{"id":68652,"date":"2025-08-24T09:06:08","date_gmt":"2025-08-24T09:06:08","guid":{"rendered":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/68652\/"},"modified":"2025-08-24T09:06:08","modified_gmt":"2025-08-24T09:06:08","slug":"una-sentencia-reconoce-la-incapacidad-permanente-total-a-un-exfutbolista-apartado-de-competicion-por-una-grave-lesion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/68652\/","title":{"rendered":"Una sentencia reconoce la incapacidad permanente total a un exfutbolista apartado de competici\u00f3n por una grave lesi\u00f3n"},"content":{"rendered":"<p style=\"\">Un juzgado ha reconocido al <strong>exfutbolista<\/strong> Juan Rafael Fuentes Hern\u00e1ndez, apartado de la competici\u00f3n en 2018 con s\u00f3lo 29 a\u00f1os de edad como consecuencia de una grave lesi\u00f3n, la incapacidad permanente total para su profesi\u00f3n habitual, fruto de un litigio que plantea todo un  &#8230; debate debido a las singularidades del caso.<\/p>\n<p class=\"voc-p\" style=\"\">Este futbolista cordob\u00e9s, representado en el litigio por el abogado de Sevilla Jos\u00e9 Ignacio Bid\u00f3n y Vigil de Qui\u00f1ones, de la firma Bid\u00f3n Abogados; comenz\u00f3 su <strong>trayectoria deportiva<\/strong> en 2010 en el C\u00f3rdoba C.F. y posteriormente jug\u00f3 en el Real Club Deportivo Espa\u00f1ol y el Atl\u00e9tico Osasuna, como lateral izquierdo.<\/p>\n<p class=\"voc-p\" style=\"\">Su carrera deportiva le llev\u00f3 as\u00ed a jugar en la Primera Divisi\u00f3n espa\u00f1ola y a ser <strong>fichado en 2018 por el<\/strong> Nottingham Forest Football, perteneciente a la Primera Divisi\u00f3n del F\u00fatbol ingl\u00e9s. Fue en esta etapa de su trayectoria cuando el 24 de abril de dicho a\u00f1o, sufri\u00f3 una grave lesi\u00f3n deportiva mientras disputaba un partido entre su equipo y el Barnsley Football Club.<\/p>\n<p class=\"voc-p\" style=\"\">Al detalle, sufri\u00f3 una <strong>lesi\u00f3n con fractura<\/strong>, con minuta, con hundimiento de meseta tibial de la rodilla derecha y una fractura avulsi\u00f3n del c\u00f3ndilo femoral interno por avulsi\u00f3n del ligamento lateral interno; con lo que tuvo que dejar la pr\u00e1ctica del deporte como futbolista profesional, iniciando un largo proceso de rehabilitaci\u00f3n para poder llevar una vida normal alejado de los terrenos de juego.<\/p>\n<p class=\"voc-p\" style=\"\">En ese sentido, una sentencia emitida el pasado 22 de julio por el Juzgado de lo Social n\u00famero dos de C\u00f3rdoba recoge las acciones judiciales del exfutbolista, de la mano del letrado sevillano Ignacio Bid\u00f3n, contra la resoluci\u00f3n de 2023 del Instituto Nacional de la <strong>Seguridad Social<\/strong>, que le denegaba incapacidad laboral permanente \u00abpor no alcanzar sus lesiones un grado suficiente de disminuci\u00f3n de la capacidad laboral para ser constitutivas\u00bb de la declaraci\u00f3n solicitada, bajo la premisa de que no presentaba \u00abreducciones anat\u00f3micas o funcionales que disminuyan su capacidad laboral\u00bb.<\/p>\n<p>\nLa rodilla derecha\n<\/p>\n<p class=\"voc-p\" style=\"\">Al detalle, el equipo de valoraci\u00f3n de incapacidades ci\u00f1\u00f3 su dictamen a que el deportista estaba exclusivamente \u00ab<strong>limitado para grandes sobrecargas de rodilla derecha<\/strong>\u00bb, seg\u00fan figura en la sentencia, que aborda las acciones judiciales del exfutbolista contra dicha resoluci\u00f3n denegatoria, en demanda de que le fuese reconocida la incapacidad permanente total. <\/p>\n<p class=\"voc-p\" style=\"\">Al respecto, el Juzgado de lo Social n\u00famero dos de C\u00f3rdoba presta especial atenci\u00f3n a los informes de dos m\u00e9dicos que, a t\u00edtulo de peritos, han determinado que el deportista sufre \u00ab<strong>lesiones cr\u00f3nicas e irreversibles<\/strong> (&#8230;), acreditando que est\u00e1 en una situaci\u00f3n muy limitada para la deambulaci\u00f3n mantenida, carrera, cambios bruscos de direcci\u00f3n, situaciones todas ellas necesarias para poder desarrollar su actividad de futbolista\u00bb.<\/p>\n<p class=\"voc-p\" style=\"\">Eso s\u00ed, despu\u00e9s de que este deportista sufriese su grave lesi\u00f3n en Reino Unido, el juzgado determina que \u00aben materia de accidentes de trabajo, no cabe reconocimiento de las prestaciones met\u00e1licas (que en ello consiste la prestaci\u00f3n econ\u00f3mica derivada de incapacidad permanente total) por parte de otro Estado que no sea el del lugar del accidente de trabajo y aseguramiento, ni en base a otra legislaci\u00f3n que no sea la de este Estado, pues la coordinaci\u00f3n se establece tan solo a efectos del abono de la prestaci\u00f3n por parte de un segundo Estado si as\u00ed se acuerda previamente y a cuenta de aqu\u00e9l\u00bb; por lo que \u00abEspa\u00f1a solo resultar\u00eda competente para, en su caso, abonar la prestaci\u00f3n de incapacidad permanente total por accidente de trabajo al demandante en el contexto de la limitaci\u00f3n funcional que presenta, una vez reconocida la prestaci\u00f3n por la instituci\u00f3n correspondiente de <strong>Reino Unido<\/strong> y a cargo de \u00e9ste\u00bb.<\/p>\n<p class=\"voc-p\" style=\"\">Seg\u00fan concreta el abogado Ignacio Bid\u00f3n, representante del exfutbolista en el litigio, la \u00faltima reforma del real decreto ley 2\/2023 sobre ampliaci\u00f3n de los <strong>derechos de los pensionistas <\/strong>determina que la pensi\u00f3n en cuesti\u00f3n se ha de reclamar ante la Seguridad Social de Espa\u00f1a, que a la vista de la documentaci\u00f3n entregada, dicta una resoluci\u00f3n provisional y \u00abcuando llegara la informaci\u00f3n de la Seguridad Social inglesa, la resoluci\u00f3n provisional se transforma en definitiva\u00bb.<\/p>\n<p>\nEl Brexit\n<\/p>\n<p class=\"voc-p\" style=\"\">Precisa adem\u00e1s el juzgado que dado que la lesi\u00f3n aconteci\u00f3 en 2018, cuando Reino Unido no hab\u00eda comenzado a\u00fan su salida de la Uni\u00f3n Europea, en el caso son \u00abaplicables <strong>los reglamentos comunitarios<\/strong>\u00bb; pesando adem\u00e1s que \u00abestaba dada de alta y cotizando en Reino Unido, donde los futbolistas, al ser considerados trabajadores de altos ingresos, no tienen cobertura frente a dicha contingencia\u00bb; sino que el club, ante una lesi\u00f3n grave, le abona la totalidad del contrato.<\/p>\n<p class=\"voc-p\" style=\"\">La sentencia, finalmente, declara que Juan Rafael Fuentes \u00abest\u00e1 afecto a una incapacidad permanente total para su profesi\u00f3n habitual de futbolista profesional derivada de un accidente no laboral ocurrido el 24 de abril de 2018 con todos los derechos inherente a las citadas declaraciones\u00bb; detallando su letrado que el exfutbolista, \u00abadem\u00e1s de comenzar el cobro de su pensi\u00f3n, tendr\u00e1 que cobrar unos <strong>atrasos<\/strong> de algo m\u00e1s de 16.000\u00bb euros al ser fijado el c\u00e1lculo de la incapacidad permanente total con relaci\u00f3n a la fecha del dictamen de propuesta de la Seguridad Social en junio de 2023.<\/p>\n<p class=\"voc-p\" style=\"\">El letrado Ignacio Bid\u00f3n ha destacado as\u00ed el car\u00e1cter novedoso de esta resoluci\u00f3n judicial, augurando que ser\u00e1 recurrida ante la sala de lo Social del <strong>Tribunal Superior de Justicia de Andaluc\u00eda<\/strong>, instancia que \u00abfijar\u00e1 la jurisprudencia sobre el reconocimiento de una pensi\u00f3n de un futbolista espa\u00f1ol como consecuencia de tener un accidente en otro pa\u00eds, con lo que desde luego, el debate est\u00e1 abierto\u00bb.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"Un juzgado ha reconocido al exfutbolista Juan Rafael Fuentes Hern\u00e1ndez, apartado de la competici\u00f3n en 2018 con s\u00f3lo&hellip;\n","protected":false},"author":2,"featured_media":68653,"comment_status":"","ping_status":"","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[42],"tags":[17,18,13,14,11,61,62,63,64,19,20,9,10,15,16,5877,12,21,22,65,66,67],"class_list":{"0":"post-68652","1":"post","2":"type-post","3":"status-publish","4":"format-standard","5":"has-post-thumbnail","7":"category-internacional","8":"tag-breaking-news","9":"tag-breakingnews","10":"tag-featured-news","11":"tag-featurednews","12":"tag-headlines","13":"tag-internacional","14":"tag-international","15":"tag-international-news","16":"tag-internationalnews","17":"tag-latest-news","18":"tag-latestnews","19":"tag-news","20":"tag-noticias","21":"tag-noticias-destacadas","22":"tag-noticiasdestacadas","23":"tag-sentencia","24":"tag-titulares","25":"tag-ultimas-noticias","26":"tag-ultimasnoticias","27":"tag-world","28":"tag-world-news","29":"tag-worldnews"},"share_on_mastodon":{"url":"","error":""},"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/68652","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=68652"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/68652\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media\/68653"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=68652"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=68652"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=68652"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}