas","25":"tag-pide","26":"tag-provisional","27":"tag-santos","28":"tag-spain","29":"tag-suspenda","30":"tag-titulares","31":"tag-ultimas-noticias","32":"tag-ultimasnoticias"},"share_on_mastodon":{"url":"","error":""},"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/14550","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=14550"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/14550\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media\/14551"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=14550"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=14550"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=14550"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}