{"id":377879,"date":"2026-02-04T02:16:09","date_gmt":"2026-02-04T02:16:09","guid":{"rendered":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/377879\/"},"modified":"2026-02-04T02:16:09","modified_gmt":"2026-02-04T02:16:09","slug":"la-moncloa-03-02-2026-referencia-consejo-de-ministros-consejo-de-ministros-referencias","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/377879\/","title":{"rendered":"La Moncloa. 03\/02\/2026. Referencia Consejo de Ministros [Consejo de Ministros\/Referencias]"},"content":{"rendered":"<p class=\"news-location\">La Moncloa<\/p>\n<p>SUMARIO<\/p>\n<p>Hacienda Trabajo y Econom\u00eda Social <\/p>\n<ul>\n<li>ACUERDO por el que se autoriza la tramitaci\u00f3n administrativa urgente prevista en el art\u00edculo 27.1.b) de la Ley 50\/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, del proyecto de Real Decreto por el que se regula la relaci\u00f3n laboral especial de las personas artistas que desarrollan su actividad en las artes esc\u00e9nicas, audiovisuales y musicales, as\u00ed como de las personas que realizan actividades t\u00e9cnicas o auxiliares necesarias para el desarrollo de dicha actividad.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Para la Transici\u00f3n Ecol\u00f3gica y el Reto Demogr\u00e1fico <\/p>\n<ul>\n<li>ACUERDO por el que se toma raz\u00f3n de la declaraci\u00f3n de emergencia de las obras de restauraci\u00f3n hidrol\u00f3gico-forestal del incendio de Canalejas II en las provincias de Palencia y Le\u00f3n, por un importe m\u00e1ximo de 500.071,85 euros.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Asuntos Exteriores, Uni\u00f3n Europea y Cooperaci\u00f3n Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes <\/p>\n<ul>\n<li>REAL DECRETO-LEY por el que <a href=\"#social\">se adoptan medidas urgentes para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, en materia tributaria y relativas a los recursos de los sistemas de financiaci\u00f3n territorial.<\/a><\/li>\n<li>REAL DECRETO-LEY <a href=\"#pensiones\">para la revalorizaci\u00f3n de las pensiones p\u00fablicas y otras medidas urgentes en materia de Seguridad Social<\/a>.<\/li>\n<li>REAL DECRETO sobre promociones en la Carrera Fiscal.<\/li>\n<li>REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 312\/2019, de 26 de abril, por el que se aprueba el Estatuto del Organismo Aut\u00f3nomo Centro de Estudios Jur\u00eddicos.<\/li>\n<li>Compromisos del Plan de Recuperaci\u00f3n, Transformaci\u00f3n y Resiliencia (C11, R1). REAL DECRETO por el que <a href=\"#agencia\">se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal de Evaluaci\u00f3n de Pol\u00edticas P\u00fablicas.<\/a><\/li>\n<li>REAL DECRETO por el que se regula la concesi\u00f3n directa de subvenciones al Consejo General de la Abogac\u00eda Espa\u00f1ola y al Consejo General de los Procuradores de Espa\u00f1a, en materia de prestaci\u00f3n de asistencia jur\u00eddica gratuita, y al Consejo General de Colegios Oficiales de Psic\u00f3logos, para la asistencia psicol\u00f3gica a las v\u00edctimas de los delitos, para el ejercicio presupuestario 2026.<\/li>\n<li>ACUERDO por el que se autoriza la tramitaci\u00f3n administrativa urgente prevista en el art\u00edculo 27.1.b) de la Ley 50\/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, del proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Reglamento de asistencia jur\u00eddica gratuita, aprobado por el Real Decreto 141\/2021, de 9 de marzo.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Defensa Interior Transportes y Movilidad Sostenible <\/p>\n<ul>\n<li>ACUERDO por el que se autoriza la modificaci\u00f3n n.\u00ba 2 del contrato de ejecuci\u00f3n de las obras del proyecto constructivo de renovaci\u00f3n, cambio de ancho y adaptaciones de X\u00e1tiva &#8211; Nudo de la Teja, nuevo acceso ferroviario de Alta Velocidad de Levante, Madrid &#8211; Castilla-La Mancha &#8211; Comunidad Valenciana &#8211; Regi\u00f3n de Murcia, adjudicado a la empresa Ferrovial Construcci\u00f3n, S.A., con un importe adicional de 1.948.572,39 euros.<\/li>\n<li>ACUERDO por el que se autoriza la celebraci\u00f3n del contrato de servicio de ayuda en accidentes y mantenimiento de medios (tren taller). Valor estimado del contrato: 21.716.435 euros.<\/li>\n<li>ACUERDO por el que s<a href=\"#burgos\">e autoriza la celebraci\u00f3n del contrato de obras de ejecuci\u00f3n del proyecto de construcci\u00f3n de plataforma de la l\u00ednea de alta velocidad de la conexi\u00f3n Madrid &#8211; Pa\u00eds Vasco &#8211; frontera francesa, tramo: Burgos &#8211; Vitoria, subtramo: Pi\u00e9rnigas &#8211; Pancorbo.<\/a> Valor estimado del contrato 295.579.857,50 euros.<\/li>\n<li>ACUERDO por el que se toma raz\u00f3n de la declaraci\u00f3n de emergencia para las obras de sustituci\u00f3n de los sistemas de contenci\u00f3n situados en la estructura ubicada en la autov\u00eda A-6, en el punto kilom\u00e9trico 127+076, calzada izquierda, en la provincia de \u00c1vila, subsanando la situaci\u00f3n de grave peligro existente, por importe de 2.329.790,06 euros.<\/li>\n<li>ACUERDO por el que se toma raz\u00f3n de la ampliaci\u00f3n de la declaraci\u00f3n de emergencia para las obras de reparaci\u00f3n de da\u00f1os por las lluvias del 11 de noviembre de 2024 en los t\u00e9rminos municipales de Adra, Balanegra, El Ejido, La Mojonera y Roquetas de Mar, provincia de Almer\u00eda, subsanando la situaci\u00f3n de grave peligro existente, por importe de 2.347.691,01 euros.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Educaci\u00f3n, Formaci\u00f3n Profesional y Deportes Agricultura, Pesca y Alimentaci\u00f3n Pol\u00edtica Territorial y Memoria Democr\u00e1tica Cultura Inclusi\u00f3n, Seguridad Social y Migraciones <\/p>\n<ul>\n<li>ACUERDO por el que se concede un suplemento de cr\u00e9dito en el presupuesto de gastos para el ejercicio 2026 a Mutua Navarra, mutua colaboradora con la Seguridad Social n.\u00ba 21.<\/li>\n<li>ACUERDO por el que se autoriza la tramitaci\u00f3n administrativa urgente prevista en el art\u00edculo 27.1.b) de la Ley 50\/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, del proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 789\/2022, de 27 de septiembre, por el que se regula la compatibilidad del Ingreso M\u00ednimo Vital con los ingresos procedentes de rentas del trabajo o de la actividad econ\u00f3mica por cuenta propia con el fin de mejorar las oportunidades reales de inclusi\u00f3n social y laboral de las personas beneficiarias de la prestaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Para la Transformaci\u00f3n Digital y de la Funci\u00f3n P\u00fablica <\/p>\n<ul>\n<li>ACUERDO por el que se toma conocimiento de la informaci\u00f3n prevista en el art\u00edculo 22 de la Ley 3\/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administraci\u00f3n General del Estado, y se acuerda remitirla al Congreso de los Diputados.<\/li>\n<\/ul>\n<p>AMPLIACI\u00d3N DE CONTENIDOSASUNTOS GENERALESHacienda<a href=\"https:\/\/www.lamoncloa.gob.es\/consejodeministros\/referencias\/Paginas\/2026\/20260203-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx\" name=\"deuda\" id=\"deuda\" onclick=\"javascript:GoogleTrackEvent(&#039;True&#039;,&#039;Contenido&#039;,&#039;Click&#039;,&#039;[https:\/\/www.lamoncloa.gob.es\/consejodeministros\/referencias\/paginas\/2026\/20260203-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx] AUTORIZACI\u00d3N A ASTURIAS Y CANTABRIA PARA FORMALIZAR OPERACIONES DE ENDEUDAMIENTO . [\/consejodeministros\/referencias\/Paginas\/2026\/20260203-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx]&#039;);\" rel=\"nofollow noopener\" target=\"_blank\">AUTORIZACI\u00d3N A ASTURIAS Y CANTABRIA PARA FORMALIZAR OPERACIONES DE ENDEUDAMIENTO <\/a><\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">El Consejo de Ministros ha autorizado a varias comunidades aut\u00f3nomas a formalizar operaciones de endeudamiento a largo plazo. En concreto, se autoriza a Asturias por un importe m\u00e1ximo de 639,2 millones de euros y a Cantabria por un m\u00e1ximo de 35 millones.<\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">Estas autorizaciones se efect\u00faan en cumplimiento del art\u00edculo 20 de la Ley Org\u00e1nica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF) y el art\u00edculo 14 de la Ley Org\u00e1nica de Financiaci\u00f3n de las Comunidades Aut\u00f3nomas (LOFCA).<\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">En el caso de Asturias, el Gobierno le ha autorizado a formalizar operaciones de deuda a largo plazo por un importe m\u00e1ximo de 639.186.540 euros.<\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">En concreto, esta comunidad aut\u00f3noma ha solicitado autorizaci\u00f3n para formalizar operaciones de deuda a largo plazo por el citado importe con la finalidad de financiar amortizaciones de deuda de la Administraci\u00f3n por importe de 609.333.900 euros y el importe de las liquidaciones negativas del modelo de financiaci\u00f3n de las CCAA originadas en los ejercicios 2008 y 2009 que van a compensarse en el ejercicio por importe de 29.852.640 euros.<\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">Por otro lado, el Gobierno ha autorizado a Cantabria a disponer de operaciones de deuda a largo plazo por un importe m\u00e1ximo de 35 millones de euros.<\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">En virtud del acuerdo del Consejo de Ministros del 14 de noviembre de 2023, se autoriz\u00f3 a esta comunidad para que el Instituto de Finanzas de Cantabria (ICAF) formalizara una operaci\u00f3n de pr\u00e9stamo a largo plazo con el Banco Europeo de Inversiones (BEI) por un importe total de 35 millones de euros, del cual no se ha dispuesto ninguna cantidad hasta la fecha actual. Dicha operaci\u00f3n de pr\u00e9stamo se formaliz\u00f3 en fecha 20 de diciembre de 2023.<\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">La Comunidad Aut\u00f3noma de Cantabria ha solicitado autorizaci\u00f3n para realizar durante 2026 disposiciones de las operaciones formalizadas en virtud de esa autorizaci\u00f3n. Concretamente ha solicitado disponer de un m\u00e1ximo de 35 millones del pr\u00e9stamo formalizado el 20 de diciembre de 2023 mediante el acuerdo de Consejo de Ministros de 14 de noviembre de 2023.<\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">Estas autorizaciones podr\u00e1n amparar operaciones formalizadas hasta el 31 de diciembre de 2026.<\/p>\n<p>Hacienda<a href=\"https:\/\/www.lamoncloa.gob.es\/consejodeministros\/referencias\/Paginas\/2026\/20260203-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx\" name=\"isla\" id=\"isla\" onclick=\"javascript:GoogleTrackEvent(&#039;True&#039;,&#039;Contenido&#039;,&#039;Click&#039;,&#039;[https:\/\/www.lamoncloa.gob.es\/consejodeministros\/referencias\/paginas\/2026\/20260203-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx] MODIFICADOS L\u00cdMITES DE GASTO PARA LICITAR UN CONTRATO DE TRANSPORTE A\u00c9REO REGULAR A MENORCA. [\/consejodeministros\/referencias\/Paginas\/2026\/20260203-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx]&#039;);\" rel=\"nofollow noopener\" target=\"_blank\">MODIFICADOS L\u00cdMITES DE GASTO PARA LICITAR UN CONTRATO DE TRANSPORTE A\u00c9REO REGULAR A MENORCA<\/a><\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se modifican los l\u00edmites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en aplicaci\u00f3n de lo dispuesto en el art\u00edculo 47 de la Ley 47\/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para posibilitar al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible la licitaci\u00f3n de un contrato de servicio de transporte a\u00e9reo regular para satisfacer obligaciones de servicio p\u00fablico en Menorca.<\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">El 15 de junio de 2012 se declararon obligaciones de servicio p\u00fablico (OSP) en la ruta a\u00e9rea Menorca-Madrid por acuerdo del Consejo de Ministros. Actualmente, y tras varias modificaciones, se mantiene en vigor el acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de julio de 2018, actualizado en numerosas ocasiones, la \u00faltima a fecha 11 de abril de 2025, mediante la OM TRM\/344\/2025, de 7 de abril, que establece el periodo de las obligaciones de servicio p\u00fablico entre los meses de noviembre y marzo, quedando el periodo inactivo entre abril y octubre de cada a\u00f1o.<\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">A fecha actual, de cara a adaptar la oferta de asientos al incremento detectado de la demanda, se encuentra en fase avanzada de tramitaci\u00f3n una Orden Ministerial por la que se modifican las obligaciones de servicio p\u00fablico establecidas en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de julio de 2018.<\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">Desde su declaraci\u00f3n, ninguna compa\u00f1\u00eda a\u00e9rea se ha interesado en operar la ruta bajo requisitos OSP en condiciones de libre acceso, por lo que se ha venido operando mediante sucesivas licitaciones en las que se aportaban recursos econ\u00f3micos por parte del Estado, la \u00faltima de ellas adjudicada el 26 de agosto de 2025 para el periodo comprendido entre el 1 de noviembre de 2025 y el 31 de marzo de 2026, por un importe total de 1,3 millones de euros.<\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">Por todo ello, dado que el contrato de servicio de transporte a\u00e9reo para satisfacer la OSP en Menorca est\u00e1 pr\u00f3ximo a su finalizaci\u00f3n, es necesario realizar una nueva licitaci\u00f3n para el intervalo comprendido entre el 1 de noviembre de 2026 y el 31 de marzo de 2027, que recoja los par\u00e1metros operativos adecuados para continuar garantizando el nivel de conectividad en la ruta y estableciendo la compensaci\u00f3n econ\u00f3mica a la compa\u00f1\u00eda a\u00e9rea adjudicataria por la realizaci\u00f3n del servicio.<\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">Seg\u00fan los an\u00e1lisis realizados, la compensaci\u00f3n prevista a sufragar por parte del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible para la citada licitaci\u00f3n asciende a 2,1 millones de euros, distribuida en dos ejercicios. Para 2026 se establecen unas necesidades de 667.000 euros para el periodo 1 de noviembre de 2026 a 31 de diciembre de 2026; y para 2027 unas necesidades de 1.433.000 euros para el periodo 1 de enero de 2027 a 31 de marzo de 2027.<\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">A la vista de cuanto antecede, la Direcci\u00f3n General de Aviaci\u00f3n Civil ha incoado el presente expediente de solicitud de autorizaci\u00f3n para la modificaci\u00f3n de los porcentajes para adquirir compromiso de gasto con cargo a ejercicios futuros en la aplicaci\u00f3n &#8216;Contrato de Servicio de Transporte a\u00e9reo para satisfacer Obligaciones de Servicio P\u00fablico en Menorca&#8217;. De esta forma el compromiso m\u00e1ximo a adquirir para 2027 es de 1.433.000 euros.<\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">Por todo ello, conforme al art\u00edculo 47 de la Ley 47\/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, se ha solicitado autorizaci\u00f3n del Consejo de Ministros para elevar los compromisos m\u00e1ximos de gasto con cargo a la anualidad 2027.<\/p>\n<p>Hacienda<a href=\"https:\/\/www.lamoncloa.gob.es\/consejodeministros\/referencias\/Paginas\/2026\/20260203-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx\" name=\"barna\" id=\"barna\" onclick=\"javascript:GoogleTrackEvent(&#039;True&#039;,&#039;Contenido&#039;,&#039;Click&#039;,&#039;[https:\/\/www.lamoncloa.gob.es\/consejodeministros\/referencias\/paginas\/2026\/20260203-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx] NUEVA DELIMITACI\u00d3N Y REORGANIZACI\u00d3N DE LOS TERRENOS DE LA ZONA DE SERVICIOS DEL PUERTO DE BARCELONA. [\/consejodeministros\/referencias\/Paginas\/2026\/20260203-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx]&#039;);\" rel=\"nofollow noopener\" target=\"_blank\">NUEVA DELIMITACI\u00d3N Y REORGANIZACI\u00d3N DE LOS TERRENOS DE LA ZONA DE SERVICIOS DEL PUERTO DE BARCELONA<\/a><\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">El Consejo de Ministros ha aprobado la nueva delimitaci\u00f3n y modificaci\u00f3n de la ubicaci\u00f3n de terrenos de la Zona Franca de Barcelona, en el \u00e1mbito de la zona de servicios del puerto barcelon\u00e9s.<\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">Se trata de los terrenos de la Zona Franca gestionados por el propio Consorcio de la Zona Franca de Barcelona (CZFB), entidad estatal de Derecho P\u00fablico, adscrita al Ministerio de Hacienda.<\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">La solicitud del Consorcio derivaba del proceso de reorganizaci\u00f3n espacial acordado entre el CZFB y la Autoridad Portuaria de Barcelona (APB), motivado por la proximidad del vencimiento de la concesi\u00f3n que habilita al Consorcio para operar en el Muelle \u00c1lvarez de la Campa. Y tambi\u00e9n por el inter\u00e9s p\u00fablico portuario en destinar dichos terrenos al desarrollo de un proyecto industrial estrat\u00e9gico de molturaci\u00f3n de semillas oleaginosas promovido por la mercantil ELIAN BARCELONA, S.L.U. <\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">Dicho proyecto, atendiendo a su inversi\u00f3n, impacto econ\u00f3mico y capacidad para incrementar y fidelizar el tr\u00e1fico portuario, ha sido declarado de inter\u00e9s estrat\u00e9gico por la Generalitat de Catalu\u00f1a y de inter\u00e9s portuario por la propia Autoridad Portuaria.<\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">En ese sentido, la Autoridad Portuaria de Barcelona y el Consorcio suscribieron un protocolo de actuaciones con fecha 31 de enero de 2025, en el que se acord\u00f3 la reubicaci\u00f3n de la actividad de Zona Franca en otros emplazamientos del dominio p\u00fablico portuario.<\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">De esta forma, en ejecuci\u00f3n de dicho protocolo, la Autoridad Portuaria de Barcelona celebr\u00f3 un convenio y otorg\u00f3 al CZFB el 23 de julio de 2025 una nueva concesi\u00f3n administrativa sobre una parcela situada en la Ronda del Port.<\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">Paralelamente, y con el objetivo de garantizar una transici\u00f3n ordenada y sin interrupciones de la actividad de Zona Franca, la Autoridad Portuaria ha otorgado al CZFB autorizaciones temporales sobre terrenos alternativos dentro del recinto portuario, permitiendo la reubicaci\u00f3n progresiva de los actuales operadores y arrendatarios que desarrollan su actividad en el Muelle \u00c1lvarez de la Campa, preservando durante el periodo transitorio la continuidad de los tr\u00e1ficos y del r\u00e9gimen aduanero aplicable.<\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\"><strong>El acuerdo<\/strong><\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">Con la aprobaci\u00f3n en Consejo de Ministros se acometer\u00e1 la incorporaci\u00f3n a la Zona Franca aduanera de la parcela concesionada situada en la Ronda del Port, con una superficie inicial de 53.379,91 metros cuadrados, que quedar\u00e1 reducida a 49.779,19 metros cuadrados como consecuencia de la expropiaci\u00f3n prevista por la Autoridad Portuaria para el desarrollo de un vial portuario. <\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">A dicha superficie se a\u00f1ade la incorporaci\u00f3n como zona franca aduanera de 20.183,44 metros cuadrados correspondientes a parcelas situadas en una zona anexa al recinto principal de la Zona Franca, con el objeto de compensar la p\u00e9rdida de superficie derivada de la nueva ubicaci\u00f3n y de mantener la coherencia de los aprovechamientos urban\u00edsticos, evitando la necesidad de futuras operaciones de reparcelaci\u00f3n. <\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">Asimismo, se solicita la habilitaci\u00f3n con car\u00e1cter temporal como zona franca aduanera, por un plazo m\u00e1ximo de tres a\u00f1os o, en todo caso, hasta la finalizaci\u00f3n y puesta en funcionamiento de las nuevas instalaciones definitivas, de una superficie aproximada de 25.193 metros cuadrados, situada en el Parque de Terminales Portuarias DELTA 1 &#8211; Parcela E-10. Con objeto de garantizar la continuidad de las actividades aduaneras y log\u00edsticas durante el per\u00edodo transitorio de reubicaci\u00f3n por parte de los actuales arrendatarios del Consorcio.<\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">Finalmente, se propone la exclusi\u00f3n y desclasificaci\u00f3n progresiva y escalonada como zona franca aduanera de las superficies actualmente ocupadas en el Muelle \u00c1lvarez de la Campa, incluyendo los almacenes n\u00fameros 1, 3, 4, 5 y 6 y sus superficies adyacentes. <\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">El planteamiento es que se lleve a cabo en periodos transitorios, a fin de garantizar la continuidad de las actividades econ\u00f3micas y del r\u00e9gimen aduanero, resultando compatible con la extinci\u00f3n de la concesi\u00f3n actualmente vigente y con el otorgamiento de las autorizaciones temporales necesarias en favor del Consorcio.<\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">La solicitud remitida por el Consorcio de la Zona Franca de Barcelona, se acompa\u00f1a de los planos, memorias justificativas y documentaci\u00f3n t\u00e9cnica que, delimitan de forma precisa las superficies a afectar, tanto en su configuraci\u00f3n provisional como definitiva, as\u00ed como la superficie que se solicita desclasificar. <\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">La modificaci\u00f3n de la ubicaci\u00f3n no implica gasto para la Administraci\u00f3n General del Estado. Asimismo, las inversiones necesarias para la adecuaci\u00f3n del nuevo recinto ser\u00e1n financiadas con cargo a los recursos propios del Consorcio y, en su caso, mediante convenios o aportaciones de las entidades participantes y de la Autoridad Portuaria de Barcelona.<\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">Adem\u00e1s, el traslado se prev\u00e9 neutral en t\u00e9rminos presupuestarios, y permitir\u00e1, a medio plazo, un incremento de la actividad econ\u00f3mica y de los ingresos derivados de la gesti\u00f3n del nuevo recinto.<\/p>\n<p>Asuntos Exteriores, Uni\u00f3n Europea y Cooperaci\u00f3n<a href=\"https:\/\/www.lamoncloa.gob.es\/consejodeministros\/referencias\/Paginas\/2026\/20260203-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx\" name=\"aereo\" id=\"aereo\" onclick=\"javascript:GoogleTrackEvent(&#039;True&#039;,&#039;Contenido&#039;,&#039;Click&#039;,&#039;[https:\/\/www.lamoncloa.gob.es\/consejodeministros\/referencias\/paginas\/2026\/20260203-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx] MODIFICACI\u00d3N DEL ACUERDO ENTRE EL REINO DE ESPA\u00d1A Y LA REP\u00daBLICA DE EL SALVADOR SOBRE TRANSPORTE A\u00c9REO. [\/consejodeministros\/referencias\/Paginas\/2026\/20260203-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx]&#039;);\" rel=\"nofollow noopener\" target=\"_blank\">MODIFICACI\u00d3N DEL ACUERDO ENTRE EL REINO DE ESPA\u00d1A Y LA REP\u00daBLICA DE EL SALVADOR SOBRE TRANSPORTE A\u00c9REO<\/a><\/p>\n<p>El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se toma conocimiento de la modificaci\u00f3n del anexo del acuerdo entre el Reino de Espa\u00f1a y la Rep\u00fablica de El Salvador sobre transporte a\u00e9reo, firmado en Madrid el 10 de marzo de 1997.<\/p>\n<p>El Acuerdo entre el Reino de Espa\u00f1a y la Rep\u00fablica de El Salvador sobre transporte a\u00e9reo y anexo, fue firmado en Madrid el 10 de marzo de 1997 y entr\u00f3 en vigor el 23 de enero de 1998.<\/p>\n<p>El acuerdo consta de un pre\u00e1mbulo, 24 art\u00edculos y un anexo, en el que se enumeran las rutas que pueden ser explotadas por las empresas de los respectivos Estados.<\/p>\n<p>La modificaci\u00f3n del anexo supone el aumento del n\u00famero de frecuencias disponibles a catorce semanales por cada parte, teniendo en cuenta las necesidades actuales del mercado y las que se puedan anticipar. En este sentido, introduce un nuevo cuadro de rutas m\u00e1s abierto y flexible que incrementa la conectividad entre ambos pa\u00edses y ampl\u00eda la conexi\u00f3n entre mercados facilitando el tr\u00e1nsito internacional de pasajeros y cargas.<\/p>\n<p>Asuntos Exteriores, Uni\u00f3n Europea y Cooperaci\u00f3n<a href=\"https:\/\/www.lamoncloa.gob.es\/consejodeministros\/referencias\/Paginas\/2026\/20260203-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx\" name=\"peru\" id=\"peru\" onclick=\"javascript:GoogleTrackEvent(&#039;True&#039;,&#039;Contenido&#039;,&#039;Click&#039;,&#039;[https:\/\/www.lamoncloa.gob.es\/consejodeministros\/referencias\/paginas\/2026\/20260203-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx] MODIFICACI\u00d3N DEL ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO ESPA\u00d1OL Y EL GOBIERNO DE LA REP\u00daBLICA PERUANA PARA SERVICIOS A\u00c9REOS. [\/consejodeministros\/referencias\/Paginas\/2026\/20260203-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx]&#039;);\" rel=\"nofollow noopener\" target=\"_blank\">MODIFICACI\u00d3N DEL ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO ESPA\u00d1OL Y EL GOBIERNO DE LA REP\u00daBLICA PERUANA PARA SERVICIOS A\u00c9REOS<\/a><\/p>\n<p>El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se toma conocimiento de la modificaci\u00f3n del Anexo del Acuerdo entre el Gobierno Espa\u00f1ol y el Gobierno de la Rep\u00fablica Peruana para servicios a\u00e9reos entre sus respectivos territorios y m\u00e1s all\u00e1 de ellos. <\/p>\n<p>El Acuerdo entre el Gobierno Espa\u00f1ol y el Gobierno de la Rep\u00fablica Peruana para servicios a\u00e9reos entre sus respectivos territorios y m\u00e1s all\u00e1 de ellos, fue firmado el 31 de marzo de 1954 en Lima, Per\u00fa, y entr\u00f3 en vigor el 22 de diciembre de 1955.<\/p>\n<p>El acuerdo incluye un anexo en el que se enumeran las rutas que pueden ser explotadas por las empresas de los respectivos Estados, as\u00ed como los derechos de tr\u00e1nsito y de efectuar escalas t\u00e9cnicas en los aeropuertos de cada pa\u00eds.<\/p>\n<p>Teniendo en cuenta las necesidades actuales del mercado y las que se puedan anticipar, ambas Autoridades aeron\u00e1uticas han acordado la explotaci\u00f3n de ilimitadas frecuencias semanales, en sus correspondientes rutas, con cualquier tipo de aeronave y con derechos de tr\u00e1fico de tercera y cuarta libertad. La posibilidad de ejercer derechos de tr\u00e1fico de quinta libertad, incluida la concreci\u00f3n de las frecuencias y la capacidad, ser\u00e1 determinada mediante acuerdo de las Autoridades aeron\u00e1uticas de ambos pa\u00edses, sobre la base de reciprocidad.<\/p>\n<p>Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes<a href=\"https:\/\/www.lamoncloa.gob.es\/consejodeministros\/referencias\/Paginas\/2026\/20260203-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx\" name=\"pensiones\" id=\"pensiones\" onclick=\"javascript:GoogleTrackEvent(&#039;True&#039;,&#039;Contenido&#039;,&#039;Click&#039;,&#039;[https:\/\/www.lamoncloa.gob.es\/consejodeministros\/referencias\/paginas\/2026\/20260203-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx] RD-LEY PARA LA REVALORIZACI\u00d3N DE LAS PENSIONES. [\/consejodeministros\/referencias\/Paginas\/2026\/20260203-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx]&#039;);\" rel=\"nofollow noopener\" target=\"_blank\">RD-LEY PARA LA REVALORIZACI\u00d3N DE LAS PENSIONES<\/a><\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto-ley que incluye la revalorizaci\u00f3n de las pensiones del sistema de la Seguridad Social, de Clases Pasivas del Estado y de otras prestaciones p\u00fablicas para 2026, as\u00ed como otras medidas relevantes en materia de Seguridad Social. La subida, que ya fue efectiva en enero, supone un incremento del 2,7% con car\u00e1cter general de las pensiones contributivas.<\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">El texto contempla modificaciones en materia de cotizaciones, una pr\u00f3rroga de la compatibilidad de jubilaci\u00f3n y trabajo para profesionales sanitarios y ajustes t\u00e9cnicos.<\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">En total, se revalorizan alrededor de 13 millones de pensiones y prestaciones. Entre ellas, se encuentran las pensiones contributivas y no contributivas, las de Clases Pasivas, las de los hogares a los que alcanza el Ingreso M\u00ednimo Vital y quienes tengan reconocida la asignaci\u00f3n por hijo a cargo con discapacidad igual o superior al 65%. <\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">El incremento de las pensiones contributivas es el resultado del \u00edndice de precios de consumo (IPC) medio entre diciembre de 2024 y noviembre de 2025, seg\u00fan la f\u00f3rmula establecida en la Ley 20\/2021, de garant\u00eda del poder adquisitivo de las pensiones, aprobada en 2021 y acordada con los interlocutores sociales. De esta manera, se da cumplimiento a la recomendaci\u00f3n 2\u00aa del Pacto de Toledo, que garantiza el poder adquisitivo de los pensionistas en base a la evoluci\u00f3n del IPC. <\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">La revalorizaci\u00f3n supone, aproximadamente, 570 euros adicionales al a\u00f1o para las personas con una pensi\u00f3n media de jubilaci\u00f3n, mientras que las pensiones medias del sistema aumentan en torno a 500 euros anuales. Este incremento beneficiar\u00e1 a los 9,4 millones de personas que reciben m\u00e1s de 10,4 millones de pensiones contributivas, adem\u00e1s de las 734.900 pensiones correspondientes al R\u00e9gimen de Clases Pasivas del Estado. <\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">El complemento para la reducci\u00f3n de la brecha de g\u00e9nero, por su parte, se revaloriza un 2,7% sobre la cuant\u00eda reconocida en 2025. <\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">Se mantiene el incremento de las pensiones m\u00ednimas, de las no contributivas (PNC) y del IMV de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto-ley 2\/2023 y en virtud de la recomendaci\u00f3n 15\u00aa del Pacto de Toledo.<\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">Las pensiones m\u00ednimas se incrementan en un 7% en 2026. Este porcentaje es mayor para pensiones con c\u00f3nyuge a cargo y de viudedad con cargas familiares que aumentar\u00e1n un 11,4%. Por su parte, las pensiones no contributivas y el Ingreso M\u00ednimo Vital se revalorizar\u00e1n un 11,4%, de acuerdo con lo establecido en el real decreto-ley. <\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">Las pensiones de vejez e invalidez (SOVI) se revalorizan en un 7,07% para 2026, lo que supone alcanzar los 599,60 euros mensuales en el caso de las no concurrentes, y los 582,10 euros mensuales para las concurrentes. <\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">La pensi\u00f3n m\u00ednima de jubilaci\u00f3n para titulares con 65 a\u00f1os o m\u00e1s en hogares unipersonales se fija en 13.106,80 euros anuales (frente a los 12.241,6 euros de 2025) y de 17.592,40 euros en los casos con c\u00f3nyuge a cargo (en 2025 ha sido de 15.786,4 euros). <\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">La asignaci\u00f3n por hijo a cargo o menor con discapacidad reconocida igual o superior al 65% alcanza en 2026 los 5.962,80 euros al a\u00f1o, mientras que la asignaci\u00f3n por hijo a cargo o menor con discapacidad reconocida igual o superior al 75% se sit\u00faa en 8.942,40 euros anuales, es decir, un incremento interanual del 2,7%. <\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">El real decreto-ley incluye otras medidas que afectan a colectivos espec\u00edficos. Se regula una cotizaci\u00f3n adicional para los bomberos forestales y los agentes forestales y medioambientales, lo que permite activar los coeficientes reductores que hacen posible el anticipo de la edad de jubilaci\u00f3n de estos colectivos, en reconocimiento a la especial penosidad y peligrosidad de su trabajo. <\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">e ampl\u00eda hasta el 31 de diciembre de 2026 la posibilidad de que los facultativos de Atenci\u00f3n Primaria, m\u00e9dicos de familia y pediatras puedan compatibilizar la pensi\u00f3n de jubilaci\u00f3n con el ejercicio de su actividad profesional. <\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">El texto aprobado incluye tambi\u00e9n distintos ajustes t\u00e9cnicos en materia de cotizaciones Se actualiza la base m\u00ednima de cotizaci\u00f3n y los grupos de cotizaci\u00f3n. El tope m\u00e1ximo de cotizaci\u00f3n se fija en 5.101,20 euros y actualiza la cotizaci\u00f3n del Mecanismo de Equidad Intergeneracional, as\u00ed como la cuota de solidaridad y, en el caso de los trabajadores aut\u00f3nomos, se prorrogan durante 2026 los tramos de rendimientos netos vigentes en 2025.<\/p>\n<p>Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes<a href=\"https:\/\/www.lamoncloa.gob.es\/consejodeministros\/referencias\/Paginas\/2026\/20260203-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx\" name=\"social\" id=\"social\" onclick=\"javascript:GoogleTrackEvent(&#039;True&#039;,&#039;Contenido&#039;,&#039;Click&#039;,&#039;[https:\/\/www.lamoncloa.gob.es\/consejodeministros\/referencias\/paginas\/2026\/20260203-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx] PR\u00d3RROGA DE MEDIDAS EN MATERIA DE VIVIENDA PARA HACER FRENTE A SITUACIONES DE VULNERABILIDAD SOCIAL. [\/consejodeministros\/referencias\/Paginas\/2026\/20260203-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx]&#039;);\" rel=\"nofollow noopener\" target=\"_blank\">PR\u00d3RROGA DE MEDIDAS EN MATERIA DE VIVIENDA PARA HACER FRENTE A SITUACIONES DE VULNERABILIDAD SOCIAL<\/a><\/p>\n<p>El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto-ley por el que se prorrogan medidas en materia de vivienda para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social.<\/p>\n<p>Concretamente, se extiende el periodo de suspensi\u00f3n de los desahucios y lanzamientos de hogares vulnerables econ\u00f3mica y socialmente de su vivienda habitual hasta el 31 de diciembre de 2026. Se mantiene, de este modo, el escudo que protege a las personas inquilinas sin alternativa habitacional que, por causas sobrevenidas, no pueden afrontar el pago del alquiler.<\/p>\n<p>Las personas propietarias de 1 o 2 viviendas (o en situaci\u00f3n de vulnerabilidad) no se ver\u00e1n afectadas por la pr\u00f3rroga de este escudo social: corresponder\u00e1 a los servicios sociales competentes la b\u00fasqueda de una alternativa habitacional de emergencia.<\/p>\n<p>Se refuerzan las compensaciones para las personas propietarias, en l\u00ednea con el acuerdo del Consejo de Ministros de la semana pasaba que dot\u00f3 con 300 millones el sistema de avales ante eventuales impagos.<\/p>\n<p>Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes<a href=\"https:\/\/www.lamoncloa.gob.es\/consejodeministros\/referencias\/Paginas\/2026\/20260203-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx\" name=\"agencia\" id=\"agencia\" onclick=\"javascript:GoogleTrackEvent(&#039;True&#039;,&#039;Contenido&#039;,&#039;Click&#039;,&#039;[https:\/\/www.lamoncloa.gob.es\/consejodeministros\/referencias\/paginas\/2026\/20260203-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx] AGENCIA ESTATAL DE EVALUACI\u00d3N DE POL\u00cdTICAS P\u00daBLICAS. [\/consejodeministros\/referencias\/Paginas\/2026\/20260203-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx]&#039;);\" rel=\"nofollow noopener\" target=\"_blank\">AGENCIA ESTATAL DE EVALUACI\u00d3N DE POL\u00cdTICAS P\u00daBLICAS<\/a><\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">El Consejo de Ministros ha aprobado, mediante real decreto, el estatuto de la Agencia Estatal de Evaluaci\u00f3n de Pol\u00edticas P\u00fablicas, que queda adscrita al Ministerio de Econom\u00eda, Comercio y Empresa.<\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">Se cumple un hito con la puesta en marcha de esta Agencia, creada por la Ley 27\/2022, de 20 de diciembre, y que tiene como objetivo principal la evaluaci\u00f3n sistem\u00e1tica de las pol\u00edticas p\u00fablicas en la Administraci\u00f3n General del Estado, en l\u00ednea con las recomendaciones de la Uni\u00f3n Europea y la OCDE.<\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">Con esta iniciativa se da un paso significativo para institucionalizar la valoraci\u00f3n de las decisiones de la administraci\u00f3n en Espa\u00f1a, y para conseguir una mayor eficacia, eficiencia y calidad de las pol\u00edticas, reforzando la transparencia y la rendici\u00f3n de cuentas. <\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">La Agencia contar\u00e1 con un alto grado de autonom\u00eda y asumir\u00e1 las funciones del Instituto de Evaluaci\u00f3n de Pol\u00edticas P\u00fablicas, que se disolver\u00e1 tras la constituci\u00f3n del Consejo Rector de la nueva Agencia, en un plazo de tres meses desde la publicaci\u00f3n del estatuto aprobado en el BOE.<\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">Los antecedentes de esta iniciativa se remontan al a\u00f1o 2006, cuando se cre\u00f3 la Agencia Estatal de Evaluaci\u00f3n de las Pol\u00edticas P\u00fablicas y la Calidad de los Servicios (AEVAL). Aquella AEVAL ten\u00eda funciones limitadas y su actividad se vio muy condicionada por la escasez de medios. Finalmente, se disolvi\u00f3 en 2017 y sus funciones pasaron a ser asumidas por la Secretar\u00eda de Estado de Funci\u00f3n P\u00fablica, a trav\u00e9s del Instituto de Evaluaci\u00f3n de Pol\u00edticas P\u00fablicas, que desde el a\u00f1o 2024 est\u00e1 adscrito al Ministerio de Econom\u00eda, Comercio y Empresa. La nueva Agencia Estatal de Evaluaci\u00f3n de Pol\u00edticas P\u00fablicas sustituye a este Instituto e institucionaliza definitivamente el examen de la toma de decisiones en la Administraci\u00f3n General de Estado (AGE). <\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">Entre las competencias de la nueva Agencia Estatal de Evaluaci\u00f3n de Pol\u00edticas P\u00fablicas se incluyen la formulaci\u00f3n de metodolog\u00edas de evaluaci\u00f3n, la elaboraci\u00f3n del Plan de Evaluaciones Estrat\u00e9gicas del Gobierno y la realizaci\u00f3n de evaluaciones de pol\u00edticas p\u00fablicas a instancia de cualquier \u00f3rgano colegiado del Gobierno.<\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">La Agencia presentar\u00e1 su primer plan en el segundo semestre de este a\u00f1o tras la constituci\u00f3n del Consejo Rector. Este Plan de Evaluaciones Estrat\u00e9gicas detallar\u00e1 las pol\u00edticas p\u00fablicas estatales que ser\u00e1n objeto de evaluaci\u00f3n, el tipo de evaluaci\u00f3n que se realizar\u00e1 en cada caso, as\u00ed como los recursos y plazos de realizaci\u00f3n previstos. Las pol\u00edticas p\u00fablicas que se vayan a incluir ser\u00e1n relevantes desde el punto de vista del impacto social y econ\u00f3mico y del gasto previsto. <\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">El estatuto regula los \u00f3rganos de gobierno de la Agencia y sus funciones, distinguiendo entre:<\/p>\n<ul class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">\n<li>La Presidencia, asumida por el ministro de Econom\u00eda, Comercio y Empresa.<\/li>\n<li>El Consejo Rector, integrado por la presidencia y once vocales. Los vocales incluyen a la persona que asume la direcci\u00f3n de la Agencia, los representantes de los Ministerios de Econom\u00eda, Hacienda, Transformaci\u00f3n Digital, Banco de Espa\u00f1a, CSIC, AIRef e INE. Adem\u00e1s, se integran en el Consejo Rector tres expertos independientes en materia de la evaluaci\u00f3n de pol\u00edticas p\u00fablicas con reconocido prestigio y experiencia de al menos diez a\u00f1os en este \u00e1mbito, con un mandato de tres a\u00f1os renovable. Se regula tambi\u00e9n un Comit\u00e9 de \u00c9tica y la Comisi\u00f3n de Control.<\/li>\n<\/ul>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">El estatuto recoge tambi\u00e9n la estructura org\u00e1nica de la Agencia, regulando la composici\u00f3n, funciones y funcionamiento de sus diferentes \u00f3rganos y unidades. El m\u00e1ximo \u00f3rgano ejecutivo de la Agencia es la Direcci\u00f3n, responsable de su direcci\u00f3n y gesti\u00f3n ordinaria. La persona titular de la direcci\u00f3n tendr\u00e1 un mandato de cinco a\u00f1os, renovable por un \u00fanico mandato adicional.<\/p>\n<p>Defensa<a href=\"https:\/\/www.lamoncloa.gob.es\/consejodeministros\/referencias\/Paginas\/2026\/20260203-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx\" name=\"defensa\" id=\"defensa\" onclick=\"javascript:GoogleTrackEvent(&#039;True&#039;,&#039;Contenido&#039;,&#039;Click&#039;,&#039;[https:\/\/www.lamoncloa.gob.es\/consejodeministros\/referencias\/paginas\/2026\/20260203-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx] ADQUISICIONES EN COM\u00daN Y PROYECTOS COLABORATIVOS EN EL MARCO DE LAS INICIATIVAS EUROPEAS DE DEFENSA. [\/consejodeministros\/referencias\/Paginas\/2026\/20260203-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx]&#039;);\" rel=\"nofollow noopener\" target=\"_blank\">ADQUISICIONES EN COM\u00daN Y PROYECTOS COLABORATIVOS EN EL MARCO DE LAS INICIATIVAS EUROPEAS DE DEFENSA<\/a><\/p>\n<p>El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se regulan las adquisiciones en com\u00fan y proyectos colaborativos en el marco de las iniciativas europeas de defensa.<\/p>\n<p>Su objeto es regular la participaci\u00f3n del Ministerio de Defensa en adquisiciones en com\u00fan de material de defensa y productos relacionados, que sean objeto de financiaci\u00f3n en el marco del Reglamento (UE) 2025\/1106, del Consejo, de 27 de mayo de 2025, por el que se crea el instrumento \u00abAcci\u00f3n por la Seguridad de Europa (SAFE) mediante el refuerzo de la Industria Europea de Defensa\u00bb.<\/p>\n<p>Esta regulaci\u00f3n permite que el Ministerio de Defensa, en ejecuci\u00f3n de la normativa comunitaria en vigor sobre compras y proyectos colaborativos, pueda llevar a cabo, en los t\u00e9rminos establecidos en el mismo y previo acuerdo del Consejo de Ministros, las actuaciones de contrataci\u00f3n, apoyo log\u00edstico y transferencia de tecnolog\u00eda necesarias para la obtenci\u00f3n del objeto de los contratos de obras, servicios, suministros de material de defensa, as\u00ed como proyectos colaborativos multinacionales en I+D+i asociada a defensa y programas europeos en la materia.<\/p>\n<p>Interior<a href=\"https:\/\/www.lamoncloa.gob.es\/consejodeministros\/referencias\/Paginas\/2026\/20260203-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx\" name=\"civil\" id=\"civil\" onclick=\"javascript:GoogleTrackEvent(&#039;True&#039;,&#039;Contenido&#039;,&#039;Click&#039;,&#039;[https:\/\/www.lamoncloa.gob.es\/consejodeministros\/referencias\/paginas\/2026\/20260203-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx] NUEVA REGULACI\u00d3N DE LAS BAJAS M\u00c9DICAS PARA LA GUARDIA CIVIL. [\/consejodeministros\/referencias\/Paginas\/2026\/20260203-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx]&#039;);\" rel=\"nofollow noopener\" target=\"_blank\">NUEVA REGULACI\u00d3N DE LAS BAJAS M\u00c9DICAS PARA LA GUARDIA CIVIL<\/a><\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">El Consejo de Ministros ha aprobado una nueva regulaci\u00f3n de la situaci\u00f3n de incapacidad temporal para el personal de la Guardia Civil, que por primera vez se ordena mediante una norma con rango de real decreto, de acuerdo con la habilitaci\u00f3n contemplada en los art\u00edculos 102 y 103 de la Ley 29\/2014, de 28 de noviembre, de R\u00e9gimen del Personal de la Guardia Civil.<\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">El real decreto desarrolla la estructura, composici\u00f3n y funciones de la sanidad de la Guardia Civil en la gesti\u00f3n de las bajas por incapacidad temporal, que podr\u00e1n ser de muy corta duraci\u00f3n (de 1 a 4 d\u00edas), cortas (de 5 a 30 d\u00edas), de duraci\u00f3n media (de 31 a 60 d\u00edas) y de larga duraci\u00f3n (m\u00e1s de 60 d\u00edas). <\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">Entre otras novedades, la norma define y concreta las bajas producidas en acto de servicio, opta por el soporte digital para la remisi\u00f3n de los partes m\u00e9dicos e impone la obligaci\u00f3n de notificar al \u00f3rgano m\u00e9dico de la unidad de destino, en un plazo m\u00e1ximo de dos d\u00edas, el hecho de estar en tratamiento psiqui\u00e1trico o psicofarmacol\u00f3gico.<\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">El real decreto concilia los supuestos en que puedan coincidir bajas m\u00e9dicas con permisos de nacimiento (madre biol\u00f3gica u otro progenitor) y tiene en cuenta las situaciones de riesgo durante el embarazo y la lactancia natural, a cuyo efecto la unidad de prevenci\u00f3n emitir\u00e1 informe sobre las adaptaciones del puesto de trabajo.<\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">La nueva regulaci\u00f3n apuesta por un impacto de g\u00e9nero positivo al establecer que las guardias civiles que no puedan prestar servicio por las razones previstas en el R\u00e9gimen General de la Seguridad Social (menstruaci\u00f3n incapacitante, interrupci\u00f3n del embarazo voluntaria o no, mientras reciba asistencia sanitaria, etc.) percibir\u00e1n la totalidad de sus retribuciones mientras se mantengan las circunstancias que motivan la baja. <\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">Por \u00faltimo, el real decreto articula actuaciones para la detecci\u00f3n del consumo de alcohol o de drogas t\u00f3xicas, estupefacientes o sustancias psicotr\u00f3picas, mediante reconocimientos y pruebas.<\/p>\n<p>Transportes y Movilidad Sostenible<a href=\"https:\/\/www.lamoncloa.gob.es\/consejodeministros\/referencias\/Paginas\/2026\/20260203-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx\" name=\"burgos\" id=\"burgos\" onclick=\"javascript:GoogleTrackEvent(&#039;True&#039;,&#039;Contenido&#039;,&#039;Click&#039;,&#039;[https:\/\/www.lamoncloa.gob.es\/consejodeministros\/referencias\/paginas\/2026\/20260203-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx] CONEXI\u00d3N DEL PA\u00cdS VASCO A LA RED DE ALTA VELOCIDAD Y AL CORREDOR ATL\u00c1NTICO. [\/consejodeministros\/referencias\/Paginas\/2026\/20260203-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx]&#039;);\" rel=\"nofollow noopener\" target=\"_blank\">CONEXI\u00d3N DEL PA\u00cdS VASCO A LA RED DE ALTA VELOCIDAD Y AL CORREDOR ATL\u00c1NTICO<\/a><\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">El Consejo de Ministros ha autorizado a licitar por 295,5 millones de euros (IVA no incluido) la construcci\u00f3n de otro tramo de la nueva L\u00ednea de Alta Velocidad (LAV) Burgos-Vitoria. Se trata del tramo de 22,7 kil\u00f3metros comprendido entre Pi\u00e9rnigas y Pancorbo. <\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">La autorizaci\u00f3n de licitaci\u00f3n a Adif AV se suma a las autorizaciones aprobadas para otros dos tramos: el de 16,7 kil\u00f3metros comprendido entre la variante ferroviaria de Burgos y Valle de las Navas; y el tramo entre Manzanos y La Puebla de Arganz\u00f3n (Burgos), de siete kil\u00f3metros. Tambi\u00e9n se suma al tramo de 8,4 kil\u00f3metros entre Pancorbo y Ameyugo que ya est\u00e1 en construcci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">Se contin\u00faa as\u00ed con el desarrollo de la LAV Burgos-Vitoria, la cual conectar\u00e1 el Pa\u00eds Vasco a la red de Alta Velocidad, dado que ya est\u00e1n en marcha cuatro de los siete tramos en que se ha estructurado la construcci\u00f3n de su plataforma, que suman 54,8 kil\u00f3metros, mientras se ultima la redacci\u00f3n y licitaci\u00f3n de los tres restantes.<\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">El trazado que se autoriza licitar, el Pi\u00e9rnigas-Pancorbo, conecta con el tramo en ejecuci\u00f3n (el Pancorbo-Ameyugo). En concreto, contempla la ejecuci\u00f3n de 22,7 kil\u00f3metros de plataforma e incluye la construcci\u00f3n de doce viaductos, entre los que figuran dos sobre el r\u00edo Oroncillo (de 1,8 kil\u00f3metros y 1,4 kil\u00f3metros) y el viaducto sobre el r\u00edo Oca (de 0,9 kil\u00f3metros). <\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">El tramo, que discurre por hasta once t\u00e9rminos municipales de la provincia de Burgos, incluye adem\u00e1s un puesto de adelantamiento y estacionamiento de trenes (PAET).<\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">La LAV Burgos-Vitoria, eje estrat\u00e9gico del Corredor Atl\u00e1ntico, conectar\u00e1 el Pa\u00eds Vasco a la red de Alta Velocidad y mejorar\u00e1 su comunicaci\u00f3n y tiempos de viaje con el centro y el resto del pa\u00eds, reforzando la cohesi\u00f3n y vertebraci\u00f3n territorial. <\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">La nueva l\u00ednea da continuidad a la L\u00ednea de Alta Velocidad Madrid-Valladolid-Burgos, no s\u00f3lo hasta el Pa\u00eds Vasco, donde enlazar\u00e1 con la que actualmente se construye entre las tres capitales vascas, sino tambi\u00e9n a la frontera francesa por Ir\u00fan. <\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">Esta actuaci\u00f3n contribuye a los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) n\u00famero 9 (fomento de infraestructuras sostenibles, eficientes y de calidad), el n\u00famero 7 (sostenibilidad), y el n\u00famero 8 (contribuci\u00f3n al crecimiento econ\u00f3mico y la generaci\u00f3n de empleo).<\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">Estas actuaciones podr\u00e1n ser cofinanciadas por el Mecanismo \u00abConectar Europa\u00bb de la Uni\u00f3n Europea (CEF).<\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-content\/uploads\/2026\/02\/burgos.png\" alt=\"\" title=\"\"\/><\/p>\n<p>Educaci\u00f3n, Formaci\u00f3n Profesional y Deportes<a href=\"https:\/\/www.lamoncloa.gob.es\/consejodeministros\/referencias\/Paginas\/2026\/20260203-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx\" name=\"educativa\" id=\"educativa\" onclick=\"javascript:GoogleTrackEvent(&#039;True&#039;,&#039;Contenido&#039;,&#039;Click&#039;,&#039;[https:\/\/www.lamoncloa.gob.es\/consejodeministros\/referencias\/paginas\/2026\/20260203-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx] NUEVA REGULACI\u00d3N DE LA INSPECCI\u00d3N EDUCATIVA. [\/consejodeministros\/referencias\/Paginas\/2026\/20260203-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx]&#039;);\" rel=\"nofollow noopener\" target=\"_blank\">NUEVA REGULACI\u00d3N DE LA INSPECCI\u00d3N EDUCATIVA<\/a><\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto que regula la Inspecci\u00f3n Educativa. Este real decreto, que deroga el Real Decreto 2193\/1995, tiene por objeto regular los aspectos generales relativos a la inspecci\u00f3n educativa, incluyendo su evaluaci\u00f3n, el acceso al Cuerpo de Inspectores de Educaci\u00f3n, as\u00ed como la formaci\u00f3n y cualificaci\u00f3n profesional de los inspectores e inspectoras de educaci\u00f3n y su desarrollo profesional.<\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">Se refuerzan las funciones de asesoramiento y orientaci\u00f3n a equipos directivos y a los distintos componentes de la comunidad educativa. Se destacan los principios de transparencia en sus actuaciones y procedimientos, as\u00ed como la independencia de criterio t\u00e9cnico y la defensa de los derechos fundamentales, las libertades p\u00fablicas y el inter\u00e9s com\u00fan, especialmente el inter\u00e9s superior del menor.<\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">En cuanto al acceso al Cuerpo de Inspectores de Educaci\u00f3n y la provisi\u00f3n de puestos de forma temporal, este real decreto lo actualiza en su cap\u00edtulo dos (el texto consta de cinco cap\u00edtulos) mediante un proceso de concurso oposici\u00f3n que garantiza el conocimiento amplio y transversal del sistema educativo.<\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">La fase de oposici\u00f3n consta de tres pruebas: una en la que se debe dar respuesta por escrito a un cuestionario de preguntas de desarrollo breve para cubrir el conjunto del temario; otra que consiste en una prueba pr\u00e1ctica sobre t\u00e9cnicas y competencias necesarias para la actuaci\u00f3n de la inspecci\u00f3n, y otra en la que se pedir\u00e1 a los aspirantes la exposici\u00f3n oral de un tema. Una caracter\u00edstica com\u00fan a las pruebas es su orientaci\u00f3n competencial.<\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">El objetivo es establecer un marco b\u00e1sico en materia de inspecci\u00f3n educativa adaptado a las modificaciones normativas que se han producido en los \u00faltimos a\u00f1os y que d\u00e9 respuesta a las necesidades actuales, y para ello se ha dialogado con las principales organizaciones sindicales y asociaciones que representan a los inspectores e inspectoras del pa\u00eds, as\u00ed como con representantes de las administraciones educativas de las comunidades aut\u00f3nomas para contar con su colaboraci\u00f3n en la redacci\u00f3n del texto desde sus primeros borradores.<\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">Los aspectos fundamentales del real decreto, que regula a un cuerpo docente entre cuyos fines est\u00e1 la garant\u00eda del pleno ejercicio del derecho a la educaci\u00f3n, la mejora del sistema educativo y la calidad y equidad de la ense\u00f1anza, son: <\/p>\n<ul class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">\n<li>Se regula, en una \u00fanica norma, la inspecci\u00f3n educativa, superando la dispersi\u00f3n normativa que exist\u00eda y las sucesivas modificaciones sufridas en su regulaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Se regulan, en algunos casos con car\u00e1cter no b\u00e1sico, aspectos de la funci\u00f3n inspectora hasta ahora no contemplados en ning\u00fan marco estatal y que se consideran necesarios para establecer un marco actualizado para el ejercicio de la inspecci\u00f3n educativa, como los permisos para formaci\u00f3n, la carrera profesional, los recursos t\u00e9cnicos para realizar el trabajo, la prestaci\u00f3n de servicios a distancia y la evaluaci\u00f3n de la funci\u00f3n inspectora.<\/li>\n<li>Se regula el reconocimiento de las especiales atribuciones y responsabilidades que comporta el ejercicio de la funci\u00f3n inspectora educativa y de la naturaleza docente del Cuerpo de Inspectores de Educaci\u00f3n, as\u00ed como de las \u00abpeculiaridades\u00bb y \u00absuperiores exigencias\u00bb propias de su sistema de acceso en relaci\u00f3n con los cuerpos docentes no universitarios, hecho que \u00abcomportar\u00e1 el debido reconocimiento por parte de las administraciones educativas de las que depende y la percepci\u00f3n de los complementos retributivos acordes a dicha consideraci\u00f3n\u00bb.<\/li>\n<li>Permite a las administraciones educativas configurar modelos organizativos y funcionales y adaptar ciertos contenidos de esta regulaci\u00f3n a sus peculiaridades organizativas, en consonancia con el art\u00edculo 154 de la LOE, que establece la capacidad auton\u00f3mica para configurar la inspecci\u00f3n educativa.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Agricultura, Pesca y Alimentaci\u00f3n<a href=\"https:\/\/www.lamoncloa.gob.es\/consejodeministros\/referencias\/Paginas\/2026\/20260203-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx\" name=\"animal\" id=\"animal\" onclick=\"javascript:GoogleTrackEvent(&#039;True&#039;,&#039;Contenido&#039;,&#039;Click&#039;,&#039;[https:\/\/www.lamoncloa.gob.es\/consejodeministros\/referencias\/paginas\/2026\/20260203-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx] REAL DECRETO DE BIENESTAR ANIMAL. [\/consejodeministros\/referencias\/Paginas\/2026\/20260203-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx]&#039;);\" rel=\"nofollow noopener\" target=\"_blank\">REAL DECRETO DE BIENESTAR ANIMAL<\/a><\/p>\n<p>El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto que refuerza las herramientas para avanzar hacia una coordinaci\u00f3n m\u00e1s eficaz entre las administraciones implicadas en la aplicaci\u00f3n de la normativa de bienestar de los animales mantenidos con fines agrarios y para la acuicultura, y mejora la gesti\u00f3n, ordenaci\u00f3n y difusi\u00f3n del conocimiento t\u00e9cnico en esta materia.<\/p>\n<p>La norma da respuesta a la legislaci\u00f3n europea sobre controles oficiales, que establece la necesidad de garantizar una coordinaci\u00f3n eficiente cuando en un mismo \u00e1mbito de actuaci\u00f3n intervienen varias autoridades competentes. En Espa\u00f1a, en el caso del bienestar animal, las comunidades aut\u00f3nomas son las autoridades competentes en su territorio, mientras que la Administraci\u00f3n General del Estado ejerce competencias en los controles en frontera, entre otras.<\/p>\n<p>Con este objetivo, el real decreto crea la mesa de coordinaci\u00f3n sobre bienestar y protecci\u00f3n de los animales mantenidos con fines agrarios y para la acuicultura, como \u00f3rgano colegiado de car\u00e1cter interadministrativo e interministerial encargado de reforzar la cooperaci\u00f3n y la coherencia en el control oficial del cumplimiento de la normativa.<\/p>\n<p>La mesa estar\u00e1 integrada por representantes de las comunidades aut\u00f3nomas que decidan participar, as\u00ed como por otros departamentos y organismos con competencias relacionadas, como el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, en lo relativo al transporte de animales; el Ministerio del Interior, por sus funciones en materia de control y maltrato animal; y la Agencia Espa\u00f1ola de Seguridad Alimentaria y Nutrici\u00f3n (AESAN), en relaci\u00f3n con la protecci\u00f3n de los animales en los mataderos.<\/p>\n<p>Entre las funciones principales de la mesa figuran el seguimiento y la coordinaci\u00f3n de las actuaciones de control oficial, el asesoramiento para la elaboraci\u00f3n de normativa estatal, la preparaci\u00f3n de procedimientos comunes, la propuesta de planes coordinados de control y la creaci\u00f3n de grupos de trabajo especializados para asuntos concretos.<\/p>\n<p>La mesa se reunir\u00e1, al menos, una vez cada semestre y trabajar\u00e1 con car\u00e1cter general en pleno, aunque podr\u00e1 constituir grupos de trabajo temporales para abordar cuestiones espec\u00edficas, cuyas propuestas ser\u00e1n elevadas posteriormente para su aprobaci\u00f3n.<\/p>\n<p>El real decreto pone en marcha, adem\u00e1s, otras dos herramientas organizativas complementarias: la designaci\u00f3n de un punto de coordinaci\u00f3n del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentaci\u00f3n con los centros de referencia de bienestar animal de la Uni\u00f3n Europea, y el nombramiento de un Centro Nacional de Referencia de bienestar animal.<\/p>\n<p>El punto de coordinaci\u00f3n, que se asigna a la Divisi\u00f3n de Bienestar Animal de la Direcci\u00f3n General de Sanidad de la Producci\u00f3n Agroalimentaria y Bienestar Animal, permitir\u00e1 mejorar la difusi\u00f3n del conocimiento generado por los cuatro centros de referencia de la Uni\u00f3n Europea en esta materia.<\/p>\n<p>Asimismo, se designa como Centro Nacional de Referencia de bienestar animal, por un periodo de cuatro a\u00f1os, al consorcio formado por el Instituto de Investigaci\u00f3n y Tecnolog\u00eda Agroalimentarias (IRTA), la Universidad Aut\u00f3noma de Barcelona (UAB) y EXPASA Agricultura y Ganader\u00eda, tras el procedimiento correspondiente desarrollado en 2025.<\/p>\n<p>Pol\u00edtica Territorial y Memoria Democr\u00e1tica<a href=\"https:\/\/www.lamoncloa.gob.es\/consejodeministros\/referencias\/Paginas\/2026\/20260203-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx\" name=\"dana\" id=\"dana\" onclick=\"javascript:GoogleTrackEvent(&#039;True&#039;,&#039;Contenido&#039;,&#039;Click&#039;,&#039;[https:\/\/www.lamoncloa.gob.es\/consejodeministros\/referencias\/paginas\/2026\/20260203-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx] COMISI\u00d3N MIXTA PARA LA RECONSTRUCCI\u00d3N Y RECUPERACI\u00d3N TRAS LA DANA. [\/consejodeministros\/referencias\/Paginas\/2026\/20260203-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx]&#039;);\" rel=\"nofollow noopener\" target=\"_blank\">COMISI\u00d3N MIXTA PARA LA RECONSTRUCCI\u00d3N Y RECUPERACI\u00d3N TRAS LA DANA<\/a><\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se crea la Comisi\u00f3n Mixta para la reconstrucci\u00f3n y recuperaci\u00f3n tras los da\u00f1os provocados en la Comunitat Valenciana por la Depresi\u00f3n Aislada en Niveles Altos (DANA), adscrita al Ministerio de Pol\u00edtica Territorial y Memoria Democr\u00e1tica e integrada por representantes de la AGE, de la Generalitat Valenciana y de las entidades locales m\u00e1s afectadas de la Comunitat Valenciana, con el objetivo de planificar, impulsar y coordinar las actuaciones y medidas que desarrollen las administraciones p\u00fablicas para paliar los da\u00f1os producidos.<\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">La DANA acaecida entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024 afect\u00f3 gravemente a la Comunitat Valenciana, Castilla-La Mancha, Andaluc\u00eda, Catalu\u00f1a y, en menor medida, a Illes Balears y Arag\u00f3n. <\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">Desde el inicio de esta situaci\u00f3n excepcional se articul\u00f3, entre el Gobierno, la Generalitat Valenciana y el conjunto de administraciones p\u00fablicas implicadas, una coordinaci\u00f3n permanente y singular. <\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">La persona titular del Comisionado especial para la reconstrucci\u00f3n y reparaci\u00f3n de los da\u00f1os provocados por la DANA, paralelamente, ha participado en diversas reuniones con los vicepresidentes de la Generalitat Valenciana para la Reconstrucci\u00f3n y recuperaci\u00f3n de la Comunitat Valenciana.<\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">Se crea la Comisi\u00f3n Mixta para la reconstrucci\u00f3n y recuperaci\u00f3n tras los da\u00f1os provocados en la Comunitat Valenciana como un mecanismo adicional de coordinaci\u00f3n, como un espacio de trabajo compartido y colaborativo, fundamentado en los principios de lealtad institucional y de rendici\u00f3n de cuentas, en el cual estar\u00e1n representados el Gobierno, la Generalitat Valenciana, la Diputaci\u00f3n de Valencia y todos los ayuntamientos de la Comunitat Valenciana afectados por la DANA.<\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">La Comisi\u00f3n Mixta ser\u00e1 copresidida de forma simult\u00e1nea por la persona titular del Ministerio de Pol\u00edtica Territorial y Memoria Democr\u00e1tica y por la persona titular de la Presidencia de la Generalitat Valenciana. La Comisi\u00f3n Mixta estar\u00e1 integrada por:<\/p>\n<ul class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">\n<li>Tres representantes de la AGE designados por la persona titular del Ministerio de Pol\u00edtica Territorial y Memoria Democr\u00e1tica. Uno de ellos ser\u00e1 la persona titular del Comisionado especial para la reconstrucci\u00f3n y reparaci\u00f3n de los da\u00f1os provocados por la DANA en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024. <\/li>\n<li>Tres representantes designados por la persona titular de la Presidencia de la Generalitat Valenciana.<\/li>\n<li>Un representante por cada una de las entidades locales m\u00e1s afectadas del \u00e1mbito de la Comunitat Valenciana, que ser\u00e1n el presidente de la Diputaci\u00f3n Provincial de Valencia y las personas titulares de las Alcald\u00edas de los municipios de la Comunitat Valenciana incluidos en el anexo del Real Decreto-ley 6\/2024, de 5 de noviembre.<\/li>\n<\/ul>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">Las funciones de la Comisi\u00f3n Mixta son:<\/p>\n<ul class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">\n<li>Asegurar la actuaci\u00f3n coordinada de las diferentes administraciones para una adecuada evaluaci\u00f3n de las necesidades de la poblaci\u00f3n afectada que permita adoptar medidas de forma \u00e1gil que beneficien a los damnificados.<\/li>\n<li>Planificar y coordinar las actividades de reconstrucci\u00f3n y recuperaci\u00f3n de las zonas afectadas por los da\u00f1os, y la prestaci\u00f3n de los servicios necesarios para atender a la poblaci\u00f3n afectada.<\/li>\n<li>Asegurar el correcto funcionamiento de los mecanismos de coordinaci\u00f3n de la gesti\u00f3n y tramitaci\u00f3n de las ayudas concedidas por las distintas administraciones p\u00fablicas a los damnificados, y proponer la adopci\u00f3n de medidas de impulso y agilizaci\u00f3n de las ayudas o prestaciones que se puedan otorgar a las personas afectadas.<\/li>\n<li>Realizar labores de seguimiento de las medidas adoptadas por las administraciones afectadas.<\/li>\n<\/ul>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">Asumir\u00e1, adem\u00e1s, las funciones de la Comisi\u00f3n de Coordinaci\u00f3n prevista en el art\u00edculo 25.2 de la Ley 17\/2015, de Protecci\u00f3n Civil, con relaci\u00f3n a las actuaciones y medidas que se desarrollen para paliar los da\u00f1os causados por la DANA, a fin de evitar la duplicidad de \u00f3rganos administrativos.<\/p>\n<p>Pol\u00edtica Territorial y Memoria Democr\u00e1tica<a href=\"https:\/\/www.lamoncloa.gob.es\/consejodeministros\/referencias\/Paginas\/2026\/20260203-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx\" name=\"moros\" id=\"moros\" onclick=\"javascript:GoogleTrackEvent(&#039;True&#039;,&#039;Contenido&#039;,&#039;Click&#039;,&#039;[https:\/\/www.lamoncloa.gob.es\/consejodeministros\/referencias\/paginas\/2026\/20260203-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx] CONSULTA POPULAR SOBRE LAS FIESTAS DE MOROS Y CRISTIANOS. [\/consejodeministros\/referencias\/Paginas\/2026\/20260203-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx]&#039;);\" rel=\"nofollow noopener\" target=\"_blank\">CONSULTA POPULAR SOBRE LAS FIESTAS DE MOROS Y CRISTIANOS<\/a><\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se autoriza la celebraci\u00f3n de una consulta popular en el municipio de Castalla (Alicante) para elegir entre dos fechas para la celebraci\u00f3n de sus fiestas mayores de moros y cristianos.<\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">El art\u00edculo 149.1.32\u00aa de la Constituci\u00f3n Espa\u00f1ola establece como competencia exclusiva del Estado la \u00abautorizaci\u00f3n para la convocatoria de consultas populares por v\u00eda de refer\u00e9ndum\u00bb. <\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">Por otro lado, la Ley 7\/1985, Reguladora de las Bases del R\u00e9gimen Local, reconoce el derecho de los vecinos a pedir la consulta popular, regulando en su art\u00edculo 71 que \u00abprevio acuerdo por mayor\u00eda absoluta del Pleno y autorizaci\u00f3n del Gobierno de la Naci\u00f3n, se podr\u00e1n someter a consulta popular aquellos asuntos de la competencia propia municipal y de car\u00e1cter local que sean de especial relevancia para los intereses de los vecinos, con excepci\u00f3n de los relativos a la hacienda local\u00bb.<\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">Recabados los correspondientes informes, todos ellos favorables, y cumpliendo los requisitos legales exigidos, el Gobierno autoriza la celebraci\u00f3n de la consulta popular. <\/p>\n<p>Pol\u00edtica Territorial y Memoria Democr\u00e1tica<a href=\"https:\/\/www.lamoncloa.gob.es\/consejodeministros\/referencias\/Paginas\/2026\/20260203-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx\" name=\"MENAS\" id=\"MENAS\" onclick=\"javascript:GoogleTrackEvent(&#039;True&#039;,&#039;Contenido&#039;,&#039;Click&#039;,&#039;[https:\/\/www.lamoncloa.gob.es\/consejodeministros\/referencias\/paginas\/2026\/20260203-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx] INFORME SOBRE LA REUBICACI\u00d3N DE MENORES MIGRANTES NO ACOMPA\u00d1ADOS. [\/consejodeministros\/referencias\/Paginas\/2026\/20260203-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx]&#039;);\" rel=\"nofollow noopener\" target=\"_blank\">INFORME SOBRE LA REUBICACI\u00d3N DE MENORES MIGRANTES NO ACOMPA\u00d1ADOS<\/a><\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">El Consejo de Ministros ha tomado conocimiento del informe sobre el cumplimiento del Real Decreto-Ley 2\/25 de ampliaci\u00f3n del Art. 35 de la Ley de Extranjer\u00eda, sobre la reubicaci\u00f3n de menores migrantes no acompa\u00f1ados procedentes de las comunidades en contingencia migratoria: Canarias, Ceuta y Melilla. Adem\u00e1s, ha tomado conocimiento del cumplimiento de los autos del Tribunal Supremo sobre los ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes solicitantes de asilo.<\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">Desde el mes de septiembre, han sido reubicados en otros territorios 926 menores migrantes no acompa\u00f1ados.<\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">La totalidad de los menores extranjeros solicitantes de asilo, 693, forman parte del Sistema Nacional de Acogida Internacional, dando cumplimiento a los autos del Tribunal Supremo.<\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">De este modo, de los 926 menores reubicados en otros territorios, 440 son solicitantes de asilo y 486, en virtud del Real Decreto-Ley 2\/25 de ampliaci\u00f3n del Art. 35 de la Ley de Extranjer\u00eda.<\/p>\n<p>Cultura<a href=\"https:\/\/www.lamoncloa.gob.es\/consejodeministros\/referencias\/Paginas\/2026\/20260203-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx\" name=\"goya\" id=\"goya\" onclick=\"javascript:GoogleTrackEvent(&#039;True&#039;,&#039;Contenido&#039;,&#039;Click&#039;,&#039;[https:\/\/www.lamoncloa.gob.es\/consejodeministros\/referencias\/paginas\/2026\/20260203-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx] COMISI\u00d3N NACIONAL PARA LA CONMEMORACI\u00d3N DEL BICENTENARIO DEL FALLECIMIENTO DE GOYA. [\/consejodeministros\/referencias\/Paginas\/2026\/20260203-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx]&#039;);\" rel=\"nofollow noopener\" target=\"_blank\">COMISI\u00d3N NACIONAL PARA LA CONMEMORACI\u00d3N DEL BICENTENARIO DEL FALLECIMIENTO DE GOYA<\/a><\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se crea y regula la Comisi\u00f3n Nacional para la conmemoraci\u00f3n del Bicentenario del fallecimiento de Francisco de Goya, con el objetivo de impulsar y coordinar las actividades que se organicen entorno a esta efem\u00e9ride. Lo har\u00e1 a trav\u00e9s de la colaboraci\u00f3n entre las administraciones p\u00fablicas nacionales o internacionales, as\u00ed como con entidades p\u00fablicas y privadas especialistas en la vida y obra de Francisco de Goya.<\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">Esta Comisi\u00f3n tendr\u00e1 el cometido de impulsar un programa de actividades amplio y coherente que responda a las expectativas de esta conmemoraci\u00f3n cultural. Trabajar\u00e1 en apoyar y promover estudios acad\u00e9micos y divulgativos que profundicen y mejoren el conocimiento de la producci\u00f3n art\u00edstica del pintor, as\u00ed como en destacar sus aportaciones al arte y al avance de las libertades p\u00fablicas. Tambi\u00e9n asumir\u00e1 la difusi\u00f3n de su legado en colaboraci\u00f3n con las administraciones p\u00fablicas y organismos del pa\u00eds que quieran sumarse al proyecto, con una atenci\u00f3n especial a las instituciones y entidades de Arag\u00f3n. <\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\"><strong>Los miembros de la Comisi\u00f3n Nacional<\/strong><\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">Esta Comisi\u00f3n Nacional estar\u00e1 presidida por el presidente del Gobierno y sus vicepresidencias estar\u00e1n a cargo del ministro de Cultura, el ministro de Asuntos Exteriores, Uni\u00f3n Europea y Cooperaci\u00f3n y el ministro de Pol\u00edtica Territorial y Memoria Democr\u00e1tica.<\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">En su Pleno participan el Ministerio de Educaci\u00f3n, Formaci\u00f3n Profesional y Deportes, las Secretar\u00edas de Estado de Cultura, Pol\u00edtica Territorial, Memoria Democr\u00e1tica y de Cooperaci\u00f3n Internacional, as\u00ed como las Subsecretar\u00edas de Cultura, Presidencia y Hacienda. Est\u00e1n representadas instituciones como el Museo del Prado, el Consejo de Administraci\u00f3n del Patrimonio Nacional, Acci\u00f3n Cultural Espa\u00f1ola S.M.E., la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando y la Direcci\u00f3n General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes del Ministerio de Cultura. <\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">Formar\u00e1n parte, adem\u00e1s, representantes de otras entidades del sector p\u00fablico, de \u00f3rganos o instituciones de reconocido prestigio en el \u00e1mbito cultural y art\u00edstico, o que desarrollen actividades vinculadas a la actividad o al legado art\u00edstico de Francisco de Goya. El Pleno contar\u00e1 con representantes de instituciones privadas de prestigio, relacionadas con el estudio de la vida y la obra del artista, o dedicadas al impulso y promoci\u00f3n de la cultura, tanto a nivel nacional como internacional.<\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">Una vez aprobada la creaci\u00f3n de la Comisi\u00f3n Nacional, pr\u00f3ximamente ser\u00e1 convocada su reuni\u00f3n constitutiva, en la que se establecer\u00e1 su funcionamiento, se propondr\u00e1 una hoja de ruta en la que trabajar\u00e1n las instituciones implicadas en la conmemoraci\u00f3n. <\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\"><strong>El bicentenario del fallecimiento de Goya<\/strong><\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">En 2028 se cumplen dos siglos de la muerte de Francisco de Goya y Lucientes, fallecido en Burdeos el 16 de abril 1828. Nacido en Fuendetodos, Zaragoza, en 1746, es reconocido internacionalmente como uno de los artistas m\u00e1s importantes de la historia del arte. Figura clave de la pintura espa\u00f1ola y universal, su legado influy\u00f3 decisivamente en el desarrollo de los lenguajes de la contemporaneidad, abriendo una brecha en la pintura europea y los patrones est\u00e9ticos imperantes en su tiempo.<\/p>\n<p>Cultura<a href=\"https:\/\/www.lamoncloa.gob.es\/consejodeministros\/referencias\/Paginas\/2026\/20260203-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx\" name=\"senior\" id=\"senior\" onclick=\"javascript:GoogleTrackEvent(&#039;True&#039;,&#039;Contenido&#039;,&#039;Click&#039;,&#039;[https:\/\/www.lamoncloa.gob.es\/consejodeministros\/referencias\/paginas\/2026\/20260203-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx] MODIFICACI\u00d3N DEL REAL DECRETO 390\/2025 DE CONCESI\u00d3N DE SUBVENCIONES PARA FOMENTAR EL ACCESO AL CINE DE PERSONAS A PARTIR DE 65 A\u00d1OS. [\/consejodeministros\/referencias\/Paginas\/2026\/20260203-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx]&#039;);\" rel=\"nofollow noopener\" target=\"_blank\">MODIFICACI\u00d3N DEL REAL DECRETO 390\/2025 DE CONCESI\u00d3N DE SUBVENCIONES PARA FOMENTAR EL ACCESO AL CINE DE PERSONAS A PARTIR DE 65 A\u00d1OS<\/a><\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se autoriza la tramitaci\u00f3n administrativa urgente prevista en el art\u00edculo 27.1.b) de la Ley 50\/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, del proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 390\/2025, de 13 de mayo, por el que se regula la concesi\u00f3n directa de subvenciones a salas de exhibici\u00f3n cinematogr\u00e1fica para fomentar el acceso al cine de las personas de 65 o m\u00e1s a\u00f1os durante el periodo 2025-2026.<\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">Se trata de la modificaci\u00f3n del real decreto por el que se regula el programa Cine S\u00e9nior, con la finalidad de aumentar su presupuesto. Esta medida se toma ante el incremento del n\u00famero de espectadores en el marco del programa Cine S\u00e9nior, y con el objetivo de garantizar su continuidad hasta el mes de junio, tal como estaba previsto.<\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">La modificaci\u00f3n de este real decreto, que implica un aumento presupuestario de 3 millones de euros, tendr\u00e1 efectos retroactivos a partir del 1 de febrero de 2026. Con esta medida, se garantizan las subvenciones a salas cinematogr\u00e1ficas para fomentar el acceso al cine de las personas mayores de 65 a\u00f1os.<\/p>\n<p>La tercera edici\u00f3n del programa Cine S\u00e9nior, que arranc\u00f3 el pasado 24 de junio con una dotaci\u00f3n inicial de 8,5 millones de euros, presenta como novedad la ampliaci\u00f3n de su duraci\u00f3n a 12 meses. Est\u00e1n adheridas al programa 397 salas de todo el territorio espa\u00f1ol.<\/p>\n<p>El programa Cine S\u00e9nior no ha dejado de crecer desde su creaci\u00f3n. Seg\u00fan los datos de la Federaci\u00f3n de Cines de Espa\u00f1a (FECE), durante la segunda edici\u00f3n, que se desarroll\u00f3 entre mayo y diciembre de 2024, acudieron a las salas de cine durante 35 semanas un total de 1.689.115 espectadores s\u00e9nior, 764.391 m\u00e1s que en la edici\u00f3n de 2023, lo que supuso un incremento del 83% En esta tercera edici\u00f3n, durante las 28 primeras semanas ya se han alcanzado los 1.579.923 espectadores, lo cual apunta a un incremento aproximado del 73% en el n\u00famero de asistentes con respecto a la edici\u00f3n de 2024, de mantenerse la tendencia hasta el final del periodo.<\/p>\n<p class=\"ms-rteElement-Parrafo_Normal\">A trav\u00e9s del programa Cine S\u00e9nior, las personas de 65 a\u00f1os o m\u00e1s pueden acudir al cine todos los martes a un precio reducido de 2 euros, en cualquiera de los espacios adheridos.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"La Moncloa SUMARIO Hacienda Trabajo y Econom\u00eda Social ACUERDO por el que se autoriza la tramitaci\u00f3n administrativa urgente&hellip;\n","protected":false},"author":2,"featured_media":153856,"comment_status":"","ping_status":"","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[8],"tags":[17,18,12493,25,24,13,14,11,19,20,9,10,15,16,14906,23,12,21,22],"class_list":{"0":"post-377879","1":"post","2":"type-post","3":"status-publish","4":"format-standard","5":"has-post-thumbnail","7":"category-espana","8":"tag-breaking-news","9":"tag-breakingnews","10":"tag-consejo-de-ministros","11":"tag-es","12":"tag-espana","13":"tag-featured-news","14":"tag-featurednews","15":"tag-headlines","16":"tag-latest-news","17":"tag-latestnews","18":"tag-news","19":"tag-noticias","20":"tag-noticias-destacadas","21":"tag-noticiasdestacadas","22":"tag-referencias","23":"tag-spain","24":"tag-titulares","25":"tag-ultimas-noticias","26":"tag-ultimasnoticias"},"share_on_mastodon":{"url":"https:\/\/pubeurope.com\/@es\/116009958345527557","error":""},"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/377879","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=377879"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/377879\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media\/153856"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=377879"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=377879"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=377879"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}