{"id":710383,"date":"2026-08-14T05:43:12","date_gmt":"2026-08-14T05:43:12","guid":{"rendered":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/710383\/"},"modified":"2026-08-14T05:43:12","modified_gmt":"2026-08-14T05:43:12","slug":"la-cnmc-sanciona-a-movistar-plus-por-incumplir-la-ley-de-accesibilidad-en-su-canal-de-futbol-empresas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/710383\/","title":{"rendered":"La CNMC sanciona a Movistar Plus por incumplir la ley de accesibilidad en su canal de f\u00fatbol | Empresas"},"content":{"rendered":"<p class=\"\">La Comisi\u00f3n Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha cerrado un expediente sancionador contra Telef\u00f3nica Audiovisual Digital imponiendo una multa definitiva de 209.250 euros por el incumplimiento continuado de sus obligaciones de accesibilidad en el canal televisivo de pago M+ LaLiga TV. La sanci\u00f3n, cuyo importe original ascend\u00eda a 348.750 euros, se redujo un 40% despu\u00e9s de que <a href=\"https:\/\/cincodias.elpais.com\/companias\/2026-07-04\/movistar-plus-redujo-su-beneficio-un-78-en-2025-por-el-coste-del-ere.html\" rel=\"nofollow noopener\" target=\"_blank\">la filial del grupo Telef\u00f3nica propietaria de Movistar Plus<\/a> admitiera su responsabilidad administrativa y efectuara el pago de forma anticipada. <\/p>\n<p class=\"\">La resoluci\u00f3n del procedimiento, adoptada el 20 de julio de 2026 por la Sala de Supervisi\u00f3n Regulatoria de la CNMC, califica los hechos de infracci\u00f3n grave de car\u00e1cter continuado de conformidad con el art\u00edculo 158.12 de la Ley General de Comunicaci\u00f3n Audiovisual (LGCA). El regulador considera probado que entre el 1 de enero de 2024 y el 29 de junio de 2025, la compa\u00f1\u00eda omiti\u00f3 de forma sistem\u00e1tica los m\u00ednimos legales exigidos para garantizar el acceso de las personas con discapacidad a los contenidos audiovisuales. <\/p>\n<p class=\"\">Seg\u00fan constata el expediente, el canal emiti\u00f3 cero horas de programas audiodescritos y cero horas de programas interpretados en lengua de signos durante los 18 meses analizados. Respecto al subtitulado, la presencia del recurso fue nula en todo el periodo, a excepci\u00f3n del mes de enero de 2025, cuando se registraron 68 horas subtituladas, lo que represent\u00f3 un 9,46% del total emitido en ese mes. El art\u00edculo 103.1 de la LGCA exige a los prestadores de comunicaci\u00f3n audiovisual televisiva lineal de acceso condicional reservar un m\u00ednimo del 30% de la programaci\u00f3n al subtitulado desde el inicio del servicio, garantizar al menos cinco horas semanales de audiodescripci\u00f3n y aplicar la incorporaci\u00f3n gradual de la lengua de signos. <\/p>\n<p class=\"\">El origen de la investigaci\u00f3n se remonta al 16 de noviembre de 2023. En esa fecha, la CNMC recibi\u00f3 un informe t\u00e9cnico del Gabinete de Estudios de la Comunicaci\u00f3n Audiovisual (GECA) que analiz\u00f3 168 horas de emisi\u00f3n del canal de f\u00fatbol entre el 6 y el 12 de noviembre de 2023 y detect\u00f3 una ausencia total de herramientas de accesibilidad. A ra\u00edz de este hallazgo, la CNMC abri\u00f3 un conjunto de diligencias previas de supervisi\u00f3n e hizo sucesivos requerimientos de informaci\u00f3n a TAD para obtener los datos trimestrales entre el inicio de 2024 y el segundo trimestre de 2025. <\/p>\n<p class=\"\">Tras recabar la informaci\u00f3n del prestador, la CNMC acord\u00f3 la incoaci\u00f3n del expediente sancionador el 15 de octubre de 2025. En sus alegaciones presentadas el 17 de noviembre de 2025, Telef\u00f3nica sostuvo que hab\u00eda comunicado peri\u00f3dicamente los datos de accesibilidad al regulador sin recibir objeciones ni advertencias previas, lo que a su juicio gener\u00f3 la confianza leg\u00edtima de actuar conforme a derecho. Argument\u00f3 tambi\u00e9n que la naturaleza de los partidos de f\u00fatbol en directo permite el seguimiento de la emisi\u00f3n mediante la locuci\u00f3n de los comentaristas o la imagen en s\u00ed, y destac\u00f3 que la compa\u00f1\u00eda ofrece altos porcentajes de accesibilidad en sus cat\u00e1logos bajo demanda (SVOD), con niveles del 76,1% en subtitulado y 11,7% en audiodescripci\u00f3n. <\/p>\n<p>Dificultades t\u00e9cnicas <\/p>\n<p class=\"\">Asimismo, Telef\u00f3nica apunt\u00f3 a la inmadurez t\u00e9cnica del mercado de herramientas para subtitular retransmisiones deportivas en directo con est\u00e1ndares de calidad aceptables. Pese a ello, la empresa indic\u00f3 haber iniciado pruebas t\u00e9cnicas en octubre de 2025 con el fin de desplegar la funcionalidad en el canal a partir de diciembre de ese mismo a\u00f1o. <\/p>\n<p class=\"\">La CNMC desestim\u00f3 en la resoluci\u00f3n la totalidad de estas alegaciones. El organismo regulador determin\u00f3 que el principio de confianza leg\u00edtima no puede invocarse para eludir normas imperativas ni para mantener situaciones contrarias al ordenamiento jur\u00eddico. A\u00f1adi\u00f3 que la accesibilidad busca la autonom\u00eda del usuario con discapacidad sin que este deba depender de recursos externos y record\u00f3 que las obligaciones eran plenamente exigibles desde la entrada en vigor del marco normativo el 9 de julio de 2023. En relaci\u00f3n a las dificultades t\u00e9cnicas expresadas sobre los directos, la CNMC se\u00f1al\u00f3 que la parrilla del canal incluye redifusiones, programas de debate y res\u00famenes grabados a los que se pod\u00eda aplicar el subtitulado sin los condicionantes del tiempo real. <\/p>\n<p class=\"\">El 2 de junio de 2026, la Direcci\u00f3n de Telecomunicaciones y del Sector Audiovisual notific\u00f3 la propuesta de resoluci\u00f3n, fijando una multa sancionadora de 348.750 euros. El 22 de junio de 2026, TAD formaliz\u00f3 por escrito la aceptaci\u00f3n voluntaria de su responsabilidad y solicit\u00f3 acogerse a los beneficios previstos en el art\u00edculo 85 de la Ley 39\/2015 del Procedimiento Administrativo Com\u00fan. Este precepto contempla un descuento del 20% por el reconocimiento expl\u00edcito de la falta y de otro 20% adicional por pronto pago. <\/p>\n<p class=\"\">Una vez emitido el documento de pago el 26 de junio de 2026 por importe de 209.250 euros, la filial de Telef\u00f3nica acredit\u00f3 el abono efectivo de la cuant\u00eda el 14 de julio. El cumplimiento del pago anticipado conllev\u00f3 la terminaci\u00f3n del procedimiento en v\u00eda administrativa y la renuncia obligatoria de la empresa a presentar recursos en esa misma v\u00eda. Sin embargo, la resoluci\u00f3n emitida el 20 de julio de 2026 por la Sala de Supervisi\u00f3n Regulatoria abre la posibilidad de interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en un plazo de dos meses a contar desde la notificaci\u00f3n. <\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"La Comisi\u00f3n Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha cerrado un expediente sancionador contra Telef\u00f3nica Audiovisual&hellip;\n","protected":false},"author":2,"featured_media":710384,"comment_status":"","ping_status":"","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[171],"tags":[6539,20881,127554,2308,146,147,25,24,282,303,75471,6371,23,6538,1826,214],"class_list":["post-710383","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","category-tv","tag-cnmc","tag-competencia","tag-derechos-consumidor","tag-empresas","tag-entertainment","tag-entretenimiento","tag-es","tag-espana","tag-futbol","tag-movistar","tag-movistar-tv","tag-publicidad","tag-spain","tag-telecomunicaciones","tag-telefonica","tag-tv"],"share_on_mastodon":{"url":"https:\/\/pubeurope.com\/@es\/117092273829918793","error":""},"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/710383","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=710383"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/710383\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media\/710384"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=710383"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=710383"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.europesays.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=710383"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}