{"id":661521,"date":"2026-07-16T17:45:25","date_gmt":"2026-07-16T17:45:25","guid":{"rendered":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/661521\/"},"modified":"2026-07-16T17:45:25","modified_gmt":"2026-07-16T17:45:25","slug":"la-junta-electoral-rechaza-quitar-el-voto-por-correo-a-los-residentes-en-el-extranjero-pero-pide-aclaraciones-al-ine-sobre-los-empadronamientos-espana","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/661521\/","title":{"rendered":"La Junta Electoral rechaza quitar el voto por correo a los residentes en el extranjero pero pide aclaraciones al INE sobre los empadronamientos | Espa\u00f1a"},"content":{"rendered":"<p class=\"\">La <a href=\"https:\/\/www.juntaelectoralcentral.es\/cs\/jec\/inicio\" target=\"_self\" rel=\"nofollow noopener\" title=\"https:\/\/www.juntaelectoralcentral.es\/cs\/jec\/inicio\">Junta Electoral Central (JEC)<\/a> ha acordado este jueves solicitar una serie de aclaraciones y un informe a la Oficina del Censo Electoral, dependiente del Instituto Nacional de Estad\u00edstica, para motivar mejor la atribuci\u00f3n de los municipios en los que votar a los nacionalizados por la llamada ley de nietos. La JEC precisa esa resoluci\u00f3n ante las reclamaciones de varias entidades y partidos, en alusi\u00f3n a la formaci\u00f3n ultra Vox o el sindicato Csif, sobre una posible interpretaci\u00f3n confusa de una disposici\u00f3n adicional a la Ley de Memoria Democr\u00e1tica de 2022, que fue la que habilit\u00f3 la nacionalizaci\u00f3n de miles de inmigrantes y descendientes de exiliados por culpa de la Guerra Civil.<a href=\"https:\/\/elpais.com\/espana\/2026-06-30\/vox-pide-a-la-junta-electoral-central-que-se-prive-del-derecho-a-votar-por-correo-a-los-espanoles-residentes-en-el-extranjero.html\" target=\"_self\" rel=\"nofollow noopener\" title=\"https:\/\/elpais.com\/espana\/2026-06-30\/vox-pide-a-la-junta-electoral-central-que-se-prive-del-derecho-a-votar-por-correo-a-los-espanoles-residentes-en-el-extranjero.html\"> Sobre la supresi\u00f3n del censo de electores extranjeros, como ped\u00eda Vox, <\/a>la JEC aclara que no procede y que ese censo ha sido aplicado desde 2011 sin reclamaciones hasta ahora.<\/p>\n<p class=\"\">La JEC se hace eco as\u00ed de los escritos recibidos por Vox y<a href=\"https:\/\/www.csif.es\/gl\/articulo\/nacional\/general\/93626\" target=\"_self\" rel=\"nofollow noopener\" title=\"https:\/\/www.csif.es\/gl\/articulo\/nacional\/general\/93626\"> otras entidades como el sindicato Csif<\/a> que pon\u00edan en duda o cuestionaban una interpretaci\u00f3n en la disposici\u00f3n adicional octava de la Ley de Memoria Democr\u00e1tica de 25 de octubre de 2022 de c\u00f3mo aplicar esa norma para las personas que han obtenido ya la nacionalidad o est\u00e1n en ese tr\u00e1mite por ser descendientes de exiliados que se marcharon de Espa\u00f1a por la Guerra Civil. Partidos y entidades que ped\u00edan la suspensi\u00f3n de ese Censo de Electores Residentes Ausentes (CERA) porque cre\u00edan que se hab\u00edan incrementado as\u00ed de manera sospechosa.<\/p>\n<p class=\"\">El <a href=\"https:\/\/elpais.com\/espana\/2026-06-29\/feijoo-siembra-dudas-sobre-el-incremento-del-censo-y-propone-que-el-partido-que-gane-las-elecciones-tenga-un-plus-de-diputados.html\" target=\"_self\" rel=\"nofollow noopener\" title=\"https:\/\/elpais.com\/espana\/2026-06-29\/feijoo-siembra-dudas-sobre-el-incremento-del-censo-y-propone-que-el-partido-que-gane-las-elecciones-tenga-un-plus-de-diputados.html\">PP de Alberto N\u00fa\u00f1ez Feij\u00f3o lleg\u00f3 a cuestionar<\/a> la avalancha de peticiones de nacionalizaci\u00f3n como un intento de \u201cingenier\u00eda electoral\u201d del Gobierno de Pedro S\u00e1nchez, aunque luego recul\u00f3 y demand\u00f3 m\u00e1s transparencia, menos opacidad y menos prisa en la resoluci\u00f3n de ese proceso. Tras la actuaci\u00f3n de la JEC, el PP se reafirma en sus dudas.<\/p>\n<p class=\"\">Un vocal de la JEC propuesto por el PP, Carlos Vidal, anunci\u00f3 un voto particular en contra de esa resoluci\u00f3n al que se han adherido otros tres compa\u00f1eros y que al final, tras dos horas de duro debate, ha sido aprobada por nueve votos frente a cuatro, una divisi\u00f3n muy inusual en este \u00f3rgano consultivo del Estado. Los votos particulares incidieron en que la instrucci\u00f3n aclaratoria de una directora general del Ministerio de Justicia, Sof\u00eda Puente, sobre los criterios a seguir para las nacionalizaciones de la ley de nietos no ten\u00edan entidad legal suficiente ni eran tan precisos como los establecidos en la propia ley de Memoria Democr\u00e1tica.<\/p>\n<p class=\"\">Las demandas de Vox la JEC las descart\u00f3 por unanimidad e indica que es \u201cla Constituci\u00f3n Espa\u00f1ola la que reconoce a los espa\u00f1oles el derecho de sufragio en sus art\u00edculos 13.2 y 23. Mientras que su art\u00edculo 68.5 establece que \u2018Son electores y elegibles todos los espa\u00f1oles que est\u00e9n en pleno uso de sus derechos pol\u00edticos. La ley reconocer\u00e1 y el Estado facilitar\u00e1 el ejercicio del derecho de sufragio a los espa\u00f1oles que se encuentren fuera del territorio de Espa\u00f1a\u2019\u201d. <\/p>\n<p class=\"\">La JEC recuerda, en cualquier caso, que las competencias sobre \u201clas circunstancias que permiten la concesi\u00f3n de la nacionalidad y su procedimiento\u201d exceden de lo que les corresponde, al igual que no les procede hacer valoraciones de leyes o disposiciones reglamentarias como las mencionadas, y aconseja ah\u00ed a los que las cuestionan que acudan al Tribunal Constitucional o la jurisdicci\u00f3n contencioso-administrativa. Los expertos electorales remachan que la orden ministerial que regula la elaboraci\u00f3n de ese censo \u201cse ha venido aplicando desde su aprobaci\u00f3n en el a\u00f1o 2011, sin que se hayan producido reclamaciones como consecuencia de su aplicaci\u00f3n\u201d.<\/p>\n<p class=\"\">La recomendaci\u00f3n evidente que sale de la reuni\u00f3n de la JEC tiene que ver con la determinaci\u00f3n del municipio en el que se realiza la inscripci\u00f3n electoral de esos nacionalizados y por tanto d\u00f3nde pueden votar. La Junta recuerda ah\u00ed que le pidi\u00f3 un informe al respecto a la Oficina del Censo Electoral, dependiente del INE y por tanto adscrita al Ministerio de Econom\u00eda, sobre esos mecanismos de actualizaci\u00f3n de esos censos y su evoluci\u00f3n desde la entrada en vigor de la ley el 19 de octubre de 2022. El informe se remiti\u00f3 el 10 de julio pasado y \u201cacredita la existencia de mecanismos de actualizaci\u00f3n, control y trazabilidad del CERA dentro del \u00e1mbito de sus competencias\u201d, seg\u00fan la JEC. Sin embargo, no deducen \u201cun pronunciamiento claro y determinante sobre la correcci\u00f3n jur\u00eddica del procedimiento de actualizaci\u00f3n\u201d de ese censo en cuanto a la determinaci\u00f3n del municipio de inscripci\u00f3n electoral.<\/p>\n<p class=\"\">La JEC entiende que determinar el municipio para el voto \u201cconstituye elemento esencial para la correcta formaci\u00f3n del Censo de Electores Residentes Ausentes, en la medida en que condiciona la circunscripci\u00f3n electoral a la que queda adscrito el elector\u201d y precisa que esos criterios \u201cdeben ser objetivos, homog\u00e9neos, suficientemente acreditados y susceptibles de una aplicaci\u00f3n uniforme por todas las Oficinas Consulares, garantizando as\u00ed la igualdad de todos los electores, la transparencia del procedimiento y la correcta formaci\u00f3n del censo electoral\u201d.<\/p>\n<p class=\"\">Es ah\u00ed cuando la JEC solicita a la Oficina del Censo Electoral que le informe, especialmente, \u201csobre el hecho de si se examinan las declaraciones explicativas de los electores que solicitan la inscripci\u00f3n en un municipio distinto al de su \u00faltima residencia en Espa\u00f1a y, en caso afirmativo, qui\u00e9n realiza ese examen; y del mismo modo, sobre si queda constancia de los criterios seguidos por la Oficina Consular cuando, a falta de otros criterios, determina el municipio de inscripci\u00f3n y si, en su caso, dichos criterios son conocidos o sometidos a examen por la Oficina del Censo\u201d. La JEC pide tambi\u00e9n que le aclaren la manera en que esa Oficina del Censo entiende que podr\u00edan \u201creforzarse la objetivaci\u00f3n y homogeneidad de los criterios aplicables por las Oficinas Consulares, con el fin de preservar la transparencia, la objetividad y la igualdad en el proceso electoral\u201d.<\/p>\n<p class=\"\">En suma, la JEC, ante estas dudas y para \u201casegurar al m\u00e1ximo la confianza de los ciudadanos en el sistema electoral, encomienda que esa Oficina haga una instrucci\u00f3n, sometida a su criterio y para dirigirla luego a los consulados, \u201den la que se precisen los criterios aplicables para la determinaci\u00f3n del municipio de inscripci\u00f3n electoral, especificando, entre otros extremos, la forma de acreditar el mayor arraigo propio o de los ascendientes, la documentaci\u00f3n justificativa que podr\u00e1 aportarse y los supuestos y criterios en los que proceda la determinaci\u00f3n de oficio del municipio de inscripci\u00f3n\u00bb. Y recalca que \u201cla determinaci\u00f3n del municipio de inscripci\u00f3n electoral\u201d debe quedar \u201csuficientemente motivada en el expediente cuando no resulte directamente de la \u00faltima residencia en Espa\u00f1a, de forma que pueda comprobarse la concurrencia de los criterios aplicables y garantizarse la transparencia, objetividad e igualdad en la formaci\u00f3n del censo electoral\u201d.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"La Junta Electoral Central (JEC) ha acordado este jueves solicitar una serie de aclaraciones y un informe a&hellip;\n","protected":false},"author":2,"featured_media":661522,"comment_status":"","ping_status":"","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[8],"tags":[17,18,6582,3808,4374,25,24,13,14,582,11,96190,19,20,911,9,10,15,16,958,23,12,21,22,120768,92808,117592,624],"class_list":["post-661521","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","category-espana","tag-breaking-news","tag-breakingnews","tag-consulados","tag-denuncias","tag-elecciones","tag-es","tag-espana","tag-featured-news","tag-featurednews","tag-gobierno","tag-headlines","tag-junta-electoral-central","tag-latest-news","tag-latestnews","tag-memoria","tag-news","tag-noticias","tag-noticias-destacadas","tag-noticiasdestacadas","tag-oposicion-politica","tag-spain","tag-titulares","tag-ultimas-noticias","tag-ultimasnoticias","tag-voto-electronico","tag-voto-por-correo","tag-voto-rogado","tag-vox"],"share_on_mastodon":{"url":"","error":"Validation failed: Text character limit of 500 exceeded"},"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/661521","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=661521"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/661521\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media\/661522"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=661521"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=661521"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=661521"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}