{"id":1891,"date":"2025-07-25T09:17:10","date_gmt":"2025-07-25T09:17:10","guid":{"rendered":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/1891\/"},"modified":"2025-07-25T09:17:10","modified_gmt":"2025-07-25T09:17:10","slug":"me-acojo-al-secreto-profesional-espana","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/1891\/","title":{"rendered":"Me acojo al secreto profesional | Espa\u00f1a"},"content":{"rendered":"<p class=\"\">Varias veces en mi vida profesional he sido llamado a un juzgado para que revelara mis fuentes. Recuerdo sobre todo dos. El juez Javier G\u00f3mez de Lia\u00f1o, que investigaba el <a href=\"https:\/\/elpais.com\/diario\/1995\/11\/28\/espana\/817513201_850215.html\" target=\"_blank\" rel=\"nofollow noopener\" title=\"https:\/\/elpais.com\/diario\/1995\/11\/28\/espana\/817513201_850215.html\">caso Lasa y Zabala<\/a> \u2015dos etarras que fueron torturados, asesinados y desaparecidos por guardias civiles en 1983\u2015 me interrog\u00f3 para averiguar c\u00f3mo hab\u00eda conseguido un papel del servicio secreto sobre la guerra sucia contra ETA. Estaba irritado porque el documento formaba parte del sumario que \u00e9l instru\u00eda y quer\u00eda saber qui\u00e9n lo hab\u00eda filtrado. Le contest\u00e9 que no pod\u00eda revelar la fuente pero que no faltaba a mi compromiso profesional si le dec\u00eda que no me lo hab\u00eda dado nadie del Ministerio de Defensa. El papel llevaba un sello de dicho departamento y el juez ten\u00eda enfilado al entonces ministro, Eduardo Serra. No le gust\u00f3 mi respuesta, pero le dije la verdad.<\/p>\n<p class=\"\">La segunda vez me llam\u00f3 la comandante Patricia Moncada, una juez militar incisiva y rigurosa que investigaba <a href=\"https:\/\/elpais.com\/politica\/2013\/03\/23\/actualidad\/1364068133_631860.html\" target=\"_self\" rel=\"nofollow noopener\" title=\"https:\/\/elpais.com\/politica\/2013\/03\/23\/actualidad\/1364068133_631860.html\">un v\u00eddeo publicado en EL PA\u00cdS en el que se ve\u00eda como varios soldados daban una paliza a unos prisioneros<\/a> en la base espa\u00f1ola de Irak. Los rostros y las insignias estaban pixelados y Su Se\u00f1or\u00eda trataba de identificar a los autores de los malos tratos. Nada deseaba m\u00e1s que ayudarla a castigar a los maltratadores, pero el secreto profesional me lo imped\u00eda. Con frecuencia se olvida que este no es un derecho sino, sobre todo, un deber de los periodistas. <\/p>\n<p class=\"\">Hasta ahora, nos hemos amparado en el art\u00edculo 20 de la Constituci\u00f3n para proteger nuestras fuentes. No sin alg\u00fan percance. A unos colegas de Palma de Mallorca les incaut\u00f3 el juez sus m\u00f3viles en 2018 para descubrir el origen de la filtraci\u00f3n de un documento econ\u00f3mico sobre un caso de presunta corrupci\u00f3n. Y varios redactores, incluida una compa\u00f1era de EL PA\u00cdS, han sido <a href=\"https:\/\/elpais.com\/espana\/2025-03-17\/un-juez-de-madrid-imputa-a-cuatro-periodistas-por-publicar-un-informe-de-la-uco-de-la-causa-contra-el-fiscal-general.html\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer nofollow noopener\" title=\"https:\/\/elpais.com\/espana\/2025-03-17\/un-juez-de-madrid-imputa-a-cuatro-periodistas-por-publicar-un-informe-de-la-uco-de-la-causa-contra-el-fiscal-general.html\">recientemente imputados por publicar un informe de la UCO<\/a> (Unidad Central Operativa) sobre el fiscal General del Estado. <\/p>\n<p class=\"\">El Consejo de Ministros aprob\u00f3 este martes un anteproyecto de ley que regula por primera vez el secreto profesional de los periodistas. No estoy seguro de que sea una buena idea, aunque esa ley est\u00e9 prevista en la Constituci\u00f3n \u2015junto a la cl\u00e1usula de conciencia, ya regulada\u2015 y el texto gubernamental trasponga el Reglamento Europeo sobre la Libertad de los Medios de Comunicaci\u00f3n (Directiva 2020\/13\/UE). La directiva europea es una norma de m\u00ednimos, en alg\u00fan aspecto peor que el anteproyecto del Gobierno, ya que debe armonizar culturas pol\u00edticas muy diferentes. Regular un derecho o una libertad siempre es ponerle l\u00edmites. <\/p>\n<p class=\"\">Es cierto que el texto ampl\u00eda el secreto profesional a los prestadores de servicios de medios de comunicaci\u00f3n y a su personal editorial, as\u00ed como a las personas que, por su relaci\u00f3n profesional o personal con el informador, puedan conocer sus fuentes. Tambi\u00e9n proh\u00edbe la instalaci\u00f3n de programas inform\u00e1ticos de vigilancia intrusiva en cualquier dispositivo o herramienta de un periodista, salvo si se trata de investigar alguno de los m\u00e1s de 30 delitos incluidos en la orden europea de detenci\u00f3n, que van desde la corrupci\u00f3n al terrorismo, as\u00ed como cualquier otro con una pena de c\u00e1rcel de cinco a\u00f1os o m\u00e1s. El delito de revelaci\u00f3n de secretos se castiga con cuatro a\u00f1os de c\u00e1rcel, pero en alg\u00fan supuesto puede llegar a ese l\u00edmite de cinco.<\/p>\n<p class=\"\">El anteproyecto modifica las leyes de Enjuiciamiento Criminal y Civil para dejar claro que, cuando un periodista sea interrogado como testigo, \u201cpodr\u00e1 ampararse\u201d en el secreto profesional para no revelar sus fuentes, pero se le podr\u00e1 interrogar en relaci\u00f3n con hechos que afecten a la identidad de las mismas \u201ccon las limitaciones reguladas\u201d en la nueva ley. Es decir, \u201ccuando la revelaci\u00f3n de las fuentes sea el \u00fanico medio para evitar un da\u00f1o grave e inminente que afecte a la vida, integridad f\u00edsica o seguridad de las personas\u201d o \u201cpara evitar un riesgo grave e inminente para la seguridad nacional o [que] afecte gravemente a los elementos esenciales del sistema constitucional\u201d. En teor\u00eda, todo documento clasificado como alto secreto afecta gravemente a la seguridad nacional o al sistema constitucional, pero numerosos ejemplos ilustran que no siempre es as\u00ed.<\/p>\n<p class=\"\">En mi opini\u00f3n personal, el periodista est\u00e1 obligado a guardar la identidad de sus fuentes aunque ello le suponga ser acusado de desobediencia o falta de colaboraci\u00f3n con la Justicia. Ninguna autoridad externa debe decidir por \u00e9l \u201csi existe un inter\u00e9s p\u00fablico que pueda justificar el levantamiento del secreto profesional\u201d, como dice el pre\u00e1mbulo del proyecto. Es el propio informador quien, si existe riesgo para la vida o integridad f\u00edsica de las personas, tiene que romper su compromiso profesional. Y, a continuaci\u00f3n, cambiar de oficio. Puede parecer duro, pero peor es ser periodista en Gaza. <\/p>\n<p class=\"\"><b>Posdata.<\/b> El anteproyecto de <a href=\"https:\/\/elpais.com\/opinion\/2025-07-23\/una-ley-necesaria-pero-no-asi.html\" target=\"_blank\" rel=\"nofollow noopener\" title=\"https:\/\/elpais.com\/opinion\/2025-07-23\/una-ley-necesaria-pero-no-asi.html\">ley de Informaci\u00f3n Clasificada prev\u00e9 la posibilidad de que una autoridad administrativa tome medidas<\/a> para evitar la publicaci\u00f3n de documentos secretos por razones de \u201curgencia inaplazable para la protecci\u00f3n provisional\u201d de la seguridad y defensa nacional. El art\u00edculo 20 de la Constituci\u00f3n proh\u00edbe la censura previa y afirma taxativamente que el secuestro de publicaciones solo es posible por resoluci\u00f3n judicial. <\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"Varias veces en mi vida profesional he sido llamado a un juzgado para que revelara mis fuentes. 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