{"id":231167,"date":"2025-11-11T22:46:08","date_gmt":"2025-11-11T22:46:08","guid":{"rendered":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/231167\/"},"modified":"2025-11-11T22:46:08","modified_gmt":"2025-11-11T22:46:08","slug":"los-herederos-del-sultan-de-jolo-pierden-su-demanda-contra-espana-de-15-500-millones","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/231167\/","title":{"rendered":"Los herederos del Sult\u00e1n de Jol\u00f3 pierden su demanda contra Espa\u00f1a de 15.500 millones"},"content":{"rendered":"<p style=\"\">Los herederos del <a href=\"https:\/\/www.abc.es\/economia\/herederos-sultan-jolo-litigio-mastodontico-15000-millones-20221116175807-nt.html\" target=\"_self\" data-voc-vtm-id=\"in-text-traffic\" title=\"Sult\u00e1n de Jol\u00f3\" data-mrf-link=\"www.abc.es\" rel=\"nofollow noopener\">Sult\u00e1n de Jol\u00f3<\/a> pierden la milmillonaria demanda que hab\u00edan planteado contra el Reino de Espa\u00f1a. El <strong>Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi)<\/strong>, dependiente del Banco Mundial, ha desestimado \u00edntegramente la causa planteada contra nuestro pa\u00eds por  &#8230; unos 15.500 millones de euros en la que reclamaban como inversi\u00f3n realizada en nuestro pa\u00eds tanto los gastos legales como el laudo que estos obtuvieron frente a Malasia. Estos consideraban que Espa\u00f1a hab\u00eda obstaculizado sus derechos en el cobro del laudo hist\u00f3rico que lograron a su favor frente a Malasia en 2022 y cuya validez est\u00e1 en entredicho. <\/p>\n<p class=\"voc-p\" style=\"\">El caso se remonta a 1878, cuando el por entonces Sult\u00e1n de Jol\u00f3 alquil\u00f3 unos terrenos en la isla de Borneo a dos empresarios. Con el paso del tiempo, aquel alquiler fue cambiando de manos hasta que Malasia se hizo cargo del mismo, que sigui\u00f3 pagando el arrendamiento hasta 2013. En aquel a\u00f1o, el Estado malayo dej\u00f3 de pagar tras unas revueltas que se ocasionaron en la zona. Ah\u00ed se dio pie al calvario judicial que vendr\u00eda despu\u00e9s, aunque el germen estaba mucho antes.<\/p>\n<p class=\"voc-p\" style=\"\">Inicialmente, lo que hab\u00eda en esos territorios eran perlas, nidos de gaviota y madera. Pero en los a\u00f1os 60 del siglo XX se descubre petr\u00f3leo en la zona; en los 80-90 se desarrolla la tecnolog\u00eda para poder explotarlo; tambi\u00e9n en los 80 se alumbran pozos de gas, los cuales se pueden explotar a partir de los 2000. Y, por \u00faltimo, surge la industria del aceite de palma, de la cual ese territorio es el principal productor mundial.<\/p>\n<p class=\"voc-p\" style=\"\">Se hab\u00eda pasado de sacar perlas, nidos de gaviota y madera, a petr\u00f3leo, gas y aceite de palma. Todo a cambio de unos 1.200 d\u00f3lares al a\u00f1o por el contrato a perpetuidad que se hab\u00eda firmado en 1878. Es por ello que desde los a\u00f1os 60 los <strong>herederos del Sult\u00e1n<\/strong> han intentado renegociar o acabar con el contrato con Malasia, sin \u00e9xito.<\/p>\n<p class=\"voc-p\" style=\"\">Ante esta situaci\u00f3n, los ocho herederos del Sult\u00e1n de Jolo presentaron una demanda ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid para que nombrara a un \u00e1rbitro y se resolviera la controversia en un arbitraje. La Justicia espa\u00f1ola nombr\u00f3 a Gonzalo Stampa, pero su nombramiento fue tumbado tiempo despu\u00e9s por el mismo tribunal nacional. Con todo, este continu\u00f3 con la causa, traslad\u00e1ndola a Francia, y dict\u00f3 un laudo por el que condenaba a Malasia a pagar 14.920 millones de d\u00f3lares a los ocho herederos, el segundo mayor laudo de la historia. <\/p>\n<p class=\"voc-p\" style=\"\">Posteriormente, Stampa fue condenado por el <strong>Tribunal Supremo<\/strong> a seis meses de presi\u00f3n y un a\u00f1o de inhabilitaci\u00f3n para ejercer de \u00e1rbitro tras continuar con el arbitraje y emitir un laudo para el que la Justicia hab\u00eda anulado su nombramiento. El Supremo consider\u00f3 que este debi\u00f3 haber cesado como \u00e1rbitro y no haber trasladado el caso a Francia. Ahora mismo se dirime a\u00fan en Francia la validez o no del laudo dictado por Stampa y, mientras tanto, los herederos del Sult\u00e1n hab\u00edan promovido una causa contra Espa\u00f1a por poner trabas al cobro del laudo. <\/p>\n<p class=\"voc-p\" style=\"\">Presentaron la causa ante el Ciadi, mediante un arbitraje internacional, en el que alegaron \u00abincumplimiento del trato justo y equitativo, denegaci\u00f3n de justicia, falta de plena protecci\u00f3n y seguridad\u00bb, y solicitaban a Espa\u00f1a el abono de 18.000 millones de d\u00f3lares, que son al cambio unos 15.500 millones de euros, lo cual equivale a la cantidad del laudo de Stampa m\u00e1s intereses. Espa\u00f1a, representada por la Abogac\u00eda del Estado, pidi\u00f3 al Ciadi acabar desde el inicio con el caso en una decisi\u00f3n preliminar ante \u00abla manifiesta falta de m\u00e9rito legal\u00bb; tambi\u00e9n solicitaba declarar que \u00ablas reclamaciones de los demandantes carecen manifiestamente de fundamento jur\u00eddico debido a la falta de jurisdicci\u00f3n de este tribunal arbitral para conocer del presente asunto\u00bb.<\/p>\n<p class=\"voc-p\" style=\"\">Finalmente, el tribunal del Banco Mundial ha desestimado las pretensiones de los herederos del Sult\u00e1n de Jol\u00f3, asumiendo la tesis del Reino de Espa\u00f1a de que no realizaron ninguna inversi\u00f3n protegida por los tratados en vigor que justificaran que el Ciadi pudiera resolver sobre el asunto a favor de los demandantes. Asimismo, adem\u00e1s de hacer decaer la demanda, el tribunal ha condenado a los herederos del Sult\u00e1n a pagar las costas y honorarios legales.<\/p>\n<p>\nInversiones en Espa\u00f1a\n<\/p>\n<p class=\"voc-p\" style=\"\">Los demandantes, como reza el fallo, se\u00f1alaban que hab\u00edan realizado una inversi\u00f3n en Espa\u00f1a que deb\u00eda estar protegida por la legislaci\u00f3n y que, por tanto, el Ciadi era competente para resolver sobre este asunto para condenar a Espa\u00f1a a pagar incluso por el laudo de Stampa que condenaba a Malasia. Los demandantes identificaban dos activos distintos que calificaban como inversi\u00f3n en Espa\u00f1a: por una parte, el dinero gastado en abogados y procedimientos en nuestro pa\u00eds, y por otra, el propio laudo en s\u00ed que obtuvieron por su inversi\u00f3n en abogados y procedimienotos legales del \u00e1rbitro condenado Stampa. Indicaban que ambos activos que se consideran protegidos por los tratados y que deb\u00edan ser resarcidos por Espa\u00f1a. <\/p>\n<p class=\"voc-p\" style=\"\">El Ciadi considera que ninguno de los activos que alegan los herederos del Sult\u00e1n pueden considerarse como \u00abinversiones protegidas\u00bb y, de esta manera, desestima la causa planteada. \u00ab<strong>No se necesitan largas explicaciones para entender que el dinero gastado en honorarios por servicios legales no puede considerarse un activo de los demandantes<\/strong>. (&#8230;). Los fondos destinados a honorarios legales son un gasto, no un activo\u00bb, recoge la sentencia. El segundo de los activos que alegan, el inter\u00e9s monetario que tienen por el laudo dictado a su favor en el pasado, tampoco lo consideran como un activo. <\/p>\n<p class=\"voc-p\" style=\"\">Los herederos del Sult\u00e1n se\u00f1alan la \u00abteor\u00eda de la cristalizaci\u00f3n\u00bb, en el sentido de que el laudo dictado \u00abrepresenta una continuaci\u00f3n o transformaci\u00f3n de la inversi\u00f3n original\u00bb, que son los gastos legales; es decir, que la inversi\u00f3n en abogados y procedimientos cristaliza en el laudo a su favor. Pero el Ciadi sostiene que \u00abesto es manifiestamente inaplicable a los hechos alegados aqu\u00ed\u00bb. \u00abSi el mero hecho de que los demandantes incurrieran en gastos legales en relaci\u00f3n con un arbitraje fuera suficiente para establecer la inversi\u00f3n subyacente, cualquier laudo arbitral ser\u00eda una inversi\u00f3n, dado que el pago de honorarios legales es un rasgo necesario de cualquier procedimiento arbitral\u00bb, a\u00f1ade la sentencia.<\/p>\n<p>\nOpciones legales\n<\/p>\n<p class=\"voc-p\" style=\"\">Ante este veredicto, <strong>Paul Cohen<\/strong>, abogado de los demandantes en esta acci\u00f3n contra Espa\u00f1a, se\u00f1ala en un comunicado: \u00abComo favor a una potencia extranjera, el Gobierno de Espa\u00f1a utiliz\u00f3 su Ministerio de Asuntos Exteriores para intentar torpedear un arbitraje internacional otorgado contra Malasia. Cuando eso fracas\u00f3, tanto en t\u00e9rminos legales como pr\u00e1cticos, el Gobierno espa\u00f1ol utiliz\u00f3 a sus fiscales para perseguir al \u00e1rbitro espa\u00f1ol e independiente Gonzalo Stampa, quien simplemente estaba aplicando la Ley de Arbitraje espa\u00f1ola. La decisi\u00f3n del Ciadi no investiga ni niega estos hechos, sino que \u00fanicamente determina que Espa\u00f1a no puede ser considerada responsable de sus acciones a trav\u00e9s de los procesos del Ciadi, bas\u00e1ndose en la interpretaci\u00f3n del tribunal respecto de los activos involucrados. Su an\u00e1lisis es err\u00f3neo\u00bb.<\/p>\n<p class=\"voc-p\" style=\"\">Asimismo, Cohen sostiene que \u00aben cuanto a Espa\u00f1a, coincidimos con la afirmaci\u00f3n del presidente del Gobierno espa\u00f1ol de que los jueces hacen pol\u00edtica y los pol\u00edticos act\u00faan como jueces. En el caso de nuestros clientes, \u00e9l est\u00e1 bien cualificado para realizar este an\u00e1lisis. Nuestros clientes est\u00e1n evaluando sus opciones contra Espa\u00f1a, incluyendo solicitar la anulaci\u00f3n de esta decisi\u00f3n\u00bb.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"Los herederos del Sult\u00e1n de Jol\u00f3 pierden la milmillonaria demanda que hab\u00edan planteado contra el Reino de Espa\u00f1a.&hellip;\n","protected":false},"author":2,"featured_media":231168,"comment_status":"","ping_status":"","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[8],"tags":[60496,17,18,6386,25,24,13,14,11,13732,60495,19,20,4724,9,10,15,16,22748,23,58615,12,21,22],"class_list":{"0":"post-231167","1":"post","2":"type-post","3":"status-publish","4":"format-standard","5":"has-post-thumbnail","7":"category-espana","8":"tag-60496","9":"tag-breaking-news","10":"tag-breakingnews","11":"tag-demanda","12":"tag-es","13":"tag-espana","14":"tag-featured-news","15":"tag-featurednews","16":"tag-headlines","17":"tag-herederos","18":"tag-jolo","19":"tag-latest-news","20":"tag-latestnews","21":"tag-millones","22":"tag-news","23":"tag-noticias","24":"tag-noticias-destacadas","25":"tag-noticiasdestacadas","26":"tag-pierden","27":"tag-spain","28":"tag-sultan","29":"tag-titulares","30":"tag-ultimas-noticias","31":"tag-ultimasnoticias"},"share_on_mastodon":{"url":"https:\/\/pubeurope.com\/@es\/115533498567022105","error":""},"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/231167","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=231167"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/231167\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media\/231168"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=231167"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=231167"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=231167"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}